Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

incapacidad permanente total ; cálculo de la prestación

30 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 30 comentarios
04/11/2017 20:47
Eru
Hola Eru, haber si me puedes ayudar ya que me estoy volviendo loco para calcularlo, mirando por Internet y nada y mi abogado por mucho que le mande no tiene ni idea, me han concedido un cambio de contingencias de incapacidad permanente total por enfermedad común a accidente laboral, el accidente initinere lo tuve el 20 de septiembre de 2010 y el 16 de diciembre de 2010 tuve una recaída, esta ultima fecha es la que el juez condena a la mutua a pagarme la Ipt por accidente laboral, tengo las bases reguladoras de los últimos 12 meses, pero no se de esas bases cuales corresponden a horas extras, y otros incentivos que hacen falta para el calculo ya que solo sale la cifra total, tengo el convenio de la construcción donde pone la base reguladora, el plus convenio, pagas extras etc etc.... pero me pierdo, si me puedes ayudar te lo agradecería enormemente dime que te hace falta para el calculo y yo te lo mando, muchas gracias
07/11/2014 13:42
Ninguna ofensa, cocoli. Pero me da la sensación que buscas una respuesta que no es y como no la encuentras no te quedas tranquilo y eso no te va a hacer ningún bien.
Espera a que te llegue la resolución, la cotejas y, si ves errores (que lo más probable es que no los haya) pues ya reclamarás.
Hasta entonces, estate tranquilo porque tampoco puedes hacer mucho más.
07/11/2014 12:21
hola eru y perdona por ser tan cabezon,no es mi intencion ofender a nadie y si a si a sido pido disculpas.
grascias por contestar y reciba un cordial saludo.
06/11/2014 21:14
El ipc, como ya he puesto anteriormente, se saca de la página del instituto nacional de estadística (www.ine.es)

Copio y pego la fórmula que te puse:
BR= Suma de las bases de cotización de los últimos 7.5años (tu periodo genérico de cotización que hemos calculado antes) dividido entre 105 (ese 105 viene de 7.5añosx12mesesx1.1666)
Ahora la pongo en números (con lo que tú me has dado):
BR=49675€ / 70 = 709,64€
La IPT (incapacidad permanente total) corresponde a un 55% de esa BR que hemos calculado. Por lo tanto, 709,64€x0,55= 390,30€

Según dices la cantidad que te viene en la resolución es superior a ésta que te corresponde. Esa diferencia A TU FAVOR viene de no haber actualizado las bases de los primeros 3 años al ipc y, probablemente, de que has trabajado en esos 5 años algún tiempo a jornada parcial y, por tanto, el cálculo es algo diferente.

Cocoli, de verdad, estos mismos cálculos te los hice hace ya más de un mes y veo que sigues dándole vueltas y vueltas... Con los datos que nos facilitas, parece que el cálculo que te han hecho está bien (es muy extraño que lo hagan mal). No le des más vueltas, no te hace ningún bien. Espera a que se te agote la prestación por desempleo y cuando vayas a solicitar la activación de la IPT, te llegará la resolución con la hoja de los cálculos, compruebas con la vida laboral con bases que ya tienes y si ves algo que no cuadre, les reclamas. Pero mientras tanto, como no puedes hacer nada más, dejalo estar.
06/11/2014 11:56
hola eru y perdona por mi ignorancia pero por mucho que lo intento no me salen las cuentas.
las bases de cotizacion de los ultimos 5 años trabajados son.49.675 eu.
ultimos 36 meses son 33.006eu.
ultimos 96 meses son 72.737eu.
haber si con estos datos me puedes sacar algo.gracias.
06/11/2014 11:10
hola eru y gracias por contestar y de donde saco el ipc?gracias y un saludo
05/11/2014 22:14
Hola cocoli,
Ok, entonces es de enfermedad común.
Como ya la tienes concedida no voy a mirar si cumples o no los requisitos, ya que esta claro que sí.
Me centro en los calculos, pero insisto en que ya te los puse en el otro post, pero asi los tienes aqui, si asi lo ves mas claro:
Eres mayor de 31 años, así que tu periodo generico de cotización hay que calcularlo contando un cuarto del tiempo de tu edad actual menos los 20 años de edad, es decir, 40-20= 20 años x 1/4 = 5 años.

