Tengo un contrato de arrendamiento por un año,por motivos laborales,alquilado como 2ªresidencia.Tengo que mudarme a otra provincia por trabajo.He cumplido 6 meses y le ofrecí al arrendador 2 meses como indemnización.Él me dijo q teníamos q pagar el precio total del contrato. Tengo 2 claúsulas en el contrato : 1º: 7150euros,por 1 año. 2ª: 650 euros por cada mensualidad MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE:¿ESTE CONTRATO ES VÁLIDO PUESTO QUE SE CONTRADICEN LAS 2 CLAÚSULAS? 650 e x 12 meses=7.800 euros(¿?) Agradecería información.Un cordial saludo
El contrato sigue siendo válido aun cuando tenga ese error, por otra parte fácilmente subsanable, con el abono mensual que se hace ¿ cuanto se paga AL MES? salvo que se especifique que parte del abono son otros gastos. Un saludo. Valles.
hola Valles! gracias por contestarme al mensaje.Pago 650e de alquiler al mes.Dejamos al firmar el contrato 1 mes de fianza para los desperfectos del piso y gastos de recibos sin pagar si los hubiera.Y otra señal de 650 e por desperfectos en el inventario si los hubiera. Tampoco sé legalmente cuanto dinero estoy obligada a indemnizarle si le he avisado con 2 meses de antelación,pq creo q no me puede exigir q le pague todo.También el contrato pone q se hizo por motivos laborales y ahora por motivos laborales tengo q irme a otra comunidad. MUCHAS GRACIAS DE NUEVO.UN CORDIAL SALUDO
Aclarado el tema de la renta 650 € mes. No entiendo la fianza como me la explicas, son dos mensualidades y supongo que la vivienda está amueblada. En cuanto a la indemnización, si el contrato se hizo por causas laborales tuyas, y ahora por esas mismas causas tienes que trasladarte, no hay lugar a indemnización que valga, siempre que se lo avises con un mes de antelación. Es más si se niega a devolverte la fianza ¡denúnciale!.
Muchas gracias por contestar.En cuanto a la fianza,al ser 2ªresidencia se considera uso distinto al de vivienda y se puede pedir 2 meses de fianza,no?.La vivienda esta amueblada. La condición 3 del contrato dice q se arrienda por motivos laborales,pero la condición 10 del mismo dice que si se rescinde antes del vencimiento se abonará el total. UN CORDIAL SALUDO
Hola Begolaro. Por los datos aportados se puede afirmar que usted celebró un contrato de arrendamiento de uso DISTINTO al de vivienda(Temporada) con una duración inicial de 1 año.
En este tipo de contratos la FIANZA es siempre de 2 meses por así establecerlo el art 36 LAU 1994.
Además, estos contratos se rigen en primer lugar por la voluntad de las partes, y la cláusula 10 de su contrato estabablece una indemnización a favor del arrendador en caso de desistimiento del contrato por parte del arrendatario ANTES de finalizar el periodo pactado(1 año).
Dado que usted ha preavisado con 2 meses de antelación -imagino que por escrito - y ofrecido una indemnización de 2 meses de renta, en caso de acudir a la vía judicial puede ocurrir:
1) Que usted sea condenada al pago de las mensualidades que restaran por cumplir del contrato(clausula 10 del contrato)
2) Que dado que usted preavisó con 2 meses de antelación, que la causa del desistimiento ha sido por motivos laborales y que usted propuso como indemnización 2 meses de renta - le aconsejo que lo haga por escrito - , el tribunal MINORE la indemnización de la clausula 10.