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incumplimiento contrato alquiler de local?

4 Comentarios
 
Incumplimiento contrato alquiler de local?
21/03/2007 12:26
hola

Desde hace 1 año soy arrendatario de un local de hosteleria. El local lo alquilé "con todos los permisos y instalaciones para cumplir con su fin". Ahora resulta que no cumple con la normativa de sanidad, por falta de algunas instalaciones, y quiero saber que posibilidades tengo.

Puedo demander el arrendador por incumplimiento de contrato y rescindirlo?

Que indemnizacion puedo exigir, si alguno?

Por favor una ayuda urgente con estas temas, porque no quiero que sanidad cierran el local.

21/03/2007 19:31
Parece que existió un incumplimiento del contrato por parte del arrendador por lo que se puede pedir la resolución del contrato y daños, pero hará falta abogado.

Tendría mis dudas si el incumplimiento ha sido originado por una nueva norma que entró en vigor con posterioridad al arrendamiento.

Lo más razonable pudiera ser reunirse con el arrendador para que se comprometa a satisfacer los gastos de adecuación del local, o una reducción de renta si tales gastos los acomete el arrendatario
perfil Jan
22/03/2007 19:29
Hola munch. Coincido con lo manifestado por el Sr Ignacio.

Un saludo
26/03/2007 17:48
muchas gracias por las respuestas, lo he investigado un poco y la normativa tiene fecha de hace mas de 5 años, mientras el contrato 1 año. El dueño no esta dispuesto gastar nada en el local, diciendo que no hace falta, aunque tiene una copia del informe.. Lo que me da miedo es amenazar con abogados ó llevarle a un juicio y que se retrasa y retrasa. Hay algun modelo de carta que puedo mandarle exigendo la resolucion por su incumplimiento, rechazando derechos de daños, para no tener complicaciones y pidiendo mi fianza?

Los inspectores de sanidad siguen por la zona y no quiero que cierren el local, por no tener nada que me puede hacer daño a mi nombre ni reputacion.

Muchas gracias por vuestra ayuda.
perfil Jan
27/03/2007 13:16
Hola munch. La redacción de la carta(mejor un burofax con acuse de recibo) no es compleja,aunque debería ser redactada por un/a profesional de la abogacía para evitar malentendidos.

El problema podría venir al entender su Arrendador que ÉL NO HA INCUMPLIDO NADA y le demande a usted vía art 1.124 CC.

Por ello,le aconsejo que antes de tomar una decisión acuda a un/a profesional de la abogacía para que le asesore.

Salvo mejor criterio. Un saludo.