BR= Suma de las bases de cotización de los últimos 5 años (tu periodo generico de cotizacion que hemos calculado antes) dividido entre 70 (ese 70 viene de 5añosx12mesesx1.1666)
Esa es tu formula para el calculo SI durante esos 5 años que tienes que coger has trabajado siempre a tiempo completo. Si no es así, cambia porque hay que cger porcentajes, ya que sino te perjudicaria.
Ahora coge tu vida laboral con bases y desde la fecha efectos de la incapacidad suma las bases de los 60 meses anteriores. Para hacerlo perfecto, las primeras 36 (3 años) tendrias que actualizarles el ipc.
Una vez que tengas la BR, multiplicala por 0,55 y obtendras tu pension. (Este ultimo calculo es porque tu incapacidad es una total, que corresponde al 55% de la BR)
05/11/2014 20:02
hola eru,a mi me la concedieron por trastorno explosivo intermitente moderamente severo,segun el psquiatra y como tomo varias pastillas y me da mucho el sueño fue por eso que tuve que dejar de conducir el camion.
en 96 meses tengo 72.737eu.
un saludo y gracias por contestar.
05/11/2014 19:45
Ya, cocoli, no puedes conducir pero ese "no poder conducir" de dónde deriva? De una enfermedad común? De un accidente de trabajo? De un accidente no laboral? ¿¿¿??? Es la misma pregunta que te hice ya hace mas de un mes y no conseguí respuesta por tu parte.
http://www.porticolegal.com/foro/laboral/1164715/importe incapacidad total
Hay te indique tus cálculos y únicamente falta por confirmar de DÓNDE procede tu incapacidad y que hicieras los calculos con la formula facilitada y los pasos a seguir, como ha hecho chonskas.
No obstante, con los datos sin actualizar que nos distes (aunque no coincidian bien los meses ya que nos dabas computo anual) ya te comente que cuadraba ya que salía menos de lo que te han dicho y esa diferencia a tu favor proviene del incremento de ipc y de esos datos que no separabas por meses.
05/11/2014 16:29
hola,pues no me han dado copia,viene de no poder conducir para mi profesion habitual,tengo 40 años y 12 años y medio cotizados.
05/11/2014 16:06
Hola cocoli, y cuando has ido alli no te han sacado copia de como han calculado esa cantidad?
Entonces tendras que hacer como Jose, coger tu vida laboral, tus plazos y ponerte a calcular. Proviene de enfermedad comun? Tienes entre 31 y 52 años? Si es asi te sirve lo que le explique a el unos post mas arriba. Solo tendras que cambiar el dato de tu edad para saber tus periodos minimos de cotizacion.
05/11/2014 15:41
hola eru,el tema esta en que a mi la resolucion esta cancelada por que opte de momento en cobrar el paro puesto que es mas dinero,me vino una carta en la que ponia que daban la ipt con 433eu y no ponia nada mas.un saludo y gracias.
05/11/2014 15:34
De nada, Jose, para eso estamos para ayudarnos los unos a los otros en lo que podamos. Animo y suerte!
05/11/2014 14:26
Muchas gracias Eru,eres muy amable,te lo agradezco de todo corazon por la ayuda que me has dado un saludo y hasta siempre.Jose.
05/11/2014 14:21
Hola de nuevo,
Chonskas,
Vale, ahora todo aclarado, estás en situación asimilada de alta así que la fecha efectos de la posible incapacidad será la fecha del tribunal, es decir, este viernes (o tal vez te pongan fecha de la semana siguiente cuando, despues de estar el medico contigo, inicien el "papeleo").
Sobre las bases del periodo de pago directo (abril 13 a enero 14) son iguales a tus bases de los meses que estuviste de baja medica pero de alta laboral en la empresa. Esas no pueden cambiarte cada mes, son fijas.

