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It prórroga 180 dias .

25 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 25 comentarios
It prórroga 180 dias .
24/10/2013 00:19
Buenas noche,
Necesito que me explique qué puedo hacer medir una prórroga de 180 día, pero al pasar un m. es me vuelven a llamar y esta vez me dan el alta para que vuelva al trabajo,pero al no estar recuperada tenia una operacion pendiente y me debian las vaciones del año y la de este quede con la empresa en cogerlas operarme y reincorporar me al trabajo,pero aqui viene el problma que no estoy curada y estoy desde el lunes ingresada y tengo que volver al trabajo este domingo.
Que puedo hacer?
Por favor me pueden ayudar?!
Gracias
24/10/2013 00:29
Mi baja es por enfermedad comun.
Siento las faltas de ortografia estoy desde un telfono movil.
24/10/2013 07:04
Buenos dias, espero vuestra ayuda.
Gracias
24/10/2013 07:26
Buenos dias, espero vuestra ayuda.
Gracias
24/10/2013 13:09
Espero ayudarte con esta respuesta
Prórroga de efectos:
• Cuando la situación de IT se extinga por el transcurso del plazo de 12 o 18 meses, se examinará necesariamente, en el plazo máximo de 3 meses, el estado del incapacitado a efectos de su calificación en el grado de incapacidad permanente que corresponda. En los casos en los que la situación clínica del interesado hiciera aconsejable demorar la citada calificación, ésta podrá retrasarse por el período preciso, que en ningún caso podrá rebasar los 24 meses siguientes a la fecha en se inicio la incapacidad temporal.
• No subsistirá la obligación de cotizar durante dichos períodos.
• Cuando la extinción se haya producido por agotamiento del plazo máximo o por alta médica con declaración de incapacidad permanente, los efectos de la situación de IT se prorrogarán hasta el momento de la calificación de la incapacidad permanente (entendiéndose producida la calificación en la fecha de la resolución del Director provincial del INSS ), en cuya fecha se iniciarán las prestaciones económicas de ésta, salvo que las mismas sean superiores a las que venía percibiendo el trabajador, en cuyo caso, se retrotraerán aquéllas al momento en que se haya agotado la IT.
• En el supuesto de alta médica anterior al agotamiento del plazo máximo de duración sin que exista ulterior declaración de incapacidad permanente, subsistirá la obligación de cotizar mientras no se extinga la relación laboral o hasta la extinción del plazo máximo de duración, de producirse con posterioridad dicha declaración de inexistencia de incapacidad permanente.
• En los casos de alta médica, agotado el plazo de duración de 12 meses, frente a la resolución recaída podrá el interesado en el plazo máximo de cuatro días naturales, manifestar su disconformidad ante la inspección médica del servicio público de salud, la cual, si discrepara del criterio de la entidad gestora, tendrá la facultad de proponer, en el plazo máximo de siete días naturales, la reconsideración de la decisión de aquélla, especificando las razones y fundamento de su discrepancia.
Si la inspección médica se pronunciara confirmando la decisión de la entidad gestora o si no se produjera pronunciamiento alguno en el plazo de los once días naturales siguientes a la fecha de la resolución, adquirirá plenos efectos la mencionada alta médica. Durante el período de tiempo transcurrido entre la fecha de alta y aquella en la que la misma adquiera plenos efectos se considerará prorrogada la situación de incapacidad temporal.
Si, en el plazo máximo, la inspección médica hubiera manifestado su discrepancia con la resolución de la entidad gestora, ésta se pronunciará expresamente en el transcurso de los siete días naturales siguientes, notificando la correspondiente resolución al interesado, que será también comunicada a la inspección médica. Si la entidad gestora, en función de la propuesta formulada, reconsiderara el alta médica, se reconocerá al interesado la prórroga de su situación de incapacidad temporal a todos los efectos. Si, por el contrario, la entidad gestora se reafirmara en su decisión, para lo cual aportará las pruebas complementarias que fundamenten aquélla, sólo se prorrogará la situación de incapacidad temporal hasta la fecha de la última resolución.
24/10/2013 15:00
Gracias Spuny por la respuesta
El ultimo enunciado fue el paso que di, me reincorpore y cogi las vaciones, para la operacion que tenia pendiente, pero la operacion no ha sido efectiva y ahora se ha complicado con otra patogia y sigo ingresada
Entonces ke puedo hacer?
El domingo como comprendera no estare para trabajar.
Ayudenme por favor
24/10/2013 18:38
Han leido lo que explique, por que solo tengo mañana para hacer o si tuviera que ir al INSS para llevar solo el documento del ingreso.
Ayudenme... Que solucion me puede dar.
Gracias
24/10/2013 21:26
Buenas noches, kandela.

