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Instar la nulidad de procedimiento de ejecución por arrendatario

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Instar la nulidad de procedimiento de ejecución por arrendatario
04/01/2013 13:54
Buenas tardes:

A finales de 2004 arrendé una nave industrial en la que existe un negocio en funcionamiento. En su día se incluyó una cláusula en el contrato por la que yo renunciaba a los derechos de adquisición preferente y cesión. Literalmente dice: "En cuanto a los DERECHOS de ADQUISICIÓN PREFERENTE y CESIÓN y SUBARRIENDO, el arrendatario renuncia de forma expresa a ellos, siendo aceptada dicha renuncia por el arrendador, por lo que no serán de aplicación al presente contrato los arts. 31, 32 y 25 de la LAU"

Acepté esa cláusula porque nunca me planteé la compra de la nave. Ahora me he enterado de que hace meses embargaron la nave al arrendador por una serie de deudas, se inició un procedimiento de ejecución, se subastó y se la adjudicó un tercero que ahora ha instado juidicialmente el desalojo de la nave, dado que, casualmente, a finales de año terminó el contrato de arrendamiento y no se contemplaba en el mismo ninguna renovación automática. Hasta la notificación judicial de que se iba a proceder al lanzamiento no se me ha notificado ABSOLUTAMENTE NADA de todo el procedimiento.

Mis preguntas son las siguientes:

1-. ¿La renuncia a los derechos de tanteo y retracto contenida en el contrato de arrendamiento opera también frente al proceso de subssta? Es decir, ¿podría alegar ante el juzgado que, como no se me notificó el inicio del procedimiento de ejecución conforme al art. 661 LEC, se han vulnerado mi derecho de adquisición preferente y adquirir la nave por el importe que el nuevo adquirente pagó?

2-. Suponiendo que no pudiese alegar la vulneración de los derechos de tanteo y retracto, ¿podría instar la nulidad del procedimiento por no haberse procedido conforme a lo que el art. 661 prescribe, al no habéseme notificado nada, retrotraer las actuaciones al momento del inicio del procedimiento de ejecución y poder presentarme así a la subasta, teniendo opción a pujar por la nave?

Muchas gracias y saludos