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incapacidad total permanente

11 Comentarios
 
23/06/2012 17:50
.....y verás como no existe plazo mínimo de IT.
¿o sí ?
23/06/2012 17:43
Si quieres entretenerte un rato!



GUIA IT, enfermedades profesionales, valoración a tanto alzado

http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/143518.pdf

http://www.boe.es/boe/dias/2005/04/22/pdfs/A13781-13786.pdf

http://www.boe.es/boe/dias/2006/12/19/pdfs/A44487-44546.pdf

Criterios de Valoración de la Contingencia
Valoración de la incapacidad: desde la perspectiva de Atención Primaria, hay tres cuestiones fundamentales:
— Decidir si se procede a iniciar un proceso de IT (en función de los síntomas, funcionalidad y tipo de actividad laboral).
— Criterios de control de la Incapacidad Temporal (duración, fundamentalmente).
En su caso, cuándo y cómo (criterios) procede hacer propuesta de Incapacidad Permanente, que, en general, debe hacerse:
1) Una vez agotadas las posibilidades terapéuticas.
2) Una vez estabilizada la funcionalidad.
3) En cualquier caso, al agotamiento del plazo máximo de IT.

22/06/2012 23:49
bernabiel.
No existe un plazo mínimo en el que hay que estar de baja (IT) para que sea reconocida una incapacidad. (sí un plazo máximo)

En el momento en el que las lesiones del trabajador estén establecidas y se consideren irrecuperables , o se estime que a corto plazo no sufrirá mejoría, el trabajor será propuesto para invalidez , independientemente del tiempo que estuvo en IT.
saludos.
22/06/2012 23:04
¿No se ha planteado usted reclamar sobre el grado de su incapacidad?
A su edad y con esas lesiones permanentes, tiene posibilidades (muchas) de que le otorguen una IPA.
Hablo de la via judicial, difícilmente el tribunal médico cambiará su resolución.(aunque haga la reclamación previa).

SolicitE la qualificación de su pensión . (Ese 20% más).
Si más datos que los que usted expone, no encuentro motivo por el cual, usted no cobra el 75%.


22/06/2012 19:14
hola tengo 60 años pues naci el 18 de mayo de 1952 y me han dado de baja en la empresa por orden de la s.s. pues ya no podre trabajar es ese empleo mas ,y con 60 años ya y como esta esto haber quien me va a dar un empleo de estar sentado debido a las lesiones de columna, gracias,por eso le parecio raro al señor de la tesoreria y me dijo que cuando vaya a la s.s. le diga que porque no me dan el 20% mas pues me pertenece,gracias
22/06/2012 18:58
Para cobrar el 75% en vez del 55% tienes que tener 55 años, y no tener una remunacion en otro trabajo.
Si tienes 55 años y la oportunidad de trabajar en un oficio que no te invalide tu lesion, tendrias solo la paga del 55% mas tu sueldo por tu trabajo, en el momento que dejes de trabajar y seas mayor de 55 pasarias otra vez a cobrar el 75%.
22/06/2012 18:49
hola no se a que te refieres con problemas complejos esto solo es como bien digo una incapacidad permanente total en la cual solo quiero saber si solo me pertenece el 55% yo cotizaba por 1100 y si solo me quedaba eso si no tengo derecho al 20% por tener mas de 52 años y menos de 65 y en caso de que no me perteneciera si se puede seguir cobrando conjuntamente el subsidio que quedo parado y tenia hasta el 2017 ,entonces para que tanto papeleo y examenes y penas si en el subsidio de los 52 cobraba 426 todo este paripe lo han echo por 92 euros mas al mes y encima parece que va dando uno pena para que me vale haber estado cotizando desde el año 1966 hasta la fecha.
22/06/2012 18:39
No quieras resolver tus problemas en un foro y más problemas complejos.
Aquí solo te informaran para que tengas una orientación cercana al problema, pero nunca resolverlo de cuajo.
Así que no te empeñes en lo imposible.
22/06/2012 18:31
hola , pues segun la inspectora medica debido a mis lesiones no hiba a poder trabajar y siempre hiba a estar de baja asique me propuso para la incapacidad permanente total y asi me lo han echo estoy esperando la carta pero ya la tenia mi empresa que le decian que causara baja en la empresa pues a partir del 17 de junio seria la s.s. segun la inss de malaga y me fuy a la s.s. y me salia en el ordenador que me pagarian 518 euros cada mes no se que carta me llegara ami pero por lo que vi esa es la cantidad que me van a dar creo que en la carta no dira nada mas y me tendre que mover por mi cuenta y hir preguntando todo.por favor a ver si alguien puede resolverme estas dudas
22/06/2012 18:24
Artículo 221. Incompatibilidades.

