Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

incomparecencia en cita con la mutua

14 Comentarios
 
Incomparecencia en cita con la mutua
06/12/2010 16:08
Hola a todos! soy nuevo aqui y mi problema es el siguiente, tenia cita este viernes con la mutua y me e dado cuenta hoy!pensaba que la tenia para el viernes de esta semana...ahora mi problema es el siguiente...que me pueden hacer? he oido por ahi que me pueden dar el alta y demas!! yo voy todos los dias e rehabilitacion en el hospital! si me hacen un justificante como que estube en el hospital a esa hora no sera falta injustificada y no habra motivo de alta?? gracias a todos y un saludo! gran foro este!!
06/12/2010 17:12
Te puedo decir esto.

Agotado el plazo de duración de trescientos sesenta y cinco días previsto en el párrafo anterior, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la incapacidad permanente del trabajador, será el único competente para reconocer la situación de prórroga expresa con un límite de ciento ochenta días más, o bien para determinar la iniciación de un expediente de incapacidad permanente, o bien para emitir el alta médica, por curación o por incomparecencia injustificada a los reconocimientos médicos convocados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. De igual modo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social será el único competente para emitir una nueva baja médica en la situación de incapacidad temporal cuando aquélla se produzca en un plazo de ciento ochenta días posteriores a la antes citada alta médica por la misma o similar patología, con los efectos previstos en los párrafos siguientes.
06/12/2010 17:23
no entiendo muy bien loq me pones...yo e faltao a la cita de la mutua y ami quien me esta llevando todo es la seguridad social, de rehabilitacion salgo a las 11 y piko 12 todos los dias y la cita la tenia en la mutua a las 11 y media
06/12/2010 17:39
"abvabv3" está muy bien que intentes responder a todos y cada uno de los foreros que tienen una duda existencial, aunque sea haciendo un copia/pega de lo que encuentras por google, pero... tío, RESPONDE A LO QUE SE PREGUNTA O NO RESPONDAS.

"Raul87es", aunque la baja sea por contingencias comunes, y la competente en el pago de la misma y la rehabilitación sea el INSS, la mutua también puede citarte para comprobar tu evolución, y en caso de ausencia injustificada es causa de extinción de la baja (a efectos económicos).
Lo tienes regulado en el art. 25.2 (la infracción) y en el art. 47.1.b (la sanción), ambas del RD Legislativo 5/2000.
06/12/2010 17:56
aunque este justificada por que estaba en rehabilitacion?? esa es mi duda...en el caso de que me dieran el alta (economicamente como dices tu..)dejaria de cobrar hasta que me den el alta medica? gracias tu comentario me va aportando un poko de luz al asunto
06/12/2010 17:59
Disculpa shughart, mi intención es de que Raúl se tome estas cosas en serio, y no juegue con el pan de cada día.
Pensé que transcribiendo el art. Se tomará mas en serio las obligaciones que tiene, aunque se encuentre de baja.
06/12/2010 18:05
mis obligaciones las tengo muy presentes ya que voy todos los dias a rehabilitacion simplemente pense que era el viernes siguiente! pero sinceramente lo que me as pegado tu ahi no se por donde cogerlo sin embargo lo que me a escrito shughart tiene su logica respecto a lo que yo preguntaba.
06/12/2010 19:08
No hay nada que disculpar, pero en tu escrito tampoco se indican las obligaciones que tiene una persona de baja médica..., así que sigo sin entender el copia/pega, pero allá cada uno.
En cuanto a las lecciones de moralidad o de la vida, no creo que vengan al caso, ya que "raul87es" tiene bastante con lo suyo... Se podrían dar lecciones de esta naturaleza (que se dan), si lo que se intenta es la comisión de un fraude a la Seguridad Social o se formulan preguntas de prácticas universitarias, por ejemplo.

Para el caso concreto, si la ausencia está justificada en principio no es causa de extinción de la prestación. Ahora bien, aunque a tu entender esté justificada, no por ello, la mutua lo va a entender así.
Preséntate mañana en la mutua, y solicita una nueva cita (es posible que no sepan de qué va todo esto, y tampoco es plan delatarse antes de tiempo). Si te comentan algo de la ausencia y de las consecuencias de la misma..., presenta un escrito alegando las causas de tu ausencia y adjuntando el justificante del centro hospitalario (una de las copias que te la sellen). Si no entran en razones, tendrías que ponerte en manos de un abogado laboralista, e interponer reclamación previa (contra la mutua, el INSS y la TGSS) y en caso de que no exista acuerdo, acudir al orden social.
06/12/2010 22:51
gracias shugart entonces mañana intento pedir cita para que me vea la doctora qm lleva?? sin decir nada de que no pude ir el viernes?? gracias por todo de verdad...tengo un estado de nervios bastante grande y eres el unico que me esta dando un poco de luz a todo esto!!
07/12/2010 14:34
Para Shughart. Pareces ser una de las personas más informadas de este foro. Quisiera plantearte mi situación. Próximamente cumpliré 2 años de incapacidad permanente total. Posiblemente, me den de alta por mejoría. Anteriormente, antes de incapacidad tenía cotizados 10 años sin haber cobrado desempleo. ¿En caso de alta de incapacidad permanente, podría seguir cobrando la prestación de desempleo o no? porque creo que no he estado cotizando en esta situación al cobrar la incapacidad y el INEM en caso positivo que bases cogería la de los últimos 6 meses que serían "0" o las de los últimos 6 meses antes de caer en baja médica? Muchas gracias
08/12/2010 10:27
En primer lugar art 48.2 del E T

