En una plaza de mi localidad se ha prohibido jugar al balón en una plaza. Es una plaza solitaria, no es lugar de paso y se usa casi únicamente para jugar los niños al futbol, al tenis, etc.
Actualmente solo se ha puesto un cartel de prohibición sin mencion a posibles multas. Me gustaría saber
1. ¿Quien puede establecer una prohibicción de ese tipo?.¿Alcalde?¿Pleno?
2. Que sanciones caben por incumplimiento ¿en que norma deben aparecer?
3. ¿Debe indicarse la posible sancion en el cartel?
Alguien sabe que dice la ordenanza municipal del ayuntamiento de Madrid sobre jugar al futbol en espacios publicos no habilitados para ello (plazas con gente mayor y bebes pulando/sentados)?