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Jornada laboral

1 Comentarios
 
Jornada laboral
16/09/2005 09:45
Hola a todos.

Os quiero pedir una aclaracion:

Trabajamos en Barcelona ciudad, en una empresa de servicios, y nuestro horario es de 9 a 14 y de 16 a 19 horas.

A veces nos trasladamos a otras cuidades, a dar servicio a nuestros clientes, Manresa, Lleida, etc.

Mi pregunta es la siguiente:

¿ El tiempo de desplazamiento extra se cuenta como trabajo, o independientemente del tiempo empleado en el desplazamiento se deben trabajar 8 horas en casa del cliente ?

Gracias por vuestra ayuda.
16/09/2005 12:03
HOla.

Salvo mejor opinion, el tiempo de desplazamiento es toempo de trabajo.

Vosotros debereis personaros en vustro centro de trabajo, donde fichareis o firmareis la hoja de control. Una vez hecho esto ha comenzado vuestra jornada de trabvajo, por lo que con lo que si la empresa os traslada a otro lugar para hacer el trabajo, estais en plena jornada.


Otra cosa diferente es que la empresa os cite para tal hora (hora de comienzo de vustra jornada ) en el domicilio del cliente y vosostros acepteis. En ese caso, ese tiemp de traslado enteindo que no forma parte de la jornada.

si lo haceis correctamente, la empresa no podria citaros en ese centro, sino en el centro para el que habeis sido contratados y desde allí, ya con la jornada comenzada, desplazros por los emdios que acordeis y recogeros en ese centro y volver a traeros al vuestro centro de trabajo siento todo este tiempo, tiempo de trabbajo efectivo.

Saludos.