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Incapacidad absoluta

1 Comentarios
 
Incapacidad absoluta
05/05/2005 13:37
Se puede realizar algun tipo de trabajo si tienes una incapacidad permanente absoluta que sea legal?
05/05/2005 18:27
Hola.

De modo general habría que decir que no. No obstante, en situaciones muy excepcionales podría suceder que si y así, el arti 141.2 de la LGSS dice que las pensiones vitalicias en caso de invalidez absoluta y gran invalidez no impediran el ejercicio de aquellas actividades sean o no lucrativas, compatibles con el estado del invalido y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo a efectos de revision.

El art. 2 dl R.D. 1071/1984 de 23 de mayo por el que se modifican algunos aspectos en mateia de invalidez permanente señala la obligacion que tiene el invalido de comunicar esta situacion a la Seguridad Social.

De todos modos, esta capacidad residual de trabajo para un invalido absoluto o afecto de gran invalidez, entiendo es excepcional.

Saludos.