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jubilacion anticipada

3 Comentarios
 
27/03/2009 13:03
Hola marconi, como norma general los autonomos no pueden jubilarse antes de los 65 años , pero en casos especiales los trabajadores que hayan cotizado en el regimen general si podran hacerlo ,en la SS te informaran si reunes esas condiciones especiales pues tienen todos tus datos, la reduccion a partir de los 40 años cotizados es el 6%
saludos
27/03/2009 10:29
Gracias Marilo por su respuesta. Agradeceria otra opinion, si es posible, con base juridico-laboral. Soy autonomo pero pienso que los años cotizados anteriormente en RGSS deben de servir para algo.Por eso al leer diferentes opiniones en Internet(algunas llamemosles "oficiales") se prestan a la duda.Gracias
27/03/2009 10:16
Salvo mejor opinion los autonomos no pueden jubilarse hasta cumplidos los 65 años pero como usted indica que fue mutualista antes del 67 no se si hay alguna excepcion...
Jubilacion anticipada
27/03/2009 10:11
Buenos dias, ante la situacion de crisis general y en particular a un importante numero de autonomos, he decidido adelantar (segun salgan los nùmeros) la jubilacion. Tengo 61 años, en marzo del 2010 62. Desde 1962 al 1994 RGSS y Regimen Representantes de Comercio, del 1995 hasta la fecha, Autonomo. Creo que puedo jubilarme por haber cotizado desde antes del 1967, con reducciones. Leo en algunas Webs de internet, diferentes disposiciones legales, aunque algunas parece ser que opinan distinto o yo no llego a comprender. Sobre todo en el tema de los coeficientes a descontar. A partir de 60, cotizados mas de 40, coeficiente reductor 6 o 6 1/2. Sin embargo no se si en mi caso, teniendo en cuenta los diferentes Regimenes es de aplicacion. Agradeceria respuesta para tomar una decision. Asimismo si alguien conoce un buen abogado laboralista en Barcelona, ruego se sirvan indicarmelo. Muchas gracias.
jubilacion anticipada | PorticoLegal
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27/03/2009 13:03
Hola marconi, como norma general los autonomos no pueden jubilarse antes de los 65 años , pero en casos especiales los trabajadores que hayan cotizado en el regimen general si podran hacerlo ,en la SS te informaran si reunes esas condiciones especiales pues tienen todos tus datos, la reduccion a partir de los 40 años cotizados es el 6%
saludos
27/03/2009 10:29
Gracias Marilo por su respuesta. Agradeceria otra opinion, si es posible, con base juridico-laboral. Soy autonomo pero pienso que los años cotizados anteriormente en RGSS deben de servir para algo.Por eso al leer diferentes opiniones en Internet(algunas llamemosles "oficiales") se prestan a la duda.Gracias
27/03/2009 10:16
Salvo mejor opinion los autonomos no pueden jubilarse hasta cumplidos los 65 años pero como usted indica que fue mutualista antes del 67 no se si hay alguna excepcion...
Jubilacion anticipada
27/03/2009 10:11
Buenos dias, ante la situacion de crisis general y en particular a un importante numero de autonomos, he decidido adelantar (segun salgan los nùmeros) la jubilacion. Tengo 61 años, en marzo del 2010 62. Desde 1962 al 1994 RGSS y Regimen Representantes de Comercio, del 1995 hasta la fecha, Autonomo. Creo que puedo jubilarme por haber cotizado desde antes del 1967, con reducciones. Leo en algunas Webs de internet, diferentes disposiciones legales, aunque algunas parece ser que opinan distinto o yo no llego a comprender. Sobre todo en el tema de los coeficientes a descontar. A partir de 60, cotizados mas de 40, coeficiente reductor 6 o 6 1/2. Sin embargo no se si en mi caso, teniendo en cuenta los diferentes Regimenes es de aplicacion. Agradeceria respuesta para tomar una decision. Asimismo si alguien conoce un buen abogado laboralista en Barcelona, ruego se sirvan indicarmelo. Muchas gracias.