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Jubilación al llegar la edad estando cobrando pensión por una ipt

2 Comentarios
 
Jubilación al llegar la edad estando cobrando pensión por una ipt
13/03/2021 12:01
Hola,
En febrero de 2014 y tras doble sentencia favorable, del juzgado de lo social y tras recurrir el INSS del TSJ de Aragón, me concedieron una Incapacidad Permanente Total, por la que estoy cobrando una pensión que supone el 75% de la base reguladora.
En abril de este año cumplo los 65, años y tengo cotizados según mi vida laboral, 39 años, 2 meses y 9 días.
Mi pregunta es.....puedo solicitar la pensión por jubilación que sustituya a la de IPT, y me saldría a cobrar más teniendo en cuenta que me correspondería el 100% de la base reguladora por el tiempo cotizado , pero teniendo en cuenta también que llevo 7 años sin cotizar por estar cobrando la pensión de IPT?
Si es así a ver cómo contacto con la seg.social pq citas apenas dan.

Y otra duda. Si no hago nada, al cumplir los 65 años automáticamente mi pensión de IPT pasará a denominarse pensión de jubilación y por el importe que ya estoy cobrando claro, y es algo que me tiene que comunicar el INSS?
Gracias anticipadas por vuestra ayuda.
13/03/2021 12:51
Pgg1923
Hola. Cuando llegues a los 65 años , rellenas el impreso de la jubilación :
http://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/aefe6086-1e56-4e0e-88f0-a8acff5c33ac/J-6_Castellano_38_Accesibilidad.pdf?MOD=AJPERES&CVID=
Lo puedes enviar, junto el resto de la documentación requerida, mediante el DNI digital o Cl@ve, o pidiendo cita previa telefónica., o mediante correo administrativo.
El INSS te reconocerá la jubilación pero su efectividad vendrá condicionada a que hagas tu opción entre la incapacidad permanente o la jubilación.
Para la jubilación te computarán las bases de cotización desde 1997 hasta hoy.
Como tendrás más de 4 años sin cotizar, te computarán las bases de los últimos 4 años ( desde le 2017 a 2021) tomando las bases mínimas de cotización de cada año y resto de lagunas ( sin cotización) se computarán por la mitad de la base mínima de cotización de cada año. Te darán el 100 %
No tengo claro que te salga más beneficiosa la jubilación pero no hay problema en solicitarla , pues siempre podrás optar por seguir con la pensión que cobras.
Si optas por la jubilación deberías solicitar el grado de discapacidad del 33 % en los servicios sociales de tu comunidad autónoma para que tanto el INSS como Hacienda lo tengan en cuenta.
Saludos
20/03/2021 11:53
Expertolaboral
Hola. Gracias por tu información. Tengo un grado de discapacidad del 58% desde hace unos años. Hasta ahora podía desgravarme en renta por la IPT , si paso a jubilación ya no podré, así que no se si esa discapacidad reconocida podría también desgravarme en renta. En cuanto a que tengo la opción de elegir una cosa u otra, antes me tendrían que hacer el cálculo por jubilación en el INSS, para yo poder decidir no? Quiero decir que si hago los papeles solicitando la jubilación ellos me la darán sin más , no creo que me den la opción de elegir, a no ser que pudiese pedir directamente el cálculo con esa opción.
Yo también pienso que seguramente después de tantos años no cotizados me salga peor la jubilación, pero es que desde 2005 a 2013 las bases de cotización son muy altas y eso es lo que me hace dudar.
Gracias de nuevo y si puedes aclararme alguna de las dudas que planteo lo agradecería mucho. Un saludo