1. La prestación o el subsidio por desempleo serán incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la Seguridad Social, o con el trabajo por cuenta ajena, excepto cuando éste se realice a tiempo parcial, en cuyo caso se deducirá del importe de la prestación o subsidio la parte proporcional al tiempo trabajado.

2. Serán, asimismo, incompatibles con la obtención de pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social, salvo que éstas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación por desempleo.
22/06/2012 17:06
No entiendo que con 6 meses de baja le hayan dado una ipt. ALGUIEN LO ENTIENDE???
Incapacidad total permanente
22/06/2012 16:37
hola y gracias de antemano mi pregunta es:me an concedido la incapacidad total permanente y resulta que es peor pues solo llevaba 6 meses de baja y cobraba 766 euros pero ahora resulta que con la incapacidad total permanente solo me dan el 55% y me dijeron en la s.s. que me correspondia 518 euros mensuales y que hago con 518 euros mensuales como pago casa y doy de comer a la mujer yo tengo ya 60 años y tengo cotizados 33 años me an dicho que reclame en la seguridad social para que me den el 20% mas por tener mas de 60 años tambien me dijeron que creen que podria reanudar mi subsidio de los 52 años que lo tenia concedido hasta el año 2017 pero me salio un trabajo cuando llebaba dos años y medio cobrandolo y tuve la mala suerte de enfermar de la espalda mi pregunta es que que puedo hacer ,si me reanudaran el subsidio que tenia y podre cobrar a su vez la pension de 518 euros de la incapacidad total permanente o si me tienen que dar el 20% mas ,vaya injusticia osea que me dan la incapacidad permanente total para cobrar menos que de baja osea que encima de querer matarme de hambre y echarme a la calle les tengo que dar las gracias, por favor alguien me podria decir que deberia de hacer o si puedo cobrar mas de esos 518 euros y como hago muchas gracias por todo
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incapacidad total permanente

11 Comentarios
 
23/06/2012 17:50
.....y verás como no existe plazo mínimo de IT.
¿o sí ?
23/06/2012 17:43
Si quieres entretenerte un rato!



GUIA IT, enfermedades profesionales, valoración a tanto alzado

http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/143518.pdf

http://www.boe.es/boe/dias/2005/04/22/pdfs/A13781-13786.pdf

http://www.boe.es/boe/dias/2006/12/19/pdfs/A44487-44546.pdf

Criterios de Valoración de la Contingencia
Valoración de la incapacidad: desde la perspectiva de Atención Primaria, hay tres cuestiones fundamentales:
— Decidir si se procede a iniciar un proceso de IT (en función de los síntomas, funcionalidad y tipo de actividad laboral).
— Criterios de control de la Incapacidad Temporal (duración, fundamentalmente).
En su caso, cuándo y cómo (criterios) procede hacer propuesta de Incapacidad Permanente, que, en general, debe hacerse:
1) Una vez agotadas las posibilidades terapéuticas.
2) Una vez estabilizada la funcionalidad.
3) En cualquier caso, al agotamiento del plazo máximo de IT.

22/06/2012 23:49
bernabiel.
No existe un plazo mínimo en el que hay que estar de baja (IT) para que sea reconocida una incapacidad. (sí un plazo máximo)

En el momento en el que las lesiones del trabajador estén establecidas y se consideren irrecuperables , o se estime que a corto plazo no sufrirá mejoría, el trabajor será propuesto para invalidez , independientemente del tiempo que estuvo en IT.
saludos.
22/06/2012 23:04
¿No se ha planteado usted reclamar sobre el grado de su incapacidad?
A su edad y con esas lesiones permanentes, tiene posibilidades (muchas) de que le otorguen una IPA.
Hablo de la via judicial, difícilmente el tribunal médico cambiará su resolución.(aunque haga la reclamación previa).

SolicitE la qualificación de su pensión . (Ese 20% más).
Si más datos que los que usted expone, no encuentro motivo por el cual, usted no cobra el 75%.