2. En el supuesto de incapacidad temporal, producida la extinción de esta situación con declaración de invalidez permanente en los grados de incapacidad permanente total para la profesión habitual, absoluta para todo trabajo o gran invalidez, cuando, a juicio del órgano de calificación, la situación de incapacidad del trabajador vaya a ser previsiblemente objeto de revisión por mejoría que permita su reincorporación al puesto de trabajo, subsistirá la suspensión de la relación laboral, con reserva del puesto de trabajo, durante un período de dos años a contar desde la fecha de la resolución por la que se declare la invalidez permanente.

Primero yo agotaría esta posibilidad, y si al reincorporarte puedes desarrollar tu trabajo con normalidad, pues me alegraría muchisimo por tí.
Desde luego a la empresa no le va a hacer ninguna gracía y posiblemente te ponga todos los impedimentos posibles y si no desea mantener tu relación laboral que te haga un despido objetivo, si realmente no puedes seguir realizando dicho trabajo, ni puede reincorporarte en un puesto de similar categoría.

08/12/2010 16:07
raul87es, has llamado a la mutua, contado que se te pasó el día y pedido cita para otro día? sería lo suyo.
09/12/2010 02:30
estuve en la mutua y problema resuelto me pase a primera hora de la mañana y me vio mi doctora sin ningun problema gracias a todos!! al final no fue a mayores el problema
07/02/2011 17:52
hola a todos soy nueva aqui,a si que si alguien pudiera echarme una mano lo agradeceria,os cuento,estaba de baja hasta hace unas semanas,el medico de cabecera me dio el alta y tenia cita con el inns pero no fui porque empece a trabajar que ya se lo dije a ellos por telefono envie los partes de baja por fax a la mutua despues llame para confirmar de que los habian recido y me dijeron que si,el caso esque viendo que no me hacian la transferencia al mes siguiente llame y me digeron que no les habian llegado los partes y que la transferencia estaba anulada.....y que no podia hacer nada hasta el mes proximo Esta mañana he ido al medico para que me diera la copia de los 4 partes medicos y me dice que no puede que para eso tengo que ir al inns,y yo me pregunto ¿como el doctor no puede darme la copia? y lo mas importante que no se como tengo que hacer para pedir cita en el inns para que me de los partes ...si alguien puede ayudarme porfavor espero su respuesta porque es urgente
22/01/2019 16:12
raul87es
Buenos días a todos. En primer lugar decir que este es un foro respetable, con abogados que nos asesoran de la mejor forma posible y de manera altruista, y pienso que no deberíamos degradar este buen hacer empleando lenguajes desafortunados. Al margen de esto, por ahí he leído un comentario que decía que algo así como "un recordatorio de sus deberes para que le próxima vez se lo tome en serio". No puedo estár más en desacuerdo, ya que copiar un artículo de forma literal puede estar más o menos bien si el fin es el de que "se lo tome más en serio la próxima vez" pero aquí no somos jueces, y no podemos generar este criterio absoluto en base a esa disposición legal, ignorando la otra disposición legal que es la que aplica en este caso.
Estamos ante el supuesto de una incomparecencia justificada (aquí hay que decir que por regla general es un deber comparecer. Pero no siempre) ya que estaba haciendo rehabilitación. Por tanto, la incomparecencia es justificada en la medida de que tenía otra obligación justificable. Una vez explicado, cito la disposición legal:

RD 625/2014, De conformidad con el apartado 5, párrafo 2, del artículo 9, "Se entenderá que la incomparecencia fue justificada cuando el trabajador aporte informe emitido por el médico del servicio público de salud que le dispense la asistencia sanitaria, en el que se señale que la personación era desaconsejable conforme a la situación clínica del paciente; cuando la cita se hubiera realizado con un plazo previo inferior a cuatro días hábiles, o bien cuando el beneficiario acredite la imposibilidad de su asistencia por otra causa suficiente".

Estas son las excepciones y entiendo que es el caso. Salvo mejor criterio.

