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Incluir en el orden del día referencia falsa a copropietario, ¿incumple ley protección datos?

15 Comentarios
 
Incluir en el orden del día referencia falsa a copropietario, ¿incumple ley protección datos?
10/08/2018 11:47
Tengo dudas de si incluir en el orden del día de una Junta una referencia a un comunero, sobre algo que se ha comunicado al administrador, pero que no se ha pedido que se proponga en junta o alguna referencia falsa sobre un comunero como por ejemplo que impide el paso para arreglar una gotera, puede incumplir la ley de protección de datos.
10/08/2018 15:33
Calaf_
En el orden del dia para las juntas, no se ponen referencias, notas, ideas, etc. Solo se pone los temas que se van a votar
10/08/2018 17:20
Calaf_
Paso los puntos problemáticos para su valoración, gracias por contestarme:

3 Debido a la reclamación presentada por el piso 5ºB, sobre la recaudación de los m3
consumidos de agua, se propone para su aprobación, la facturación del consumo en base a
los bloques del Canal.
4 Como consecuencia de las filtraciones de agua ocasionadas en los últimos meses debido a
la rotura de tuberia y diferencia de materiales de construccion existente en las bajantes
segun el video con cámara que se ha tenido que realizar ante la negativa del piso 5ºB a que
se abra en su piso para comprobar la bajante a la altura del forjado (5º-4º), se propone para
su aprobación el cambio de colectores asi como la tuberia de agua, dependiendo de su
estado.
10/08/2018 17:59
Calaf_
Los veo correctos.
Lo que no entiendo es la negativa del 5B para dejar abrir, por lo que no se se ha podido realizar el trabajo y se realizo con una camara
Tampoco entiendo que se proponga cambiar los colectores y la tuberia, si ha que cambiarlos se tiene qud afirmar y lo que se presenta para su aprobacion son los presupuestos.
Diria mas o menos,
Presentacion de presupuestos para su aprobacion del problema etc. Etc.
Artículo 10: Obras de conservación y accesibilidad
1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:
a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.
No se si entirnde el matiz, no se reunen para aprobar el arreglo, se reunen para elejir el presupuesto, dado que su arreglo es obligatorio y no hay nada que aprobar
27/08/2018 18:27
amadeo2002
Gracias por tu respuesta, el problema es que el piso 5B es el mio y tenia un agujero de 20x20 en mi baño, por eso hacia la pregunta sobre la ley de protección de datos, ya que me parece que esa afirmación que hace el administrador la hace con muy mala fe para dejarme mal delante de los vecinos.
27/08/2018 22:21
Calaf_
Si no se mencionan nombres de los propietarios, no se in cumple con la ley de protección de datos.
27/08/2018 23:22
Calaf_
Dejarle mal delante del resto de propietarios seria si lo que el administrador indica de que usted no permitio el acceso a su vivienda para realizar comprobaciones, seria si fuese incierto, pero como no lo fue, el administrador esta obligado a informar al resto de la comunidad de los problemas que surjen cuando existe una averia. Por lo cual ni actuo de mala fe ni incumplio la LPD.
28/08/2018 09:59
Calaf_
Me he debido explicar mal, claro que deje entrar al seguro de la comunidad que abrió en mi cuarto de baño un agujero considerable y dictaminó que la gotera venia de la terraza, que luego se introdujera una cámara y vieran que la tubería también estaba rota y había dos goteras, es otro problema distinto. Pero no se puede decir que no dejo pasar a mi vivienda, cuando tenia una abertura desde hacia varios meses.
28/08/2018 13:30
Calaf_
pues como es una falsa acusación, uested deberá solicitar explicaciones al administrador indicándole que lo que figura en el acta es una falsedad, que si dicha acusación no es rectificada en la próxima acta, se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra el, por emitir falsedades.
pero este hecho no tiene nada que ver con la LOPD
28/08/2018 19:29
Calaf_
No pidió disculpas, pero al tratar el punto incluyo los comentarios que yo le había enviado.
Tengo curiosidad por saber la razón de que el colegio de administradores de Madrid no tenga ningún apartado para enviar reclamaciones y nadie se sorprenda por ello.
Tenemos que denunciar cualquier mala actuación de los administradores al colegio, a ver si toman cartas en el asunto como es su obligación (se lo exige la ley)
28/08/2018 20:16
Calaf_
Calaf esta usted muy equivocado, y lo extraño es que usted se sorprenda.
los colegios de administradores defienden a ellos que son sus socios y si no tienen ningun apartado de envio de quejas, es porque no les importa los problemas de los propietarios
29/08/2018 09:30
Calaf_
Me he estado informando y te cuento. Cuando un carnicero te vende carne en mal estado le puedes denunciar a consumo, en el caso de las personas colegiadas, no se les puede denunciar a consumo ya que es su colegio quien se tiene que encargar.
Si buscas en google encontraras la ley que les obliga, otra cosa es que los colegios se hagan los tontos, como me ha sucedido a mi, que mandé una queja y ni siquiera me han contestado, por lo que he procedido a enviarla al defensor del pueblo, por mal funcionamiento de una institución del estado.
Si todos hiciéramos lo mismo, otro gallo cantaría. En España si no te quejas no te hace caso nadie.
29/08/2018 15:27
Calaf_
Me gustaria que alguien nos aclarase que los colegio de administradores es una institucion estatal, yo no lo creo, pero......
Y creo que el defensor poco le va decir, tiempo al tiempo, y ya nos contara que le ha dicho
29/08/2018 16:37
Calaf_
Tenemos que cambiar el funcionamiento de este foro, muchas veces mas orientado al mercantilismo (por otro lado normal en una sociedad capitalista en la que vivimos) que ha informar a los usuarios.
Pues bien, la definición de colegio profesional es:
Un colegio profesional o colegio oficial es una asociación de carácter profesional o gremial integrada por quienes ejercen una profesión liberal y que suelen estar reconocidos o controlados por el Estado (corporación de derecho público) y las normativas nacionales o estatales. Sus miembros asociados son conocidos como colegiados. Los que se dedican a actividades manuales o artesanales forman organizaciones similares, conocidas como gremios.
Sus funciones son:
- ordenación del ejercicio de las profesiones, procurando el prestigio y perfeccionamiento;
- representación de los practicantes o colegiados y defensa de sus derechos;
- defensa de los intereses profesionales de los colegiados; y,
- velar por una practica profesional ética, de sus miembros.

