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Jubilación discapacidad 65 me exigen 38 años cotizados

2 Comentarios
 
Jubilación discapacidad 65 me exigen 38 años cotizados
15/03/2024 15:21
Hola,tengo 58 años, En el 2025 haré 37 años cotizados en total,y 20 de ellos con una discapacidad del 65%.
Entiendo que en esa fecha,junio 2025 podria reducir 5 años por haber trabajado 20 con la discapacidad del 65%. Pero en el INSS me dicen que no puedo jubilarme hasta los 61 años, que para aplicar la bonificación debo tener cotizados 38 años y 3 meses efectivos en la fecha de jubilación.
Entiendo que necesito 15 años cotizados para acceder a la bonificación por discapacidad y después según los años cotizados, me calcularían el porcentaje de pensión, 50%,60%,100% ......
Es así o estoy en un error. me pueden exigir tener cotizados 38 y 3 meses para poder aplicar la reducción.
gracias
15/03/2024 19:05
Aunque puede resultar algo confuso, en mi opinión le han informado bien.

Una cosa es el período mínimo de cotización para percibir una pensión de jubilación, que efectivamente son 15 años. Pero otra cosa es que se cumpla el requisito de la edad, ya que erróneamente se tiene la idea de que la edad de jubilación es a los 65 años y hace tiempo que ya no es así. Actualmente la edad de jubilación ordinaria en España es de 67 años, aunque excepcionalmente se siguen pudiendo jubilar con 65 años quienes cumplen un requisito mínimo de cotización (que en 2025 será de 38 años y 3 meses). En el caso de la anticipación de la jubilación para los trabajadores con discapacidad, esos 5 años de adelanto no se pueden dar por descontados al cumplir los 60 años si en ese momento no se cumplen los requisitos para jubilarse con 65 años.

Si usted cumple 60 en junio de 2025 y en ese momento tiene cotizados exactamente 37 años, será en septiembre de 2026 cuando reuna los 38 años y 3 meses requeridos (ya que en 2026 se mantiene dicho requisito, que a partir de 2027 será de 38 años y 6 meses).

Esta es al menos la interpretación que yo hago tras leer los artículos al respecto de la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015, articulos 205 y 206bis) y el RD 370/2023 (que modifica al RD 1851/2009, sobre anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad).

Salvo mejor opinión. En todo caso puede acudir un abogado especialista en Seguridad Social con toda la documentación pertinente (vida laboral, documentación que acredite el grado y fecha de la discapacidad, etc.)
17/03/2024 10:54
oliva41
Hola. Yo entiendo que si ahora tienes 58 años, y tienes casi cotizados 20 años con una discapacidad del 65 % y tienes unos 35 años y medio de cotización, hoy podrías jubilarte anticipadamente, pues, jurídicamente, tendrías 63 años de edad ficticia ( al sumarse los 58 años más 5 años ( el 25 % de los 20 años cotizados con el 65 %).
Por otra parte, acreditarías 40 años de cotización, pues a los 35 años de edad cotizados se suman 5 años ficticios de cotización por haber trabajado 20 años con el 65 %.
Yo pediría ahora la jubilación al INSS sin dejar de trabajar para mediados del mes de junio-2024 pues se puede pedir la jubilación con 3 meses de antelación a la baja en la empresa.
Pasados un mes y medio o 2 meses, contactaría con el INSS para te confirmasen que tienes derecho a la jubilación así como la cuantía que te correspondería si causas baja en la empresa en julio-2024.
De esa forma, sabrás si te puedes jubilar así como la cuantía y, en función de esa información, podrás pedir la baja en la empresa o no.
Saludos
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Jubilación discapacidad 65 me exigen 38 años cotizados
15/03/2024 15:21
Hola,tengo 58 años, En el 2025 haré 37 años cotizados en total,y 20 de ellos con una discapacidad del 65%.
Entiendo que en esa fecha,junio 2025 podria reducir 5 años por haber trabajado 20 con la discapacidad del 65%. Pero en el INSS me dicen que no puedo jubilarme hasta los 61 años, que para aplicar la bonificación debo tener cotizados 38 años y 3 meses efectivos en la fecha de jubilación.
Entiendo que necesito 15 años cotizados para acceder a la bonificación por discapacidad y después según los años cotizados, me calcularían el porcentaje de pensión, 50%,60%,100% ......
Es así o estoy en un error. me pueden exigir tener cotizados 38 y 3 meses para poder aplicar la reducción.
gracias
15/03/2024 19:05
Aunque puede resultar algo confuso, en mi opinión le han informado bien.

Una cosa es el período mínimo de cotización para percibir una pensión de jubilación, que efectivamente son 15 años. Pero otra cosa es que se cumpla el requisito de la edad, ya que erróneamente se tiene la idea de que la edad de jubilación es a los 65 años y hace tiempo que ya no es así. Actualmente la edad de jubilación ordinaria en España es de 67 años, aunque excepcionalmente se siguen pudiendo jubilar con 65 años quienes cumplen un requisito mínimo de cotización (que en 2025 será de 38 años y 3 meses). En el caso de la anticipación de la jubilación para los trabajadores con discapacidad, esos 5 años de adelanto no se pueden dar por descontados al cumplir los 60 años si en ese momento no se cumplen los requisitos para jubilarse con 65 años.

Si usted cumple 60 en junio de 2025 y en ese momento tiene cotizados exactamente 37 años, será en septiembre de 2026 cuando reuna los 38 años y 3 meses requeridos (ya que en 2026 se mantiene dicho requisito, que a partir de 2027 será de 38 años y 6 meses).

Esta es al menos la interpretación que yo hago tras leer los artículos al respecto de la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015, articulos 205 y 206bis) y el RD 370/2023 (que modifica al RD 1851/2009, sobre anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad).

Salvo mejor opinión. En todo caso puede acudir un abogado especialista en Seguridad Social con toda la documentación pertinente (vida laboral, documentación que acredite el grado y fecha de la discapacidad, etc.)
17/03/2024 10:54
oliva41
Hola. Yo entiendo que si ahora tienes 58 años, y tienes casi cotizados 20 años con una discapacidad del 65 % y tienes unos 35 años y medio de cotización, hoy podrías jubilarte anticipadamente, pues, jurídicamente, tendrías 63 años de edad ficticia ( al sumarse los 58 años más 5 años ( el 25 % de los 20 años cotizados con el 65 %).
Por otra parte, acreditarías 40 años de cotización, pues a los 35 años de edad cotizados se suman 5 años ficticios de cotización por haber trabajado 20 años con el 65 %.
Yo pediría ahora la jubilación al INSS sin dejar de trabajar para mediados del mes de junio-2024 pues se puede pedir la jubilación con 3 meses de antelación a la baja en la empresa.
Pasados un mes y medio o 2 meses, contactaría con el INSS para te confirmasen que tienes derecho a la jubilación así como la cuantía que te correspondería si causas baja en la empresa en julio-2024.
De esa forma, sabrás si te puedes jubilar así como la cuantía y, en función de esa información, podrás pedir la baja en la empresa o no.
Saludos