Un niño de padres extranjeros que nace en España (ius soli) adquiere la nacionalidad española directamente? en el pais de los padres rige el ius sanguinis, por lo que en principio el niño adquiere la nacionalidad de los padres.... ha de hacerse algun tramite para adquirir la española? ha de renunciar a la de sus padres o puede mantener las 2?
Si el pais de origen de los padres rige el ius sanguini, entonces el niño es de nacionalidad de los padres.
Entonces, el único tramite es que si los padres estan legales en España entonces se podrá tramitar un permiso de residencia para el niño, y entonces cuando cumpla un año de residencia legal, entonces tendrá derecho a solicitar la nacionalidad española.
¿No pueden los padres, aunque no estén legales en
España, inscribir el nacimiento del niño en España en el Registro Civil y al año solicitar la nacionalidad española para el niño en la Subdelegación del Gobierno?