La ultima es la que olvida el colegio de administradores de fincas de Madrid, por ejemplo si te metes en el colegio de abogados de madrid, veras un apartado para poder reclamar por algún colegiado. Busca en la pagina web del CAFMadrid y no lo encontrarás, esto es lo que tenemos que intentar cambiar.

Ya te comentaré lo que me ha dicho el defensor del pueblo y si tienes razón y no me dice nada, se la mandaremos al defensor del pueblo de la UE.
29/08/2018 17:29
Calaf_
Calaf: en ningun momemto voy a discutir si son o no instituciones del estado porque lo ignoro. Y lo que no se, nunca lo discuto.
Pero si veo que en la informacion aportada por usted indica:
reconocidos o controlados por el Estado
Y creo que si fuesen institucionales pondria Y CONTROLADOS.
por eso digo que nos saquen de dudas
Acabo de entrar en la web de la CAF madrid, y existe un apartado denominado:
SERVICIOS A CIUDADANOS
y ahi existe un espacio de contacto en el cual se puede exponer las quejas o preguntas que un propietario tenga oportuno
30/08/2018 18:47
amadeo2002
Me vais a disculpar pero creo que estáis abriendo un debate, que seguramente debería de ser otro tema dentro del foro "sirven para algo los colegios de administradores de finas" y posteriormente discutirlo libremente y todo el que se meta, pueda ver ese tema y opinar, pero esto es un subtema, dentro de un tema (muy interesante, eso no lo discuto, pero no lo veo el lugar adecuado)
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15 Comentarios
 