No entiendo nada.

Estabas de baja por enfermedad común y la SS te dio el alta. Acuerdas con la empresa coger todos los días de vacaciones que tenías pendientes en vez de reincorporarte al puesto de trabajo. Durante ese periodo de vacaciones te operas y surgen complicaciones que te obligan a estar más tiempo del previsto hospitalizada. Tienes que reincorporarte a tu puesto de trabajo el domingo y no podrás por seguir hospitalizada.
¿He entendido bien?

Si he entendido bien, mis preguntas son:
¿Te has operado en una clínica privada?
¿Por qué no has pedido la baja médica para la operación?
¿De qué te has operado? ¿Ha sido una operación de estética?

Un saludo.

24/10/2013 21:58
Pida un certificado de hospitalización (en ese hospital ,en admisiones).
Ese parte que le emitirá el hospital no expondrá los motivos de su hospitalización si usted no lo pide expresamente (son datos personales).
Mándelo a su MAP y este emitirá la baja.
Debería ser tan sencillo como eso.

Me aventuro a responder así , pero al igual que liberté , no entiendo su situación.
24/10/2013 22:02
Asi es me da de alta la SS a sabiedas ke me tengo ke operar yoo puedo pedir la baja,por que todavia no ha pasado los 6 mdeses.
No, no es de estetika, si no ke era insuficiencia venosa y se ha complicado con lo renal.
Pase el IVE me dan prorroga 6meses mas al mes me vuelven a llamarme y me dan el alta a sabiendas como he dicho ke tengo la operacion pendiente.
Por este motivo llego con la empresa aun acuerdo y me dan las vaciones pendiente para ke me opere y me recupere en mi
24/10/2013 22:09
kandela.

Yo no entiendo mucho de IT.

Iba a contestarte más o menos lo mismo que te ha explicado stik. Sigue su consejos.

De todas formas, hay algo que se me escapa en este asunto.

Un saludo.



24/10/2013 22:11
Vacaciones,pero empece este domingo kon unos dolores horqible en la baja espalda y toda la barriga, ha dia de hoy todavia me estan haciedo prueb a, solo estoy kon sueiro antibioticos y calmantes.
Si estoy por lo privado.
Gracias por ayudar me, lo necesito de veras
24/10/2013 22:31
Pero eso Liberte ya lo hice.
Baja por enfermedad comun 01-07-2012
Ive 05-07-2013 me dan prorroga 180dias
Al mes mas o menos me vuelven citar 20-08-2013 a la semana me llega un msm ke me dan el alta, solo esto ni carta ni nada de nada. Con el mensaje me voy al INS y pongo una reclamacio previa y una recida ya ke tenia esa operacion pendiente,vuelvo ha ir para pasar el IVE y me dicen que nó ke me tengo ke poner a trabajar y komo tenia las vaciones pendiente, pues llegue hacer este acuerdo,cojo las vaciones y me curo, pero no! se ha complicado la cosa.
Por esto necesito saber que hacer.
Gracias.
24/10/2013 22:41
Está por medicina privada. Esto ya va tomando forma.
Antes de operarte podrías haber solicitado la baja , aunque te operes por lo privado, no entiendo porque no lo hiciste y usaste las vacaciones.........pero bueno.
Tampoco es impedimento que te dieran el alta para solicitar nueva baja para operarte.
Pero ya que no lo hiciste:
Le pides al médico que te atiende un informe de tu estado actual, el motivo de tu ingreso y las complicaciones surgidas.
Dile que el informe es para solicitar la baja a tu MAP y sabrá que hacer (si no lo ha hecho ya).
Acompaña ese informe de un certificado de hospitalización y envíaselo a tu MAP.
Obviamente te dará la baja médica.
Tendrás que llevarle los partes médicos regularmente a tu MAP mientras continues de baja.
Envia mañana mismo un fax a tu empresa con el certificado de hospitalización.

