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Incapacidad Permanente Total

2 Comentarios
 
Incapacidad permanente total
18/04/2006 23:22
Hola a todos,
En mi empresa, a un trabajador, después de darle la incapacidad permante parcial, ha recurrido y le han reconocido la total, la sentencia tan sólo a salido hace unos días, pero con efectos a partir del de septiembre de 2005. ¿Puede la empresa darle de baja a partir de la sentencia aunque esta no sea firme y quepa recurso? ¿Puede empezar a descontarse lo indebidamente pagado a partir del 20 de septiembre de 2005 en los seguros sociales?¿y que pasa con la mejora voluntaria que recoge el convenio que la empresa le ha estado pagando al trabajador, la tiene que devolver por se un pago indebido con efectos del 20 de septiembre de 2005?
Un poco complejo eh?
19/04/2006 15:24
Repito: puede la empresa dar de baja a un trabajador porque ha salido una sentencia que le reconoce la incapacidad permanente total con efectos retroactivos a septiembre de 2005, a pesar de que esa sentencia todavía no sea firme?
19/04/2006 18:47
Hola.

A mi me parece que:

1º) La empresa con una copia de la sentencia y un TA de baja con la fecha de septiembre puede pedir que se procese esa baja con fecha de septiembre. Una vez hecho ésto, debería pedir la devolucion de cuotas indebidamente ingresadas.

2º) La empresa no ha pagado (en principio) nada de mas, ya que o bien ha estado trabajando, con lo que es corresto el pago por sus servicios o ha estado en situacion de I.T. en cuyo caso, ha estado abonanado un pago delegado en nombre de la S.Social que ha deducido mes a mes de los TC
corespondientes.

Al hacer la liquidacion de atrasos del pago de la prestacion desde la fecha en que se le reconoce la invalidez, se le descontara lo percibido por I.T.

3º) Si ha habido una parte que ha percibido indebidamente: El complemento de I.T. En tal caso, la empresa debera reclalar las cantidades que indebidamente ha pagado ya sea poniendose de acuerdo en la devolucion con el trabajador o si no hay acuerdo mediante una reclamacion de cantidades vía juzgado dee lo social.

Saludos.
Incapacidad Permanente Total | PorticoLegal
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Incapacidad permanente total
18/04/2006 23:22
Hola a todos,
En mi empresa, a un trabajador, después de darle la incapacidad permante parcial, ha recurrido y le han reconocido la total, la sentencia tan sólo a salido hace unos días, pero con efectos a partir del de septiembre de 2005. ¿Puede la empresa darle de baja a partir de la sentencia aunque esta no sea firme y quepa recurso? ¿Puede empezar a descontarse lo indebidamente pagado a partir del 20 de septiembre de 2005 en los seguros sociales?¿y que pasa con la mejora voluntaria que recoge el convenio que la empresa le ha estado pagando al trabajador, la tiene que devolver por se un pago indebido con efectos del 20 de septiembre de 2005?
Un poco complejo eh?
19/04/2006 15:24
Repito: puede la empresa dar de baja a un trabajador porque ha salido una sentencia que le reconoce la incapacidad permanente total con efectos retroactivos a septiembre de 2005, a pesar de que esa sentencia todavía no sea firme?
19/04/2006 18:47
Hola.

A mi me parece que:

1º) La empresa con una copia de la sentencia y un TA de baja con la fecha de septiembre puede pedir que se procese esa baja con fecha de septiembre. Una vez hecho ésto, debería pedir la devolucion de cuotas indebidamente ingresadas.

2º) La empresa no ha pagado (en principio) nada de mas, ya que o bien ha estado trabajando, con lo que es corresto el pago por sus servicios o ha estado en situacion de I.T. en cuyo caso, ha estado abonanado un pago delegado en nombre de la S.Social que ha deducido mes a mes de los TC
corespondientes.

Al hacer la liquidacion de atrasos del pago de la prestacion desde la fecha en que se le reconoce la invalidez, se le descontara lo percibido por I.T.

3º) Si ha habido una parte que ha percibido indebidamente: El complemento de I.T. En tal caso, la empresa debera reclalar las cantidades que indebidamente ha pagado ya sea poniendose de acuerdo en la devolucion con el trabajador o si no hay acuerdo mediante una reclamacion de cantidades vía juzgado dee lo social.

Saludos.