Si tu eres el perjudicado y llegas a un acuerdo con el abogado del seguro para la indemnización lo lógico es que entreis a juicio, que hagais constar el acuerdo en el acta lo que posibilitará que el perjudicado renuncie y se dicte una sentencia absolutoria, y el acuerdo quede bajo la fe pública del secretario judicial, que a la postre es como si lo otorgárais ante un notario con la ventaja de que el secretario no cobra por hacerlo.
El miércoles tengo juicio de falta por accidente. Intentaré transar con el abogado del seguro, pero no me queda claro qué pasa con el juicio si llegamos a un acuerdo y si vamos a firmar algo allí para no entrar en la sala. Alguien me puede echar un cable?