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Incapacidad Permanente Total; finalización de contrato

1 Comentarios
 
Incapacidad permanente total; finalización de contrato
26/04/2017 12:41
Hola, soy nueva aquí y no sé como hacerlo para realizar una consulta. Resulta que estando de baja me han concedido una incapacidad permanente total, la empresa me ha finalizado contrato sin ninguna indemnización, me han pagado las vacaciones que no había disfrutado y ya está, dicen que no tengo derecho a nada, ¿es así?. Gracias. Saludos
26/04/2017 12:44
En primer lugar debería decirnos las causas por las que le han concedido una IPT, si estas tienen su origen en enfermedad profesional o accidente de trabajo o por contra provienen de enf. común o accdte no laboral, en segundo lugar debería decirnos cual es su actividad o mas bien cual es la actividad de la empresa y el convenio de aplicación.
Si le conceden una IPT por cont. comunes, concedida esta la empresa finaliza contrato con usted, (aunque la IPT es revisable, durante 2 años tendrá reserva de puesto de trabajo), en el caso de ser por cont. comunes como le digo la empresa no deber indemnizar sinio abonar el finiquito. éste se compone de salario del último mes mas la parte proporcional de pagas extra y las vacaciones g¡eneradas y no disfrutadas.
SMO
Incapacidad Permanente Total; finalización de contrato | PorticoLegal
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Incapacidad permanente total; finalización de contrato
26/04/2017 12:41
Hola, soy nueva aquí y no sé como hacerlo para realizar una consulta. Resulta que estando de baja me han concedido una incapacidad permanente total, la empresa me ha finalizado contrato sin ninguna indemnización, me han pagado las vacaciones que no había disfrutado y ya está, dicen que no tengo derecho a nada, ¿es así?. Gracias. Saludos
26/04/2017 12:44
En primer lugar debería decirnos las causas por las que le han concedido una IPT, si estas tienen su origen en enfermedad profesional o accidente de trabajo o por contra provienen de enf. común o accdte no laboral, en segundo lugar debería decirnos cual es su actividad o mas bien cual es la actividad de la empresa y el convenio de aplicación.
Si le conceden una IPT por cont. comunes, concedida esta la empresa finaliza contrato con usted, (aunque la IPT es revisable, durante 2 años tendrá reserva de puesto de trabajo), en el caso de ser por cont. comunes como le digo la empresa no deber indemnizar sinio abonar el finiquito. éste se compone de salario del último mes mas la parte proporcional de pagas extra y las vacaciones g¡eneradas y no disfrutadas.
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