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10/08/2018 11:47
Tengo dudas de si incluir en el orden del día de una Junta una referencia a un comunero, sobre algo que se ha comunicado al administrador, pero que no se ha pedido que se proponga en junta o alguna referencia falsa sobre un comunero como por ejemplo que impide el paso para arreglar una gotera, puede incumplir la ley de protección de datos.
10/08/2018 15:33
Calaf_
En el orden del dia para las juntas, no se ponen referencias, notas, ideas, etc. Solo se pone los temas que se van a votar
10/08/2018 17:20
Calaf_
Paso los puntos problemáticos para su valoración, gracias por contestarme:

3 Debido a la reclamación presentada por el piso 5ºB, sobre la recaudación de los m3
consumidos de agua, se propone para su aprobación, la facturación del consumo en base a
los bloques del Canal.
4 Como consecuencia de las filtraciones de agua ocasionadas en los últimos meses debido a
la rotura de tuberia y diferencia de materiales de construccion existente en las bajantes
segun el video con cámara que se ha tenido que realizar ante la negativa del piso 5ºB a que
se abra en su piso para comprobar la bajante a la altura del forjado (5º-4º), se propone para
su aprobación el cambio de colectores asi como la tuberia de agua, dependiendo de su
estado.
10/08/2018 17:59
Calaf_
Los veo correctos.
Lo que no entiendo es la negativa del 5B para dejar abrir, por lo que no se se ha podido realizar el trabajo y se realizo con una camara
Tampoco entiendo que se proponga cambiar los colectores y la tuberia, si ha que cambiarlos se tiene qud afirmar y lo que se presenta para su aprobacion son los presupuestos.
Diria mas o menos,
Presentacion de presupuestos para su aprobacion del problema etc. Etc.
Artículo 10: Obras de conservación y accesibilidad
1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:
a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.
No se si entirnde el matiz, no se reunen para aprobar el arreglo, se reunen para elejir el presupuesto, dado que su arreglo es obligatorio y no hay nada que aprobar
27/08/2018 18:27
amadeo2002
Gracias por tu respuesta, el problema es que el piso 5B es el mio y tenia un agujero de 20x20 en mi baño, por eso hacia la pregunta sobre la ley de protección de datos, ya que me parece que esa afirmación que hace el administrador la hace con muy mala fe para dejarme mal delante de los vecinos.
27/08/2018 22:21
Calaf_
Si no se mencionan nombres de los propietarios, no se in cumple con la ley de protección de datos.
27/08/2018 23:22
Calaf_
Dejarle mal delante del resto de propietarios seria si lo que el administrador indica de que usted no permitio el acceso a su vivienda para realizar comprobaciones, seria si fuese incierto, pero como no lo fue, el administrador esta obligado a informar al resto de la comunidad de los problemas que surjen cuando existe una averia. Por lo cual ni actuo de mala fe ni incumplio la LPD.
28/08/2018 09:59
Calaf_
Me he debido explicar mal, claro que deje entrar al seguro de la comunidad que abrió en mi cuarto de baño un agujero considerable y dictaminó que la gotera venia de la terraza, que luego se introdujera una cámara y vieran que la tubería también estaba rota y había dos goteras, es otro problema distinto. Pero no se puede decir que no dejo pasar a mi vivienda, cuando tenia una abertura desde hacia varios meses.
28/08/2018 13:30
Calaf_
pues como es una falsa acusación, uested deberá solicitar explicaciones al administrador indicándole que lo que figura en el acta es una falsedad, que si dicha acusación no es rectificada en la próxima acta, se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra el, por emitir falsedades.
pero este hecho no tiene nada que ver con la LOPD
28/08/2018 19:29
Calaf_
No pidió disculpas, pero al tratar el punto incluyo los comentarios que yo le había enviado.
Tengo curiosidad por saber la razón de que el colegio de administradores de Madrid no tenga ningún apartado para enviar reclamaciones y nadie se sorprenda por ello.
Tenemos que denunciar cualquier mala actuación de los administradores al colegio, a ver si toman cartas en el asunto como es su obligación (se lo exige la ley)
28/08/2018 20:16
Calaf_
Calaf esta usted muy equivocado, y lo extraño es que usted se sorprenda.
los colegios de administradores defienden a ellos que son sus socios y si no tienen ningun apartado de envio de quejas, es porque no les importa los problemas de los propietarios
29/08/2018 09:30
Calaf_
Me he estado informando y te cuento. Cuando un carnicero te vende carne en mal estado le puedes denunciar a consumo, en el caso de las personas colegiadas, no se les puede denunciar a consumo ya que es su colegio quien se tiene que encargar.
Si buscas en google encontraras la ley que les obliga, otra cosa es que los colegios se hagan los tontos, como me ha sucedido a mi, que mandé una queja y ni siquiera me han contestado, por lo que he procedido a enviarla al defensor del pueblo, por mal funcionamiento de una institución del estado.
Si todos hiciéramos lo mismo, otro gallo cantaría. En España si no te quejas no te hace caso nadie.
29/08/2018 15:27
Calaf_
Me gustaria que alguien nos aclarase que los colegio de administradores es una institucion estatal, yo no lo creo, pero......
Y creo que el defensor poco le va decir, tiempo al tiempo, y ya nos contara que le ha dicho
29/08/2018 16:37
Calaf_
Tenemos que cambiar el funcionamiento de este foro, muchas veces mas orientado al mercantilismo (por otro lado normal en una sociedad capitalista en la que vivimos) que ha informar a los usuarios.
Pues bien, la definición de colegio profesional es:
Un colegio profesional o colegio oficial es una asociación de carácter profesional o gremial integrada por quienes ejercen una profesión liberal y que suelen estar reconocidos o controlados por el Estado (corporación de derecho público) y las normativas nacionales o estatales. Sus miembros asociados son conocidos como colegiados. Los que se dedican a actividades manuales o artesanales forman organizaciones similares, conocidas como gremios.
Sus funciones son:
- ordenación del ejercicio de las profesiones, procurando el prestigio y perfeccionamiento;
- representación de los practicantes o colegiados y defensa de sus derechos;
- defensa de los intereses profesionales de los colegiados; y,
- velar por una practica profesional ética, de sus miembros.