No creo que así tengas problemas en ningún sentido.
SMO
24/10/2013 23:04
Gracias Stik por contertar.
Pero no ha pasado los 6 meses que debiera para una nueva baja no se yo, es algo ke pienso.
Mi medico de cabecera me dijo que no podia darme mas baja y usted me dice ke se la pida.
Estoy cofundida, mañana mi madre va a ir a verla, pero no se ha llevado nada ningun documento.
Ahora solo tengo la de ingreso, mas documentacion no ha,por ke todavia me estan haciedo pruebas.
Solo se ke han salido mal algunas pruebas komo la renal y hematologia y tienen ke seguir haciendo me mas pruebas
Gracias
24/10/2013 23:31
Tranquilidad, kandela.

Es IMPOSIBLE que no ten una baja, estando hospitalizada.

Por lo tanto, llama a tu madre y dile que esté mañana a primera hora en la clínica donde estás ingresada (antes de ir a ver a tu médico de la SS).

En la clínica sabrán la documentación que te tienen que proporcionar para que la SS te dé de baja (certificado de hospitalización, informe médico, etc). Cualquier enfermera te podrá informar y ayudar.

Con esa documentación, tu tarjeta de la SS y el DNI (por si acaso), tu madre deberá ir a tu médico de cabecera de la SS para que proceda a extender el parte de baja. Si tu madre no lleva al médico de la SS ninguna documentación que acredite que estás ingresada, éste no extenderá ningún parte de baja.

Luego, tendrás que hacer llegar ese parte de baja a la empresa.

No te comas más el coco que te va a dar un jamacuco. Es más sencillo de lo que piensas.

Tienes que concentrarte en cuidarte y con el nerviosismo que tienes es imposible que mejores.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.


24/10/2013 23:38
Ah , usted está ingresada pero no operada.
Le han salido mal los análisis de sangre y orina y necesitan hacerle más pruebas . ¿voy bien?.

Usted ha ingresado en una clínica privada por la misma patología que estuvo de baja en la SS y por la cual ya le dieron el alta , y le han dicho que no hay más baja por esa patología. ¿correcto?

Si esto es así , aquí hay un problema.
Mire , hay quien usa este método , para prolongar la baja médica al máximo (no tiene porqué ser su caso).

Si el médico de cabecera detecta que esa puede ser la pretensión del paciente (usar la medicina privada para prolongar o conseguir una nueva baja)) mandará un informe de la situación a inspección médica y que esta decida.
Si usted decidió ingresar en MP por el mismo motivo que se le dió el alta , le pueden denegar la baja aunque esté ingresada , sí.
Resumo:
Si a usted le dijeron que en su estado podía continuar trabajando , y usted , libremente , decide ingresar en medicina privada, lo hace por decisión propia o recomendación privada , pero no del sistema público, y el sistema privado no está autorizado a emitir bajas.

Si estoy en lo cierto (que me estoy aventurando) lo tiene complicado para la baja.
24/10/2013 23:57
No, mi baja era por lumbagia, por que no sabia a que era debido el dolor,pensamos que era la columna 6 meses mas tarde me hicieron pruebas y vio que la columna estaba bien,empece hacerme pruebas por lo privado y ya me salio una de las dolencias, como es insuficencia venosa en el torax.
Asi ke ya entonces no era la misma patogia
Gracias por seguir mi caso.
25/10/2013 00:00
La operacion fue el mes pasado el 24 de semptiembre.
25/10/2013 00:20
Si te has operado por cusas distintas no vas a encontrar problema ninguno para la baja.
Es algo totalmente ajeno a la baja anterior.
No problem.
Sigue las instrucciones de liberté.