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Jubilación argentina por convenio bilateral

3 Comentarios
 
Jubilación argentina por convenio bilateral
30/07/2019 11:01
Hola, les comento que estoy jubilado en España hace 2 años,(aportados mas de 26 años), y tambien he iniciado una jubilacion de Argentina ya que alli trabaje mas de 18 años. Actualmente cobro de España el 85% del bruto maximo. Les pregunto : cuando llegue lo de Argentina si la suma de ambas se excede de los 2660 euros brutos mensuales actuales lo pierdo, o ese ingreso no cuenta y sigo cobrando igual. Y solo Hacienda me pedira cuenta por esos ingresos. Espero haber sido claro y desde ya mucha gracias por vuestra respuesta.
04/08/2019 11:54
Novarera
Hola. Efectivamente en España, sumando las dos pensiones sólo podrás cobrar el máximo de 2.659,41 euros. Por otra parte, respecto al tema de Hacienda, lo desconozco y menos al ser un problema internacional dado el cobro de dos pensiones.
Saludos
08/08/2019 10:30
Novarera
Para EXPERTOLABORAL. Antes que nada muchas gracias por tu mensaje.
Me podrias decir donde puedo leer lo que comentas, pues en este lapso fui a dos INSS diferentes y ellos lo niegan. Me dicen que no hay dada de eso. Que son jubilaciones independientes.
Nuevamente muchas gracias por tus comentarios.
08/08/2019 20:48
Novarera
Hola. Cuando te llegue la jubilación de Argentina, España te recalculará tu jubilación haciendo dos cálculos:
1) La pensión que ya estás cobrando ( imagino que con independencia de los años cotizados en Argentina).
2) Totalizando las cotizaciones de dos países ( como si hubieran sido efectuadas en un solo país) y una vez hallado dicho cálculo, le aplican la llamada " prorrata temporis", es decir el porcentaje de años cotizados en cada país.
Una vez hechos dos cálculos, España paga la pensión más beneficiosa.
Otro problema ( que yo sinceramente no tengo muy claro), será si sumando las dos pensiones de ambos países superan el tope de la pensión máxima de España. Yo creo que te recortarán hasta el tope, pero , como he dicho,no lo tengo muy claro. Siento no poder facilitarte ningún enlace o normativa al respecto pues el convenio bilateral te aclarará pocas dudas. :
www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/93507357-fa02-4d32-a062-90a527c860ed/CONVENIOSBILATERALESYCMISS.pdf?MOD=AJPERES&CVID=
Saludos
Jubilación argentina por convenio bilateral | PorticoLegal
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Jubilación argentina por convenio bilateral
30/07/2019 11:01
Hola, les comento que estoy jubilado en España hace 2 años,(aportados mas de 26 años), y tambien he iniciado una jubilacion de Argentina ya que alli trabaje mas de 18 años. Actualmente cobro de España el 85% del bruto maximo. Les pregunto : cuando llegue lo de Argentina si la suma de ambas se excede de los 2660 euros brutos mensuales actuales lo pierdo, o ese ingreso no cuenta y sigo cobrando igual. Y solo Hacienda me pedira cuenta por esos ingresos. Espero haber sido claro y desde ya mucha gracias por vuestra respuesta.
04/08/2019 11:54
Novarera
Hola. Efectivamente en España, sumando las dos pensiones sólo podrás cobrar el máximo de 2.659,41 euros. Por otra parte, respecto al tema de Hacienda, lo desconozco y menos al ser un problema internacional dado el cobro de dos pensiones.
Saludos
08/08/2019 10:30
Novarera
Para EXPERTOLABORAL. Antes que nada muchas gracias por tu mensaje.
Me podrias decir donde puedo leer lo que comentas, pues en este lapso fui a dos INSS diferentes y ellos lo niegan. Me dicen que no hay dada de eso. Que son jubilaciones independientes.
Nuevamente muchas gracias por tus comentarios.
08/08/2019 20:48
Novarera
Hola. Cuando te llegue la jubilación de Argentina, España te recalculará tu jubilación haciendo dos cálculos:
1) La pensión que ya estás cobrando ( imagino que con independencia de los años cotizados en Argentina).
2) Totalizando las cotizaciones de dos países ( como si hubieran sido efectuadas en un solo país) y una vez hallado dicho cálculo, le aplican la llamada " prorrata temporis", es decir el porcentaje de años cotizados en cada país.
Una vez hechos dos cálculos, España paga la pensión más beneficiosa.
Otro problema ( que yo sinceramente no tengo muy claro), será si sumando las dos pensiones de ambos países superan el tope de la pensión máxima de España. Yo creo que te recortarán hasta el tope, pero , como he dicho,no lo tengo muy claro. Siento no poder facilitarte ningún enlace o normativa al respecto pues el convenio bilateral te aclarará pocas dudas. :
www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/93507357-fa02-4d32-a062-90a527c860ed/CONVENIOSBILATERALESYCMISS.pdf?MOD=AJPERES&CVID=
Saludos