La ultima es la que olvida el colegio de administradores de fincas de Madrid, por ejemplo si te metes en el colegio de abogados de madrid, veras un apartado para poder reclamar por algún colegiado. Busca en la pagina web del CAFMadrid y no lo encontrarás, esto es lo que tenemos que intentar cambiar.

Ya te comentaré lo que me ha dicho el defensor del pueblo y si tienes razón y no me dice nada, se la mandaremos al defensor del pueblo de la UE.
29/08/2018 17:29
Calaf_
Calaf: en ningun momemto voy a discutir si son o no instituciones del estado porque lo ignoro. Y lo que no se, nunca lo discuto.
Pero si veo que en la informacion aportada por usted indica:
reconocidos o controlados por el Estado
Y creo que si fuesen institucionales pondria Y CONTROLADOS.
por eso digo que nos saquen de dudas
Acabo de entrar en la web de la CAF madrid, y existe un apartado denominado:
SERVICIOS A CIUDADANOS
y ahi existe un espacio de contacto en el cual se puede exponer las quejas o preguntas que un propietario tenga oportuno
30/08/2018 18:47
amadeo2002
Me vais a disculpar pero creo que estáis abriendo un debate, que seguramente debería de ser otro tema dentro del foro "sirven para algo los colegios de administradores de finas" y posteriormente discutirlo libremente y todo el que se meta, pueda ver ese tema y opinar, pero esto es un subtema, dentro de un tema (muy interesante, eso no lo discuto, pero no lo veo el lugar adecuado)