Cocoli,
Tu lo tienes más fácil para comprobar ya que al haberte asignado ya la IPT te habrá llegado a casa una carta con la resolución. En la misma hay una hoja titulada BASE REGULADORA en la que aparece el cálculo que han realizado: vienen desglosadas todas las bases que han cogido para el calculo por meses y años, su ipc actualizado y la suma total. Al final de la pagina te aparece la formula utilizada.
Solo tienes que coger una vida laboral tuya y cotejar si los datos de una y otra son correctos y ya que estás ve a la pagina del ine y comprueba si han cogido bien la revalorización del ipc.
05/11/2014 13:12
hola eru,a mi son 433eu ipt y era para verificar si esta bien o no,un saludo
05/11/2014 11:24
Hola de nuevo,desde mayo del 2013 hasta enero del 2014 me pago la mutua,ya que no tenia nominas de empresa al acabarme el contrato por fin de obra el 30 de abril del 2013,y solicitar entonces el pago directo por la mutua,fremap.Saludos.
05/11/2014 11:20
Hola,Eru, de nuevo mil gracias,efectivamente estoy sin cobrar niguna prestacion desde el 24 de enero del 2014,me dio el alta en ICAM,y yo he solicitado por mi cuenta al estar apuntado al inem y estar asimilado al alta la incapacidad que por cierto paso el tribunal medico el viernes este,lo de la i.p.a es por mis dolencias y enfermedades creo que me la daran de ahi mi pregunta para calcular la cantidad que cobrare.
Osea que tengo que poner a o en la br desde febrero del 2014 hata octubre del mismo año,y desde abril del 2013 hata enero del 2014 pongo la misma base del trabajo que tuve,es asi?,lo que pasa que la base no era siempre la misma.Ruego me contestes un abrazo muy cordial amigo.Jose.
05/11/2014 11:10
Hola Chonskas,
Entiendo entonces que estas de alta medica y sin cobrar ninguna prestacion desde enero, verdad?
Te dio de alta medica el Icam y ahora tienes tribunal? Solicitaste incapacidad por tu cuenta o pusiste reclamacion previa a esa alta medica del icam? Bueno, perdona las preguntas, no es necesario que respondas es solo que me choca que si te dieron de alta ahora preguntes por una IPA que es casi lo maximo.
Te lo pregunto tambien a efectos de tus preguntas puesto que yo asumia que estas en situacion asimilada de alta en seguridad social y puede que no. Esto es importante ya que si estas en una u otra afecta a la fecha efectos de tu posible incapacidad.
Miratelo en el siguiente link:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Altasbajasyvariacio32765/Situacionasimiladaa32775/index.htm
Tus bases de cotizacion durantevel pago directo, como te puse en el otro post, son las mismas que durante tu baja medica estando en la empresa. Pero tus bases desde que te dieron de alta, si no estas cobrando ninguna prestacion son 0.
05/11/2014 07:20
Hola,ERU,en resumen de esos 7.5 años tengo a 0 de base los ultimos 18 meses,entonces claro me baja muchisimo el total,perdona por ponerlo en tres mensajes es para que me entendieras.Jose.
incapacidad permanente total ; cálculo de la prestación | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

incapacidad permanente total ; cálculo de la prestación

30 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 30 comentarios
04/11/2017 20:47
Eru
Hola Eru, haber si me puedes ayudar ya que me estoy volviendo loco para calcularlo, mirando por Internet y nada y mi abogado por mucho que le mande no tiene ni idea, me han concedido un cambio de contingencias de incapacidad permanente total por enfermedad común a accidente laboral, el accidente initinere lo tuve el 20 de septiembre de 2010 y el 16 de diciembre de 2010 tuve una recaída, esta ultima fecha es la que el juez condena a la mutua a pagarme la Ipt por accidente laboral, tengo las bases reguladoras de los últimos 12 meses, pero no se de esas bases cuales corresponden a horas extras, y otros incentivos que hacen falta para el calculo ya que solo sale la cifra total, tengo el convenio de la construcción donde pone la base reguladora, el plus convenio, pagas extras etc etc.... pero me pierdo, si me puedes ayudar te lo agradecería enormemente dime que te hace falta para el calculo y yo te lo mando, muchas gracias
07/11/2014 13:42
Ninguna ofensa, cocoli. Pero me da la sensación que buscas una respuesta que no es y como no la encuentras no te quedas tranquilo y eso no te va a hacer ningún bien.
Espera a que te llegue la resolución, la cotejas y, si ves errores (que lo más probable es que no los haya) pues ya reclamarás.
Hasta entonces, estate tranquilo porque tampoco puedes hacer mucho más.
07/11/2014 12:21
hola eru y perdona por ser tan cabezon,no es mi intencion ofender a nadie y si a si a sido pido disculpas.
grascias por contestar y reciba un cordial saludo.
06/11/2014 21:14
El ipc, como ya he puesto anteriormente, se saca de la página del instituto nacional de estadística (www.ine.es)

Copio y pego la fórmula que te puse:
BR= Suma de las bases de cotización de los últimos 7.5años (tu periodo genérico de cotización que hemos calculado antes) dividido entre 105 (ese 105 viene de 7.5añosx12mesesx1.1666)
Ahora la pongo en números (con lo que tú me has dado):
BR=49675€ / 70 = 709,64€
La IPT (incapacidad permanente total) corresponde a un 55% de esa BR que hemos calculado. Por lo tanto, 709,64€x0,55= 390,30€

Según dices la cantidad que te viene en la resolución es superior a ésta que te corresponde. Esa diferencia A TU FAVOR viene de no haber actualizado las bases de los primeros 3 años al ipc y, probablemente, de que has trabajado en esos 5 años algún tiempo a jornada parcial y, por tanto, el cálculo es algo diferente.

