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jubilación de autónomo o empresario

3 Comentarios
 
Jubilación de autónomo o empresario
03/02/2016 12:57
Un autónomo o empresario que se haya jubilado y haya extinguido su empresa, ¿puede dedicarse a la misma actividad en una nueva empresa suya o de un familiar?
03/02/2016 14:43
hola, un jubilado puede trabajar en lo que quiera, nadie se lo impide. Eso si, trabajar puede ser incompatible con la pensión de jubilación, o es posible que pueda hacer una jubilación parcial o activa, compatibilizando ambas cosas.
Si la pregunta la haces por el hecho de que los contratos de trabajo se hayan extinguido por jubilación del empresario y la empresa aparezca a nombre de su familiar y el continúe exactamente igual, pues te tengo que decir que suena a problemas, es decir, que los trabajadores que se han ido para casa con treinta días de indemnización, pueden reclamar por despido improcedente ya que la jubilación fue única y exclusivamente para tener un despido barato y hay un sucesor que continua.
03/02/2016 17:48
Gracias por tu interès, Mirta.
El hecho que un negocio se cierre (extinción de la S.L.) por la jubilación del dueño y administrador, ¿implica que la jubilación es total?
04/02/2016 07:47
las personas jurídicas no se jubilan. Se liquidan y extinguen, esto supone un despido objetivo que debe ir acompañado de circunstancias económicas/productivas, en lo que puede ser importante la edad del administrado y el hecho de que no haya continuador. Pero debe pagarse la indemnización de 20 días por año.
saludos