Buenos días. Me pregunto si en unas diligencias previas abiertas por presnto delito de falsifación de documento oficial es válido o no, procesalmente hablando, un informe pericial caligráfico firmado por una sola persona. Saludos.
No sé exactamente a lo que te refieres con informe percial caligráfico firmado por una sola persona. Lo que sí te puedo decir es que si se están instruyendo diligencias previas por falsificación en un documento oficial tú puedes solicitar se practique una pericial caligráfica para dilucidar si la firma estampada en el documento realmente ha sido hecha por "fulano"; o bien, si las diligencias se han instruido contra una persona, para que se practique pericial caligráfica consistente en dilucidar si "mengano" ha falsificado una firma.
Si das más datos, quizás, pueda concretar más.
Hola buenos días. Me explico: en unas diligencias previas por delito de falsificación documental, el imputado ya realizó el cuerpo de escritura y el informe pericial caligráfico ha sido emitido por un sólo perito. A la luz del art. 459 de la LECRIM se exigen dos peritos. Por ello la pregunta que he realizado. Saludos.
Existen excepciones al requisito de la intervención de dos peritos: por ejemplo, que en el lugar sólo exista uno, y buscar otro demore demasiado el procedimiento.
Cuando la pericia se relaiza por Organismo Oficial, aunque sólo firme uno el Informe, se supone la intervención de varios, por la infraestructura del Organismo.
Lo que quiero decir es que ya se ha hecho el cuerpo de escritura de la persona presuntamente autora de la falsificación y el informe pericial caligráfico lo firma una sola persona (un policía) en vez de dos y pregunto si así tiene validez o no??
Lo primero perdón porque parece ser que la aclaración se ha duplicado porque la puse ayer y no salió ayer y salió hoy después de vuestras contestaciones. Por otro lado he visto que el un PA basta con un sólo perito y cuando lo hace la policía científica también. SAludos.
¿Qué responsabilidad puede tener una persona que está personada en el PA si hasta el juicio las actuaciones son secretas para las partes que están personadas y envía un informe pericial caligráfico por fax a una dependencia de recaudación de Hacienda porque un funcionario se lo ha pedido por teléfono ya que el abogado de esa persona se ha negado a enviarlo ya que le ha dicho al funcionario de Hacienda que no puede por secreto profesional y que si lo tiene que pedir lo pida de forma oficial al Juzgado? ¿qué responsabilidad puede tener el funcionario de Hacienda que lo ha pedido de esa manera si además lo utiliza en un expediente de recaudación? ¿El ilícito penal de revelación de actuaciones que están secretas para los no personados qué plazo tiene de prescripción? Gracias.