Cocoli, de verdad, estos mismos cálculos te los hice hace ya más de un mes y veo que sigues dándole vueltas y vueltas... Con los datos que nos facilitas, parece que el cálculo que te han hecho está bien (es muy extraño que lo hagan mal). No le des más vueltas, no te hace ningún bien. Espera a que se te agote la prestación por desempleo y cuando vayas a solicitar la activación de la IPT, te llegará la resolución con la hoja de los cálculos, compruebas con la vida laboral con bases que ya tienes y si ves algo que no cuadre, les reclamas. Pero mientras tanto, como no puedes hacer nada más, dejalo estar.
06/11/2014 11:56
hola eru y perdona por mi ignorancia pero por mucho que lo intento no me salen las cuentas.
las bases de cotizacion de los ultimos 5 años trabajados son.49.675 eu.
ultimos 36 meses son 33.006eu.
ultimos 96 meses son 72.737eu.
haber si con estos datos me puedes sacar algo.gracias.
06/11/2014 11:10
hola eru y gracias por contestar y de donde saco el ipc?gracias y un saludo
05/11/2014 22:14
Hola cocoli,
Ok, entonces es de enfermedad común.
Como ya la tienes concedida no voy a mirar si cumples o no los requisitos, ya que esta claro que sí.
Me centro en los calculos, pero insisto en que ya te los puse en el otro post, pero asi los tienes aqui, si asi lo ves mas claro:
Eres mayor de 31 años, así que tu periodo generico de cotización hay que calcularlo contando un cuarto del tiempo de tu edad actual menos los 20 años de edad, es decir, 40-20= 20 años x 1/4 = 5 años.

BR= Suma de las bases de cotización de los últimos 5 años (tu periodo generico de cotizacion que hemos calculado antes) dividido entre 70 (ese 70 viene de 5añosx12mesesx1.1666)
Esa es tu formula para el calculo SI durante esos 5 años que tienes que coger has trabajado siempre a tiempo completo. Si no es así, cambia porque hay que cger porcentajes, ya que sino te perjudicaria.
Ahora coge tu vida laboral con bases y desde la fecha efectos de la incapacidad suma las bases de los 60 meses anteriores. Para hacerlo perfecto, las primeras 36 (3 años) tendrias que actualizarles el ipc.
Una vez que tengas la BR, multiplicala por 0,55 y obtendras tu pension. (Este ultimo calculo es porque tu incapacidad es una total, que corresponde al 55% de la BR)
05/11/2014 20:02
hola eru,a mi me la concedieron por trastorno explosivo intermitente moderamente severo,segun el psquiatra y como tomo varias pastillas y me da mucho el sueño fue por eso que tuve que dejar de conducir el camion.
en 96 meses tengo 72.737eu.
un saludo y gracias por contestar.
05/11/2014 19:45
Ya, cocoli, no puedes conducir pero ese "no poder conducir" de dónde deriva? De una enfermedad común? De un accidente de trabajo? De un accidente no laboral? ¿¿¿??? Es la misma pregunta que te hice ya hace mas de un mes y no conseguí respuesta por tu parte.
http://www.porticolegal.com/foro/laboral/1164715/importe incapacidad total
Hay te indique tus cálculos y únicamente falta por confirmar de DÓNDE procede tu incapacidad y que hicieras los calculos con la formula facilitada y los pasos a seguir, como ha hecho chonskas.
No obstante, con los datos sin actualizar que nos distes (aunque no coincidian bien los meses ya que nos dabas computo anual) ya te comente que cuadraba ya que salía menos de lo que te han dicho y esa diferencia a tu favor proviene del incremento de ipc y de esos datos que no separabas por meses.
05/11/2014 16:29
hola,pues no me han dado copia,viene de no poder conducir para mi profesion habitual,tengo 40 años y 12 años y medio cotizados.
05/11/2014 16:06
Hola cocoli, y cuando has ido alli no te han sacado copia de como han calculado esa cantidad?
Entonces tendras que hacer como Jose, coger tu vida laboral, tus plazos y ponerte a calcular. Proviene de enfermedad comun? Tienes entre 31 y 52 años? Si es asi te sirve lo que le explique a el unos post mas arriba. Solo tendras que cambiar el dato de tu edad para saber tus periodos minimos de cotizacion.
05/11/2014 15:41
hola eru,el tema esta en que a mi la resolucion esta cancelada por que opte de momento en cobrar el paro puesto que es mas dinero,me vino una carta en la que ponia que daban la ipt con 433eu y no ponia nada mas.un saludo y gracias.
05/11/2014 15:34
De nada, Jose, para eso estamos para ayudarnos los unos a los otros en lo que podamos. Animo y suerte!
05/11/2014 14:26
Muchas gracias Eru,eres muy amable,te lo agradezco de todo corazon por la ayuda que me has dado un saludo y hasta siempre.Jose.
05/11/2014 14:21
Hola de nuevo,
Chonskas,
Vale, ahora todo aclarado, estás en situación asimilada de alta así que la fecha efectos de la posible incapacidad será la fecha del tribunal, es decir, este viernes (o tal vez te pongan fecha de la semana siguiente cuando, despues de estar el medico contigo, inicien el "papeleo").
Sobre las bases del periodo de pago directo (abril 13 a enero 14) son iguales a tus bases de los meses que estuviste de baja medica pero de alta laboral en la empresa. Esas no pueden cambiarte cada mes, son fijas.