Saludos
incomparecencia en cita con la mutua | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

incomparecencia en cita con la mutua

14 Comentarios
 
Incomparecencia en cita con la mutua
06/12/2010 16:08
Hola a todos! soy nuevo aqui y mi problema es el siguiente, tenia cita este viernes con la mutua y me e dado cuenta hoy!pensaba que la tenia para el viernes de esta semana...ahora mi problema es el siguiente...que me pueden hacer? he oido por ahi que me pueden dar el alta y demas!! yo voy todos los dias e rehabilitacion en el hospital! si me hacen un justificante como que estube en el hospital a esa hora no sera falta injustificada y no habra motivo de alta?? gracias a todos y un saludo! gran foro este!!
06/12/2010 17:12
Te puedo decir esto.

Agotado el plazo de duración de trescientos sesenta y cinco días previsto en el párrafo anterior, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la incapacidad permanente del trabajador, será el único competente para reconocer la situación de prórroga expresa con un límite de ciento ochenta días más, o bien para determinar la iniciación de un expediente de incapacidad permanente, o bien para emitir el alta médica, por curación o por incomparecencia injustificada a los reconocimientos médicos convocados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. De igual modo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social será el único competente para emitir una nueva baja médica en la situación de incapacidad temporal cuando aquélla se produzca en un plazo de ciento ochenta días posteriores a la antes citada alta médica por la misma o similar patología, con los efectos previstos en los párrafos siguientes.
06/12/2010 17:23
no entiendo muy bien loq me pones...yo e faltao a la cita de la mutua y ami quien me esta llevando todo es la seguridad social, de rehabilitacion salgo a las 11 y piko 12 todos los dias y la cita la tenia en la mutua a las 11 y media
06/12/2010 17:39
"abvabv3" está muy bien que intentes responder a todos y cada uno de los foreros que tienen una duda existencial, aunque sea haciendo un copia/pega de lo que encuentras por google, pero... tío, RESPONDE A LO QUE SE PREGUNTA O NO RESPONDAS.

"Raul87es", aunque la baja sea por contingencias comunes, y la competente en el pago de la misma y la rehabilitación sea el INSS, la mutua también puede citarte para comprobar tu evolución, y en caso de ausencia injustificada es causa de extinción de la baja (a efectos económicos).
Lo tienes regulado en el art. 25.2 (la infracción) y en el art. 47.1.b (la sanción), ambas del RD Legislativo 5/2000.
06/12/2010 17:56
aunque este justificada por que estaba en rehabilitacion?? esa es mi duda...en el caso de que me dieran el alta (economicamente como dices tu..)dejaria de cobrar hasta que me den el alta medica? gracias tu comentario me va aportando un poko de luz al asunto
06/12/2010 17:59
Disculpa shughart, mi intención es de que Raúl se tome estas cosas en serio, y no juegue con el pan de cada día.
Pensé que transcribiendo el art. Se tomará mas en serio las obligaciones que tiene, aunque se encuentre de baja.
06/12/2010 18:05
mis obligaciones las tengo muy presentes ya que voy todos los dias a rehabilitacion simplemente pense que era el viernes siguiente! pero sinceramente lo que me as pegado tu ahi no se por donde cogerlo sin embargo lo que me a escrito shughart tiene su logica respecto a lo que yo preguntaba.
06/12/2010 19:08
No hay nada que disculpar, pero en tu escrito tampoco se indican las obligaciones que tiene una persona de baja médica..., así que sigo sin entender el copia/pega, pero allá cada uno.
En cuanto a las lecciones de moralidad o de la vida, no creo que vengan al caso, ya que "raul87es" tiene bastante con lo suyo... Se podrían dar lecciones de esta naturaleza (que se dan), si lo que se intenta es la comisión de un fraude a la Seguridad Social o se formulan preguntas de prácticas universitarias, por ejemplo.

Para el caso concreto, si la ausencia está justificada en principio no es causa de extinción de la prestación. Ahora bien, aunque a tu entender esté justificada, no por ello, la mutua lo va a entender así.
Preséntate mañana en la mutua, y solicita una nueva cita (es posible que no sepan de qué va todo esto, y tampoco es plan delatarse antes de tiempo). Si te comentan algo de la ausencia y de las consecuencias de la misma..., presenta un escrito alegando las causas de tu ausencia y adjuntando el justificante del centro hospitalario (una de las copias que te la sellen). Si no entran en razones, tendrías que ponerte en manos de un abogado laboralista, e interponer reclamación previa (contra la mutua, el INSS y la TGSS) y en caso de que no exista acuerdo, acudir al orden social.
06/12/2010 22:51
gracias shugart entonces mañana intento pedir cita para que me vea la doctora qm lleva?? sin decir nada de que no pude ir el viernes?? gracias por todo de verdad...tengo un estado de nervios bastante grande y eres el unico que me esta dando un poco de luz a todo esto!!
07/12/2010 14:34
Para Shughart. Pareces ser una de las personas más informadas de este foro. Quisiera plantearte mi situación. Próximamente cumpliré 2 años de incapacidad permanente total. Posiblemente, me den de alta por mejoría. Anteriormente, antes de incapacidad tenía cotizados 10 años sin haber cobrado desempleo. ¿En caso de alta de incapacidad permanente, podría seguir cobrando la prestación de desempleo o no? porque creo que no he estado cotizando en esta situación al cobrar la incapacidad y el INEM en caso positivo que bases cogería la de los últimos 6 meses que serían "0" o las de los últimos 6 meses antes de caer en baja médica? Muchas gracias
08/12/2010 10:27
En primer lugar art 48.2 del E T

