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Incidencia en el resultado de la votación

3 Comentarios
 
Incidencia en el resultado de la votación
perfil Anónimo
26/09/2016 21:16
Buenas tardes, hace unos día se celebró una junta extraordinaria con objeto de cambiar de empresa de mantenimiento, debido al lamentable estado en el que se encuentra actualmente la comunidad. El orden del día era el siguiente: “Informe sobre la empresa de mantenimiento de la Comunidad y debate acerca de las medidas a adoptar, en su caso”. El resultado de la votación fue que la mayoría quería cambiar de empresa, para lo que se crea un grupo de trabajo con objeto de presentar nuevas empresas y presupuestos. Se convoca nueva junta extraordinaria al mes con el siguiente orden del día: “Presentación de presupuestos de nuevas empresas de mantenimiento y limpieza de la Comunidad. Elección de uno de ellos, si procede”. El resultado de la votación fue que 15 vecinos votaban por una empresa en cuestión y una sola vecina, con 19 representaciones, votó que no elegía ninguno de los cinco presupuestos, sin dar argumento ninguno ni aportar ninguna sugerencia. El resultado de la votación, según el administrador fue que no se elegía ninguna empresa porque la mayoría no quería ninguna de las presentadas, se agarran al “si procede”.
Mi pregunta es la siguiente:
¿Los 20 votos de la vecina se podrían considerar como abstenciones al no elegir ninguna empresa, teniendo un amplio número de presupuestos a nuestra disposición, y simplemente por el hecho de proteger a la actualmente empresa que viene realizando el mantenimiento en la comunidad?
Necesitaría una argumentación legal por favor.
Gracias
perfil Anónimo
26/09/2016 23:30
Anónimo
Primero: repasen si las 19 representaciones son legales segun lo descrito en la LPH.
Segundo: no mezcle las dos juntas, en la primera se aprobo la sustitucion de la empresa, lo cual es valido sine die.
En la segunda junta si la vecino voto 20 noes, pues no se aprueba ningun presupuesto de los presentados.no pueden computados como abstenciones, porque voto no.
Respecto al "si procede" pertenece a la primera junta y entonces si procedio.
Ustedes podran hacer cuantas reuniones quieran sobre este tema, aprobado esta el cambio, falta encontrar el sustituto, ese es el matiz
27/09/2016 11:03
Anónimo
Lo primero, es comprobar fehacientemente con el administrador, la validez de esos 19 votos.
Deben hacer una comprobación de firmas.
Ya he comentado en alguna ocasión, la falta sobre esta cuestión que hay en la LPH.
Para que esos votos tengan valor, los propietarios que en algún momento quieran delegar el voto, deberían previamente entregar en la comunidad un documento con su firma, para que posteriormente se pueda hacer una comprobación de la firma con la papeleta de delegación de voto.
De no ser así, cualquier propietario que sabe que otro no va a asistir, podrá falsificar una firma.
También, posteriormente a la celebración de la Junta, se podría solicitar a los propietarios que "supuestamente" han delegado el voto en otro propietario, que lo confirmen por escrito, en un plazo, antes de dar validez al voto.
perfil Anónimo
27/09/2016 11:53
Anónimo
tenemos que tener mucho cuidado con no confundir.
en ningún momento la LPH dice que:
"Para que esos votos tengan valor, los propietarios que en algún momento quieran delegar el voto, deberían previamente entregar en la comunidad un documento con su firma, para que posteriormente se pueda hacer una comprobación de la firma con la papeleta de delegación de voto.".
Ahora bien, me parece correcto i útil el ponerse en contacto con los representados para ver si es verdad que han delegado