Entendeis que pudiera haber indicios suficientes para presentar una querella por INJURIAS, a aquella persona fisica o juridica, que coloca una lista de personas morosas, es decir que tienen deudas pendientes con una comunidad de propietarios, y lo realiza de la siguiente forma:
Colocacion de un listado con nombres y apellidos en un lugar de o zona comunitaria, en el que tiene acceso toda persona que pudiera entrar y salir de dicho complejo.
En la misma se indica a su vez la deuda.
El problema viene cuando, despues de comprobar que se ha cometido un error con uno de los reseñados en dicha lista, proceden a borrar el nombre en dias posteriores, pero ha transcurrido mucho tiempo y la persona se siente agraviada en su digamos honor.