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instalaciones de video vigilancia

8 Comentarios
 
Instalaciones de video vigilancia
15/11/2008 00:41
Quisiera saber cuales son los requisitos que debe reunir una empresa para instalar cámaras de video vigilancia IP o analógicas, tanto en el ambito privado como público, ya que estoy buscando artículos donde poder contestar a esta cuestión pero ninguno me lo aclara y de esta cuestión puede depender mi puesto de trabajo. Muchas gracias.
15/11/2008 17:48
Hola electro,
básicamente te informaras de todo en la Ley Orgánica 15/1999 sobre Protección de Datos de 13 de diciembre, pero dependiendo de lo que quieras y si quieres estar bien informado mira también la Ley 23/1992 de Seguridad Privada de 30 de Julio y su desarrollo posterior el Real Decreto 2364/1994 de 9/12/1994.
Espero que hayas quedado satisfecho.
10/12/2008 14:20
No hay manera de aclararse!
según con quien hables te dicen una cosa u otra.
yo soy un electricista y estoy igual que electro. lo que no soy capaz de averiguar, es si hay que ser empresa de seguridad para hacer la instalación.
Si llamas por teléfono AGPD y preguntas por la legalidad de las instalaciones te confirman que si haces los siguientes puntos la instalación será totalmente legal.
requisitos.
1º- crear el fichero en la Agencia Española de Protección de Datos.
2º- Colocar, en las zonas videovigiladas, al menos un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible.
3º-Tener a disposición de los/las interesados/as impresos en los que se detalle la información prevista en el artículo 5.1 de la Ley Orgánica 15/1999.
por lo contrario si te pones en contacto con el ministerio del interior te afirma que las cámaras deben ser instaladas por empresas registradas en el Ministerio del Interior, Dirección General de Seguridad Privada.
A quien le hacemos caso????
Haber si se puede aclarar un poquito el tema .
Un saludo
11/01/2009 16:35
Según la LOPD y la INstrucción 1/2006, no es necesario que tenga que ser una empresa de seguridad.

En www.agpd.es tenéis un montón de informes que aclara el tema.

Un saludo,

www.abogadosantosrojas.com
30/01/2009 10:47
El en el artículo 2 de esa instrucción dice textualmente "2. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior
la instalación de cámaras y videocámaras deberá
respetar en todo caso los requisitos exigidos por la legislación vigente en la materia."

La mencionada legislación vigente corresponde a la ley de seguridad privada, la cual indica claramente que se ha de ser empresa de seguridad.
01/02/2009 10:34
Hola,
El pasado miércoles 29 de enero, la Segunda Sesión Abierta de la AEPD, que se celebró en la Universidad Carlos III, nos aclararon que si no es una empresa de seguridad quien instale las cámaras, debe contarse con el consentimiento inequívoco de las personas que puedan ser grabadas, con la dificultad que ello conlleva.

En cambio, si las instala una empresa de seguridad, basta con los carteles informativos del modelo normalizado de la AEPD (carteles amarillos). La razón es la concesión que hace la Ley de Seguridad Privada a las empresas de seguridad privada, que les permite grabar para fines de videovigilancia.

En conclusión, únicamente pueden instalar sistemas de videovigilancia las empresas de seguridad privada. Espero que estas empresas se apliquen y sepan asesorar y cumplir correctamente con la legislación.

Un saludo,
SANTOS & ROJAS
www.abogadosantosrojas.com
09/12/2012 23:29
Buenas. No hace mucho denuncie a mi vecino y a un conocido del pueblo por arañarme el coche y por destrozarme la antena. Depues de mas de un año recibiendo arañazos en mi coche, en la puerta de casa de mis padres. Tuve que poner una web can en la ventana de mi casa y consegui grabarlos sabiendo que podria ser ilegar sin tener otra hoscion me estaba destrozado a mi y a mi familia sin merecerlo y sin haber echo nada. creo que lo hicieron porque consegi conprarme un coche o por haber sido militar profesional no lose. lo que pasa que estoy pensado en quitar la denuncia porque capac que ganen asi me pueden aconsejar que estoy en paro y no puedo costearme un abogado gracias.
05/01/2013 03:19
Hola Albertogonzi,

No te explicas bien, pero me imagino que lo que quieres decir es que con la WEBCAM grabastes el momento en el que te arañaban el coche, no??

Si ese es el caso, no te preocupes, yo tuve una situación similar y gane el juicio, el juez poca importancia le dio al echo de que estuviera grabando y entendió que la única finalidad era coger al "delincuente" que te arañaban el coche....
14/01/2013 18:55
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