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Juicio despido. Sentencia firme?

2 Comentarios
 
Juicio despido. sentencia firme?
27/10/2004 00:21
Hola a todos.

La empresa ha despedido a un trabajador compañero nuestro , el cual ha recurrido y la semana que viene tiene el jucio por lo social . Queriamos saber si una vez que dicte sentencia el juez, esta tiene la consideracion de sentencia firme o si por el contrario se puede recurrir. Si es esto ultimo, ¿a quien se puede recurrir? ¿que seria recurso de casacion, suplica o de que?

Si sirve de algo, el despido fue de esos que la empresa sabe que son improcedentes , pagan y punto (Despido por bajo rendimiento que no se puede demostrar, 45 dias por año y adios muy buenas)

Por otro lado, ¿como podemos desde nuestra humilde posicion de asalariados combatir estas practicas de las empresas, que son muy corrientes en la nuestra?.
27/10/2004 11:57
Hola, Habeis preguntado en el sindicato?
la empresa ha indemnizado o consignado en el juzgado la indemnizacion correspondiente?
Si es considirado improcedente y la empresa paga, el trabajador solo pude recurrir al tribunal superior de vuestra comunidad en el caso de que haya pedido despido nulo, cuestion dificil de probar
De todas formas en el sindicato os informaran adecuadamente
un saludo
27/10/2004 17:39
Hola.

Como muy bien dice Cortés, si la empresa ya ha consignado la cosa está chunga, salvo que sea delegado de personal, miembro del comité de empresa, delegado de prevención etc. Cargo de representacion de los trabajdores, que cambiaria la cosa.

En caso de que la empresa no haya consignado, lo mas que va a conseguir es que el despido se declare improcedente y a la empresa la condenen a pagar 45 dias por año o readmitir, pagando en cualquier caso los salarios de tramitacion. Pero si el trabajdor no tiene la condiciónd e repreentante legal de los trabajores o o fue en el año anterior al despido, elige la opción la empresa.

¿Quien puede recurrur:? Pues cualquiera de las partes que considere que no se ha sefuid el procedimiento o aplicado el derecho correctamente y lo hará primero en suplicación ante el T.S. de Justicia de la Comunidad Autónoma y si el fallo no le satisface pouede recurrir en casación ante el T.S. pero es un recurso temendamente dificil ya que hay que buscar una sentencia exactamente igual a la recurrida que se haya fallado en otro sentido para poder casar.

Saludos
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Juicio despido. Sentencia firme?

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Juicio despido. sentencia firme?
27/10/2004 00:21
Hola a todos.

La empresa ha despedido a un trabajador compañero nuestro , el cual ha recurrido y la semana que viene tiene el jucio por lo social . Queriamos saber si una vez que dicte sentencia el juez, esta tiene la consideracion de sentencia firme o si por el contrario se puede recurrir. Si es esto ultimo, ¿a quien se puede recurrir? ¿que seria recurso de casacion, suplica o de que?

Si sirve de algo, el despido fue de esos que la empresa sabe que son improcedentes , pagan y punto (Despido por bajo rendimiento que no se puede demostrar, 45 dias por año y adios muy buenas)

Por otro lado, ¿como podemos desde nuestra humilde posicion de asalariados combatir estas practicas de las empresas, que son muy corrientes en la nuestra?.
27/10/2004 11:57
Hola, Habeis preguntado en el sindicato?
la empresa ha indemnizado o consignado en el juzgado la indemnizacion correspondiente?
Si es considirado improcedente y la empresa paga, el trabajador solo pude recurrir al tribunal superior de vuestra comunidad en el caso de que haya pedido despido nulo, cuestion dificil de probar
De todas formas en el sindicato os informaran adecuadamente
un saludo
27/10/2004 17:39
Hola.

Como muy bien dice Cortés, si la empresa ya ha consignado la cosa está chunga, salvo que sea delegado de personal, miembro del comité de empresa, delegado de prevención etc. Cargo de representacion de los trabajdores, que cambiaria la cosa.

En caso de que la empresa no haya consignado, lo mas que va a conseguir es que el despido se declare improcedente y a la empresa la condenen a pagar 45 dias por año o readmitir, pagando en cualquier caso los salarios de tramitacion. Pero si el trabajdor no tiene la condiciónd e repreentante legal de los trabajores o o fue en el año anterior al despido, elige la opción la empresa.

¿Quien puede recurrur:? Pues cualquiera de las partes que considere que no se ha sefuid el procedimiento o aplicado el derecho correctamente y lo hará primero en suplicación ante el T.S. de Justicia de la Comunidad Autónoma y si el fallo no le satisface pouede recurrir en casación ante el T.S. pero es un recurso temendamente dificil ya que hay que buscar una sentencia exactamente igual a la recurrida que se haya fallado en otro sentido para poder casar.

Saludos