2. En el supuesto de incapacidad temporal, producida la extinción de esta situación con declaración de invalidez permanente en los grados de incapacidad permanente total para la profesión habitual, absoluta para todo trabajo o gran invalidez, cuando, a juicio del órgano de calificación, la situación de incapacidad del trabajador vaya a ser previsiblemente objeto de revisión por mejoría que permita su reincorporación al puesto de trabajo, subsistirá la suspensión de la relación laboral, con reserva del puesto de trabajo, durante un período de dos años a contar desde la fecha de la resolución por la que se declare la invalidez permanente.

Primero yo agotaría esta posibilidad, y si al reincorporarte puedes desarrollar tu trabajo con normalidad, pues me alegraría muchisimo por tí.
Desde luego a la empresa no le va a hacer ninguna gracía y posiblemente te ponga todos los impedimentos posibles y si no desea mantener tu relación laboral que te haga un despido objetivo, si realmente no puedes seguir realizando dicho trabajo, ni puede reincorporarte en un puesto de similar categoría.

08/12/2010 16:07
raul87es, has llamado a la mutua, contado que se te pasó el día y pedido cita para otro día? sería lo suyo.
09/12/2010 02:30
estuve en la mutua y problema resuelto me pase a primera hora de la mañana y me vio mi doctora sin ningun problema gracias a todos!! al final no fue a mayores el problema
07/02/2011 17:52
hola a todos soy nueva aqui,a si que si alguien pudiera echarme una mano lo agradeceria,os cuento,estaba de baja hasta hace unas semanas,el medico de cabecera me dio el alta y tenia cita con el inns pero no fui porque empece a trabajar que ya se lo dije a ellos por telefono envie los partes de baja por fax a la mutua despues llame para confirmar de que los habian recido y me dijeron que si,el caso esque viendo que no me hacian la transferencia al mes siguiente llame y me digeron que no les habian llegado los partes y que la transferencia estaba anulada.....y que no podia hacer nada hasta el mes proximo Esta mañana he ido al medico para que me diera la copia de los 4 partes medicos y me dice que no puede que para eso tengo que ir al inns,y yo me pregunto ¿como el doctor no puede darme la copia? y lo mas importante que no se como tengo que hacer para pedir cita en el inns para que me de los partes ...si alguien puede ayudarme porfavor espero su respuesta porque es urgente
22/01/2019 16:12
raul87es
Buenos días a todos. En primer lugar decir que este es un foro respetable, con abogados que nos asesoran de la mejor forma posible y de manera altruista, y pienso que no deberíamos degradar este buen hacer empleando lenguajes desafortunados. Al margen de esto, por ahí he leído un comentario que decía que algo así como "un recordatorio de sus deberes para que le próxima vez se lo tome en serio". No puedo estár más en desacuerdo, ya que copiar un artículo de forma literal puede estar más o menos bien si el fin es el de que "se lo tome más en serio la próxima vez" pero aquí no somos jueces, y no podemos generar este criterio absoluto en base a esa disposición legal, ignorando la otra disposición legal que es la que aplica en este caso.
Estamos ante el supuesto de una incomparecencia justificada (aquí hay que decir que por regla general es un deber comparecer. Pero no siempre) ya que estaba haciendo rehabilitación. Por tanto, la incomparecencia es justificada en la medida de que tenía otra obligación justificable. Una vez explicado, cito la disposición legal:

RD 625/2014, De conformidad con el apartado 5, párrafo 2, del artículo 9, "Se entenderá que la incomparecencia fue justificada cuando el trabajador aporte informe emitido por el médico del servicio público de salud que le dispense la asistencia sanitaria, en el que se señale que la personación era desaconsejable conforme a la situación clínica del paciente; cuando la cita se hubiera realizado con un plazo previo inferior a cuatro días hábiles, o bien cuando el beneficiario acredite la imposibilidad de su asistencia por otra causa suficiente".

Estas son las excepciones y entiendo que es el caso. Salvo mejor criterio.

Saludos