Cocoli,
Tu lo tienes más fácil para comprobar ya que al haberte asignado ya la IPT te habrá llegado a casa una carta con la resolución. En la misma hay una hoja titulada BASE REGULADORA en la que aparece el cálculo que han realizado: vienen desglosadas todas las bases que han cogido para el calculo por meses y años, su ipc actualizado y la suma total. Al final de la pagina te aparece la formula utilizada.
Solo tienes que coger una vida laboral tuya y cotejar si los datos de una y otra son correctos y ya que estás ve a la pagina del ine y comprueba si han cogido bien la revalorización del ipc.
05/11/2014 13:12
hola eru,a mi son 433eu ipt y era para verificar si esta bien o no,un saludo
05/11/2014 11:24
Hola de nuevo,desde mayo del 2013 hasta enero del 2014 me pago la mutua,ya que no tenia nominas de empresa al acabarme el contrato por fin de obra el 30 de abril del 2013,y solicitar entonces el pago directo por la mutua,fremap.Saludos.
05/11/2014 11:20
Hola,Eru, de nuevo mil gracias,efectivamente estoy sin cobrar niguna prestacion desde el 24 de enero del 2014,me dio el alta en ICAM,y yo he solicitado por mi cuenta al estar apuntado al inem y estar asimilado al alta la incapacidad que por cierto paso el tribunal medico el viernes este,lo de la i.p.a es por mis dolencias y enfermedades creo que me la daran de ahi mi pregunta para calcular la cantidad que cobrare.
Osea que tengo que poner a o en la br desde febrero del 2014 hata octubre del mismo año,y desde abril del 2013 hata enero del 2014 pongo la misma base del trabajo que tuve,es asi?,lo que pasa que la base no era siempre la misma.Ruego me contestes un abrazo muy cordial amigo.Jose.
05/11/2014 11:10
Hola Chonskas,
Entiendo entonces que estas de alta medica y sin cobrar ninguna prestacion desde enero, verdad?
Te dio de alta medica el Icam y ahora tienes tribunal? Solicitaste incapacidad por tu cuenta o pusiste reclamacion previa a esa alta medica del icam? Bueno, perdona las preguntas, no es necesario que respondas es solo que me choca que si te dieron de alta ahora preguntes por una IPA que es casi lo maximo.
Te lo pregunto tambien a efectos de tus preguntas puesto que yo asumia que estas en situacion asimilada de alta en seguridad social y puede que no. Esto es importante ya que si estas en una u otra afecta a la fecha efectos de tu posible incapacidad.
Miratelo en el siguiente link:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Altasbajasyvariacio32765/Situacionasimiladaa32775/index.htm
Tus bases de cotizacion durantevel pago directo, como te puse en el otro post, son las mismas que durante tu baja medica estando en la empresa. Pero tus bases desde que te dieron de alta, si no estas cobrando ninguna prestacion son 0.
05/11/2014 07:20
Hola,ERU,en resumen de esos 7.5 años tengo a 0 de base los ultimos 18 meses,entonces claro me baja muchisimo el total,perdona por ponerlo en tres mensajes es para que me entendieras.Jose.