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Indemnizacion

4 Comentarios
 
Indemnizacion
27/04/2004 17:39
Buenas tardes. Me gustaria saber que pasa cuando una persona condenada a pagar una multa al juzgado y una indemnizacion a la vicitima, no la paga por la via de apremio, lo condenan a fines de semana de arresto por ese motivo y al final de todo decide pagar solo la multa.
¿La indeminizacion a la victima tiene prioridad para el Juzgado despues de eso o la victima tiene que empezar a buscarse la vida para cobrarla?
30/04/2004 22:06
No puede pagar primero la multa, el codigo penal establece un orden de pago, en el que se establece que primero sera la indennizacion y despues la multa. Si el va a pagar la multa, el juzgado aplicara ese dinero a la indennizacion, y una vez completada esta si sobra sera para la multa. en todo caso la multa puede ser sustituida por fines de semana de arresto pero no la indennizacion que debera pagarla o se le embargara.
Leete el art 126 del CP, te confirmara lo que te estoy diciendo. Buscalo aqui mismo en legislacion penal.
30/04/2004 22:59
Muchas gracias. Ya me he leido el art. 126. En la sentencia, en la parte dispositiva pone:
Se impone al condenado en esta causa como responsabilidad civil personal subsidiaria por IMPAGO DE MULTA, LA PENA DE 25 DIAS DE PRIVACION DE LIBERTAD.
Dicha responsabilidad se cumplira en REGIMEN DE ARRESTOS DE FIN DE SEMANA.
En los HECHOS Y FUNDAMENTOS JURIDICOS unicamente se habla de la multa a la que fue condenado, pero de la indemnizacion no se habla nada en ninguna de las hojas. ¿como es eso?.
01/05/2004 19:53
En el fallo de la sentencia se especifica la indennizacion ????. Y si no necesitare que me cuentes algo mas del procedimiento, si es la sentencia inicial o si es la resolucion de un recurso etc
Si aparece aqui, tu no te preocupes, es el juzgado el que se encargara de que la cumpla.
Para explicarte lo que creo que es tu duda de alguna manera te dire, que en los procesos penales digamos, que el delito se comete contra el estado o la sociedad, por ello es el estado, el que se lleva el importe de la multa, pero al estado le importa mas que cumpla una sancion, en forma de multa, carcel etc que el importe de la multa, y es por ello que en algunas ocasiones sustituye la multa por arresto.
A parte de esto si el hecho ha dañado a alguna persona pues le impone una indemnizacion para esa persona, esa indennizacion no puede ser sustituida por una pena de arresto o etc y unicamente no se cumple cuando la persona que tiene que pagarla no tiene bienes con que pagarla, se declara en terminos legales insolvente, pero no por que lo diga ella , existe una investigacion, en la que se averigua los bienes e ingresos que tiene la persona, y si tiene bienes o ingresos suficientes para pagar la indemnizacion y no paga voluntariamente, se le obliga por medio de embargo. En el caso de ser insolvente hay que esperar a que deje de serlo y en ese momento pedir la ejecucion o lo que es lo mismo que te pague.
Que me perdonen los juristas por la inexactitud de mi lenguaje y explicacion, pero creo que Carola con esta explicacion habra entendido mejor el procedimiento.
04/05/2004 19:10
Muchas gracias, maelcora. Aqui pone ejecutoria. A la otra parte se le acabaron los recursos. He entendido perfectamente lo que me has explicado. Pero en FUNDAMENTOS JURIDICOS pone que "en cuanto al regimen de cumplimiento de esta responsabilidad, atendidas las manifestaciones del reo, procede la de ARRESTO DE FIN DE SEMANA A RAZON DE UN ARRESTO CADA DOS DIAS DE PRIVACION DE LIBERTAD. (art. 37 C.P)
En total son 25 dias de privacion de libertad.
Tambien dice que tiene 3 dias para hacer un recurso de reforma. Lo que no se es si ahora paga la multa, ¿ya no va a prision?
Y si no la paga ¿cuando va? Porque parece que ese hombre esta tomando el pelo a todos. Esto fue por violencia domestica y por desgracia fue juzgado por faltas.
Gracias