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Indemnización por cierre de empresa

5 Comentarios
 
Indemnización por cierre de empresa
25/04/2011 17:13
Hola,

mi empresa va a cerrar, simplemente me gustaría saber qué indemnización me correspondería (días por año trabajado) estando con contrato indefinido desde febrero de 2009.

Por otro lado ¿Se pueden solicitar horas extra si al final tengo que denunciar? Tengo un correo de RR.HH con el horario y hago más horas de las que corresponden por convenio.

Gracias de antemano, un saludo.
27/04/2011 00:47
Dependerá la indemnizacion que te den del tipo de despido: quiebra, ERE, muerte del empresario, etc.

Respecto del exceso de horas trabajadas, lo puedes denunciar ya, no tienes por qué esperar a un despido porque son cosas diferentes, se reclaman de diferente manera y prescriben distintamente
14/09/2012 13:53
Buenas tardes,

Voy a intentar explicarme lo mejor que pueda para hacer una consulta, a ver si me pueden ayudar.

Trabajo en una empresa desde hace 10 años, unos 8 a jornada completa y el resto a media jornada y la dueña ahora dice que la va a cerrar. Supongo pero no lo sé, que dirá que por causas económicas (objetivas creo que se llama).

Tengo varias dudas, puesto que si no lo sé mal, antes la indemnización eran de 33 días por año trabajado pero ahora con la reforma es de 20 días por año trabajado. Siendo trabajadora desde antes de la reforma laboral, ¿me tocarían los 33 por año trabajado?

Otra pregunta es sobre la cantidad a pagar, puesto no sé si tengo que hacer el cálculo sobre la base de los primeros 8 años a jornada completa y luego los dos años a media jornada o si se hace una media de todo lo trabajado (que creo que así yo perdería dinero, no sé).

Por último, hay un tope de mensualidades a pagar? No sé si esta pregunta la hago bien, si no me explico bien en esta u otra/s preguntas, por favor, dígamenlo para que intente hacerlo mejor.

Muchas gracias por todo.
14/09/2012 15:10
El despido por causas objetivas PROCEDENTE, hace muchos años, pero muchos, que tiene una indemnización de 20 días por año.

Lo que dices de que antes era de 33 días, era si se tenía un contrato para el fomento del empleo y se hacía un despido por causas objetivas IMPROCEDENTE.

La indemnización se calcula sobre el salario ACTUAL (no explicas el motivo de la media jornada de los dos últimos años, así que sin más datos, la indemnización se calcula como he dicho, sobre el salario actual, nada de medias de otros años).

Estatuto de los Trabajadores:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.html

El tope de la indemnización por causas objetivas cuando el despido es PROCEDENTE, son 12 mensualidades (ARTÍCULO 53, el cual puedes leer en el enlace anterior, también el 52, que habla sobre ese tipo de despido), es decir, se calcula la indemnización y se compara con la que resultaría de cobrar un año completo de salario. Si la calculada resulta inferior, se cobra esa, si la calcula resulta superior se cobra la de las 12 mensualidades.

Un saludo.
15/09/2012 16:15
Buenas tardes,

Muchas gracias por la respuesta.

Jops, yo pensaba que como en los improcedentes, si el contrato es de antes de febrero de 2012 (creo que es esa fecha), la parte hasta esa fecha son 45 y despues 33.

Pensé que sería una cosa así pero veo que estoy equivocada y no es lo que me esperaba pero agradezco la respuesta mil.

Saludos.
16/08/2013 17:37
mi empresa amenaza cierre por falta de dinero y mi antiguedad es de 18 años querria saber si le conceden el cierre que indemnizacion me corresponderia y como la cobraria