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incapacidad

7 Comentarios
 
Incapacidad
16/09/2007 22:40
Tengo mi primer tema de incapacidad y todos son dudas procesales
¿Me podeís ayudar?

El demandante tenia reconocida una invalidez permanente total y presenté solicitud de agravamiento que fue desestimada y r. previa que tambien y he presentado la demanda y es donde me surgen las dudas:

1º) En la demanda solicité que se reclamara a la entidad gestora el expte. Sin embargo con posterioridad a la misma se han realizado nuevas pruebas médicas que tengo en mi poder.
¿Lo aporto yo a los autos antes del juicio, lo aporto en la vista o como me ha dicho un compañero solicito prueba documental anticipada?

2ª) En la demanda ya digo que acudiré al juicio con licenciado en medicina pero me tiene que hacer un informe obligatoriamente y aportarlo a los autos y en ese caso en que momento o vale como preuba en interrogatorio que le haga en la vista?.

3º)Quiero aportar sentencias que contienen la invalidez absoluta por la mismas patologías. ¿Cuando las aporto?
4ª)Como tenia ya reconocida la inc p. absoluta ¿que
Base de cotización se tiene en cuenta? Tengo que aportar algún documento para acreditarlo y tengo que decir yo la cantidad en el juicio y en que momento ¿en conclusiones?

Perdonar mi desconocimiento pero he estado estudiando sentencias y no me han aclarado nada. ¿Me recomendáis algun libro o artículo que verse sobre procesal laboral en incapacidades?.
Gracias
17/09/2007 15:15
Lo subo por si alguien me puede ayudar.

Gracias.
perfil MMA
17/09/2007 15:27
Hola morfeo voy a intentar ayudarte:
En el momento del juicio, el juez despues de ratificarte en la demanda, te pedira que medios de prueba intentas valerte. Tú tendrás que decir documental (y aportar todos los documentos que estimes necesarios, numerados) y pericial a cargo del Dr XXXX. Es conveniente que el informe pericial recoja los nuevos informes que incluyas. Este informe pericial debes incluirlo en la prueba documental. Tambien podrás realizar las preguntas que creas necesarias al perito, tanto al tuyo, como al que pueda aportar el INSS. Las sentencias las puedes aportar en la documental, aunque algún juzgado no les hace mucha gracia, por lo cual a veces lo mejor es reseñarlas en la demanda.
La base de cotización para la I.P.Absoluta, será la misma que se tomó para la I.P.Total, con las consecuentes revalorizaciones que en caso de demanda estimatoria realizará el INSS.
En cuanto a libros la Editorial Francis Lefrevre, tiene uno sobre el proceso laboral y otro sobre seguridad social que son muy completos, aunque evidentemente hay muchos más.
Espero que te sirva de ayuda.
Un saludo.
17/09/2007 15:50
Me has sido de gran ayuda, pero entonces la nueva prueba (electrocardiograma)que se le ha realizado al demandante estará en el expediente que pedí que se remitiera por la entidad gestora en la demanda o lo tengo que aportar yo?

Y si lo tengo que aportar yo, según me dices ¿en el acto de la vista? Lo puedo hacer antes o si lo hago le estoy dando mas facilidad probatoria?

Por que crees que el compañero me dijo que tenia que solicitar respecto a este documento (electrocardiograma) que es de fecha posterior a la reclamación previa y anterior a la demanda, prueba anticipada?
No lo puede presentar con la demanda porque me cumplia el plazo y todavia no se lo habían notificado aunque ya se lo habían hecho. ¿Tengo que acreditar como en civil que es de fecha posterior su recepción?

Gracias por todo MMa, hay cosas que no vienen en los libros y sentencias por mucho que lo estudies.

Lo demás me ha quedado muy claro.
Espero no abusar de tus conocimientos.
perfil MMA
17/09/2007 16:08
Hola, la prueba la tienes que aportar tú, pues intentas valerte de ella y además sabiendo como funciona la Seguridad Social igual no figura en el expediente. Efectivamente les pudes dar facilidad probatoria, además de un documento que ellos deberían tener. La prueba anticipada estaría justificada si el actor se encontrara grave y sospecharas que podría fallecer antes del juicio, por lo demás no creo que en este caso se tuviera que pedir (salvo otras opiniones). En principio no tienes que acreditar su posterior recepción, pero lo que sí es conveniente, es que en la reclamación previa, se haya expuesto aunque sea sucintamente el nuevo motivo de reclamación, que supongo que algo tendrá que ver con ese ECG.
Un saludo.
17/09/2007 17:21
Pues no he puesto nada, que fallo j...En fin de los errores se aprende.
Como lo soluciono?.
Lo primero es ir a ver los autos y si está cosa que dudo, problema resuelto.

Si no está ¿me cubro las espaldas y la aporto antes del juicio mediante el escrito correspondiente?

o la aporto en el acto del juicio y si me la deniegan protesto, Como argumento su aportación y en base a que artículo?

Si te digo la verdad prefiero ir sobre seguro por lo que en espera de lo que me digas, sino está en los autos la presento junto con su escrito lo antes posible de la vista.

Muchas Gracias MMA.

18/09/2007 10:28
¿Me podeís contestar?.

Gracias a todos.
18/09/2007 11:17
EN el juicio laboral no es necesario pedir prueba anticipada. El compañero que te lo dijo, posiblemente sea civilista, en el juicio civil hay quie aportar la prueba con antelación al juicio, pero el el social no, por lo que no es necesaerio que lo hagas. La llevas a la vista y la aportas en el momento de la prueba