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incapacidad temporal por riesgo embarazo

1 Comentarios
 
Incapacidad temporal por riesgo embarazo
28/11/2011 20:54
hola, en el trabajo me han reconocido una incapacidad temporal por riesgo embarazo , pero me puedo acoger cuando esté de 30 semanas. actualmente estoy 27 sem. si antes necesito la baja por ssocial, y me cojo el alta , es decir estoy en regimen activo laboral solo 1 dia, antes que me la puedo dar la mutua, hay algun problema legal?
me puede poner algun problema la mutua del trabajo? y si es así que debo hacer?

gracias
28/11/2011 23:36



2. Los procesos de incapacidad temporal iniciados antes del parto y sin que la interesada hubiera optado por el descanso maternal, se mantendrán en sus propios términos hasta el momento del parto, dejando siempre a salvo la posibilidad de opción de la interesada por dicho descanso. A partir de la fecha del parto deberá comenzar el disfrute del descanso por maternidad. Si transcurrido éste, la anterior situación de incapacidad temporal persistiera, se reanudará el cómputo interrumpido, aun cuando se hubiera extinguido el contrato de trabajo.

Creo que con estos dos art. doy respuesta a tu pregunta
Aunque he de comunicarte que no se entiende bien tu pregunta.
También se causará derecho a la prestación económica por maternidad cuando entre la extinción de la incapacidad temporal por alta médica y el inicio de la situación por maternidad no haya solución de continuidad, bien por producirse el alta médica por incapacidad temporal y el inicio del descanso por maternidad el mismo día, bien por tener lugar ésta al día siguiente de aquélla.