22/06/2012 19:14
hola tengo 60 años pues naci el 18 de mayo de 1952 y me han dado de baja en la empresa por orden de la s.s. pues ya no podre trabajar es ese empleo mas ,y con 60 años ya y como esta esto haber quien me va a dar un empleo de estar sentado debido a las lesiones de columna, gracias,por eso le parecio raro al señor de la tesoreria y me dijo que cuando vaya a la s.s. le diga que porque no me dan el 20% mas pues me pertenece,gracias
22/06/2012 18:58
Para cobrar el 75% en vez del 55% tienes que tener 55 años, y no tener una remunacion en otro trabajo.
Si tienes 55 años y la oportunidad de trabajar en un oficio que no te invalide tu lesion, tendrias solo la paga del 55% mas tu sueldo por tu trabajo, en el momento que dejes de trabajar y seas mayor de 55 pasarias otra vez a cobrar el 75%.
22/06/2012 18:49
hola no se a que te refieres con problemas complejos esto solo es como bien digo una incapacidad permanente total en la cual solo quiero saber si solo me pertenece el 55% yo cotizaba por 1100 y si solo me quedaba eso si no tengo derecho al 20% por tener mas de 52 años y menos de 65 y en caso de que no me perteneciera si se puede seguir cobrando conjuntamente el subsidio que quedo parado y tenia hasta el 2017 ,entonces para que tanto papeleo y examenes y penas si en el subsidio de los 52 cobraba 426 todo este paripe lo han echo por 92 euros mas al mes y encima parece que va dando uno pena para que me vale haber estado cotizando desde el año 1966 hasta la fecha.
22/06/2012 18:39
No quieras resolver tus problemas en un foro y más problemas complejos.
Aquí solo te informaran para que tengas una orientación cercana al problema, pero nunca resolverlo de cuajo.
Así que no te empeñes en lo imposible.
22/06/2012 18:31
hola , pues segun la inspectora medica debido a mis lesiones no hiba a poder trabajar y siempre hiba a estar de baja asique me propuso para la incapacidad permanente total y asi me lo han echo estoy esperando la carta pero ya la tenia mi empresa que le decian que causara baja en la empresa pues a partir del 17 de junio seria la s.s. segun la inss de malaga y me fuy a la s.s. y me salia en el ordenador que me pagarian 518 euros cada mes no se que carta me llegara ami pero por lo que vi esa es la cantidad que me van a dar creo que en la carta no dira nada mas y me tendre que mover por mi cuenta y hir preguntando todo.por favor a ver si alguien puede resolverme estas dudas
22/06/2012 18:24
Artículo 221. Incompatibilidades.

1. La prestación o el subsidio por desempleo serán incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la Seguridad Social, o con el trabajo por cuenta ajena, excepto cuando éste se realice a tiempo parcial, en cuyo caso se deducirá del importe de la prestación o subsidio la parte proporcional al tiempo trabajado.

2. Serán, asimismo, incompatibles con la obtención de pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social, salvo que éstas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación por desempleo.
22/06/2012 17:06
No entiendo que con 6 meses de baja le hayan dado una ipt. ALGUIEN LO ENTIENDE???
Incapacidad total permanente
22/06/2012 16:37
hola y gracias de antemano mi pregunta es:me an concedido la incapacidad total permanente y resulta que es peor pues solo llevaba 6 meses de baja y cobraba 766 euros pero ahora resulta que con la incapacidad total permanente solo me dan el 55% y me dijeron en la s.s. que me correspondia 518 euros mensuales y que hago con 518 euros mensuales como pago casa y doy de comer a la mujer yo tengo ya 60 años y tengo cotizados 33 años me an dicho que reclame en la seguridad social para que me den el 20% mas por tener mas de 60 años tambien me dijeron que creen que podria reanudar mi subsidio de los 52 años que lo tenia concedido hasta el año 2017 pero me salio un trabajo cuando llebaba dos años y medio cobrandolo y tuve la mala suerte de enfermar de la espalda mi pregunta es que que puedo hacer ,si me reanudaran el subsidio que tenia y podre cobrar a su vez la pension de 518 euros de la incapacidad total permanente o si me tienen que dar el 20% mas ,vaya injusticia osea que me dan la incapacidad permanente total para cobrar menos que de baja osea que encima de querer matarme de hambre y echarme a la calle les tengo que dar las gracias, por favor alguien me podria decir que deberia de hacer o si puedo cobrar mas de esos 518 euros y como hago muchas gracias por todo