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Jubilación anticipada involuntaria

1 Comentarios
 
Jubilación anticipada involuntaria
20/02/2024 11:13
Si te despiden por la causa de falta de adaptación al puesto de trabajo de manera improcedente, con este despido y cumpliendo los demás requisitos puedo pedir la jubilación anticipada involuntaria?
25/02/2024 10:59
MaríaDo99
Hola. Tendrá a la jubilación anticipada involuntaria si cumple el resto de requisitos del artículo 207 de la Ley General de la Seguridad Social.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724&p=20240112&tn=1#a207
Su despido por causas objetivas está contemplado en el artículo 52, b) del Estatuto de los Trabajadores.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430&p=20240112&tn=1#a52.
Por tanto, tendrá derecho a la jubilación involuntaria anticipada.
Con la solicitud deberá acompañar la carta de despido objetivo así como el justificante del banco conforme cobró la indemnización de 20 días por año trabajado.
Saludos