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induccion al suicidio?

12 Comentarios
 
Induccion al suicidio?
09/03/2006 11:48
A convence a B, un menor de 7 años , para que juegue a pasear por la cornisa de 1 edificio. El menor así lo hace, resbalando y perdiendo la vida. Que cualificación sería la adecuada a este supuesto?
1-inducción al suicidio
2-cooperacion necesaria al suicidio
3-Asesinato
4-homicidio imprudente
5-homicidio doloso eventual
09/03/2006 12:16
Lo que a mí me parece claro es que no es ni inducción ni cooperación al suicidio. Básicamente porque B no se suicida.
09/03/2006 12:28
Homicidio. Comisión por omisión. Art. 11 CP.

Salvo mejor opinión.
09/03/2006 12:37
tiene que ser una de las 5 opciones que se dan
09/03/2006 12:40
Yo optaría por el asesinato.

Se comete por omisión y, dado que la víctima es un niño, puede concurrir alevosía.

salvo mejor criterio.
09/03/2006 21:20
Yo diria homicidio doloso eventual. Puesto que, aunque el sujeto activo no persiga directamente el resultado muerte, aun asi actua asumiendolo.
09/03/2006 21:28
Ana Fernandez, permiteme darte mi opinion con respecto a la alevosia.
A mi entender no es preciso calificar la muerte de un niño (sobre todo de 7 a ños, tan pequeño) como alevosa, puesto que esta circunstancia requiere el empleo de medios necesarios para asegurar la indefension. Considero pues que es logico que la persona sea capaz de defenderse, por lo tanto no tiene sentido apreciarla cuando de un niño se trata, al ser ya este de por si indefenso. Es como si del ataque a un invalido se tratase. No se si me explico.
En estos casos yo apreciaria la agravante generica de abuso de supuerioridad.

Bueno, esto es lo que yo pienso.

Y siempre salvo mejor criterio, como tu bien dices.

Un saludo
09/03/2006 23:49
Cantalisia:

En los casos en que una madre abandona a un recién nacido en un contenedor, se ha calificado el hecho (si se hubiere producido la muerte) de asesinato, al apreciarse la existencia de alevosía, circunstancia que el Supremo tiene como perfectamente compatible con el dolo eventual.

También es sólo mi opinión personal. Y salvo...

Un cordial saludo.
10/03/2006 00:09
Se me olvidaba: no tengo que permitirte dar opiniones, por favor. La leo encantada y con mucho interés, aunque difiera de la mía.

Todos (salvo algún raro especimen) estamos encantados de conocer opiniones diferentes, coincidentes, mejor fundadas,etc.

Saludos de nuevo.
10/03/2006 22:35
Totalmente cierto eso que dices. El Supremo la ha apreciado en numerosas ocasiones en la muerte de niños.

Pero lo mas bonito de esta profesion es que no siempre dos y dos son cuatro. A veces puede que sean cinco, y es totalmente valido si los argumentos son ajustados a Derecho.

Un placer charlar contigo Ana

Hasta otra
10/03/2006 23:45
Para mí también es un placer, Cantalisia.

Hasta pronto.
Cantalisia:

Estimo que es imposible dar una opinión profesional ajustada al derecho, habida cuenta que faltan elementos de valoración para integrar el cuerpo del delito que pudiera ser perseguido.

Así, por ejemplo, falta saber cuál era el lugar en donde originalmente se encontraba el niño, y si probable responsable lo condujo a donde se encuentra la cornisa, así como cuáles hayan sido los medios para lograr el convencimiento del menor, y no menos importante cuál haya sido la finalidad perseguida por el probable responsable conforme lo declare en la correspondiente investigación, pues si afirma que era el juego, entonces habría una imprudencia punible, en tanto que puede darse el caso (inverosímil) que confiese lo hizo con la intención de que el niño resbalara y cayera, aunque también que previó el resultado pero aún así él desplegó la conducta típica (preterintecionalidad).

Así que: ¿qué mayores datos nos puede proporcionar para que el debate se encause debidamente?

Saludos desde México-Capital.
Alejandro.
¡Oooops!

Mis observaciones deben de ir dirigidas bo a Cantalisia, sino al consultante original: rapita.


Saludos desde México-Capital.
Alejandro.