Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Irpf

7 Comentarios
 
Irpf
perfil mhr
22/06/2004 19:13
Podría alguien decirme cuanto cobraría mensualmente (aprox) una persona casada sin hijos si el salario ofertado es de 3.000.000 Ptas (18.000 €) brutos anuales.
Gracias
23/06/2004 11:14
Hola mhr:
Te corresponde un 13% de retenciones a cuenta del IRPF, que equivale a 2.340€ anuales. Por deducciones de cotizaciones a la Seguridad Social, aproximadamente, 6´4%, que equivale a 1.152 € anuales.

Al bruto de 18.000 € se le descuentan los 2.340 € y los 1.152 € y queda un neto anual de 14.508 €, que lo puedes dividir entre 12 pagas y resulta la cantidad de 1.209 € mensuales; o entre 14 si tienes dos pagas extras y resulta la cantidad de 1.036,29 €.

Todo esto con los datos que nos has dado. Con otros datos podría variar el cálculo por eso te digo que aproximadamente.

Saludos.
perfil mhr
23/06/2004 11:31
Gracias,
23/06/2004 11:35
Recibido.

Saludos.
24/06/2004 10:32
Hola,

simplemente añadir a la muy correcta respuesta de Jesusfer, que tengas en cuenta que si emiezas a trabajar durante el año (por ej. ahora, justo a mitad), la retención del IRPF será sensiblemente menor, ya que se considerán únicamente los ingresos que vayas a percibir desde el incio de la relación laboral hasta final de año, o, en su caso, hasta el fin de contrato si éste es temporal y finaliza durante este año (salvo que tu pidas expresamente que te retengan más, y en ese sentido te puede valer el porcentaje indicado por Jesusfer). Eso sí, en enero próximo te considerarían ya los ingresos de todo el año, aplicandote el tipo correspondiente según la tabla del próximo año (o, también en su caso, si es temporal y finaliza el año que viene, se considerarán unicamente los ingresos de enero hasta fin de contrato).

Por otro lado, respecto a la retención de la SS, tener presente que la cotización de las pagas extras está prorrateada (aunque su cobro no lo esté) en las ordinarias, por lo que, a igual bruto, el neto de las extras es mayor que el de las ordinarias.

Un saludo
24/06/2004 11:44
Hola Nando_bcn:
Muy completa tu respuesta y de agradecer. Ya sabes por la experiencia que tienes en contestar que a veces una pregunta simple puede tener multiples respuestas según el supuesto que decidas concretamente.

Por ese motivo yo decía en mi respuesta que aproximadamente ya que los datos que aportaba no específicaba si era de contrato temporal o indefinido, etc. Pero lo bueno que tiene el foro es que se van aclarando distintos supuestos y esto nos lleva de lo general a lo particular.

Recibe un cordial saludo.

24/06/2004 12:35
Totalmente de acuerdo contigo Jesusfer. Está claro que a partir de una respuesta, en este caso, evidentemente totalmente correcta, como ya he comentado, siempre podremos sacar matices, añadir ejemplos, etc, que tal vez tampoco se correspondan al caso concreto del consultante, y que sin duda, podrán ser a su vez matizados, etc por otros compañeros,y al igual que tú, entiendo que esto es bueno.

En este caso concreto, sin duda por deformidad profesional y pensando más en la práctica, he añadido esos matices pensando en los caso que me encuentro en el dia a dia en la empresa, por ej, trabajadores que acaban de incorporarse y luego no les cuadra la nómina y piden explicaciones, porque parten de un tipo de retención correcto a nivel anual, pero no en su caso concreto, o que les extraña que el neto de la paga extra sea superior, etc.

Un cordial saludo para ti también.

Nando
24/06/2004 15:04
Otra cuestión práctica. Que mire el trabajador que
salarios ha percibido y que retenciones tuvo en el resto del año, para valorar si le conviene pedir el 13% de retencion, o más. Ya que es muy habitual el
palo que recibe el trabajador en la declaración del año siguiente si no es previsor.