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juicio por lo civil

31 Comentarios
Viendo 21 - 31 de 31 comentarios
05/11/2006 21:25
Separado, menudo contubernio le han organizado a vd. En mi humilde opinión, se la han jugado entre todos. No hay derecho.
Otrosí digo: ese abogado que se niega a facilitarle copia de los documentos que le pide es un profesional que deja mucho, pero que mucho, que desear, y ese detalle incrementa notoriamente mi sospecha del contubernio.

Salvo mejor criterio. Un saludo, compañeros.

04/11/2006 20:50
¿Qué puede hacerse si en la sentencia se afirma que ocurrieron en la vista cosas que en realidad no ocurrieron? Eso por lo que respecta a mi pregunta

Respecto a tu tema Separado, me choca que los abogados con que hablaste les costase creer lo que les contabas, debe de ser que se trata de una IRREGULARIDAD de gran calibre-.-
no me explico este fallo, a menos que te hayan hecho una encerrona para beneficiar a tu ex y por ende joderte a tí, o dicho al revs,es igual.
Lo que me gustaría es leer alguna solución, no sé, algo que puedas hacer, seguro q algo puede hacerse.
a ver si ac37, DP, Maicavasco,PatriciaMV, Zapato veloz, etc nos pueden iluminar


Gracias por contestar
04/11/2006 04:20
Volviendo a la recomendación de "ac37", por supuesto que estuve hablando con otro abogado, y con más de uno, pero ninguno se creía lo que le contaba. Y es por ello que lo expongo aquí.

Lo curioso, y que me dejó aún más asombrado de lo que estaba es que, en vista de que ni mi propio abogado, ni otros, quisieron aclararme el tema, me fui a hablar con la abogada de la parte contraria, es decir, la que había decidido que no me iba a tomar declaración un mes antes de la vista oral.
Y sólo con la intención de escuchar todo lo que me quisiera decir, y para después sacar yo mis conclusiones.

Entonces le pregunté que cómo era posible que el juez dijese aquéllo en la sentencia. Y me aclaró que lo que realmente ocurrió fue que en vista del hecho de no haberme personado yo en la vista oral, ella entonces, es decir la abogada de mi contraria y en ese justo momento, decidió no interrogarme con el fin de que mi falta de asistencia al juicio tuviera, en mi contra, las mínimas repercusiones legales. O dicho en otras palabras, estaba intentando hacerme creer que me salvaba la vida.

Vamos, lo que me quiso dar a entender fue exactamente como si la jueza de instancia, imagino, hubiese preguntado por mi al no verme allí y sí a mi contraria, y ella, la abogada de mi contraria dispuesta a interrogarme, dijera:

"Bah, no se preocupe si no puedo interrogar al demandado pues tampoco es excesivamente importante... y, sobre todo, no se lo tome a mal pues lo mismo se ha olvidado, pobrecito".

Pues bien, ese fue el resultado de mi entrevista con dicha fulana. Yo no se lo que diría mi abogado cuando élla dijo o significó éso en el juicio, pero debió estar en el lavabo o en babilonia. No me lo explico. Lo que sí debió ser cierto fue el efectivo montaje de la abogada de mi contraria. Es decir, primero pasó de interrogarme para que yo no fuese a juicio, o para que no tuviera motivos para ir (ella sabía perfectamente que yo estaba enfermo y no estaba en condiciones, sobre todo mentales, de afrontar un juicio y, aún menos, un interrogatorio). Y segundo, cambió de idea cuando vió que yo, efectivamente, no había acudido al juicio, sin importar por qué razón. Pero lógicamente, debido a que ella había decidido no interrogarme; de lo contrario mi abogado hubiese pedido una dispensa o un aplazamiento de la vista por mis razones de salud.

04/11/2006 02:45
No se lo que es auxilio judicial, pero por lo que has dicho antes podría imaginar que sería tomar una declaración a través de un tercero que hiciera de representante. Pero eso no sería de aplicación en mi caso por el hecho de que YO NO TENIA QUE DECLARAR, puesto que el único que me podía obligar a hacerlo era el abogado de la parte contraria, y éste había rehusado interrogarme.

Y eso es algo que posiblemente no ocurra en los juicios por lo penal, pero en los juicios por lo civil es así: Sólo tiene obligación de comparecer en el juicio oral aquella parte que el abogado de la parte contraria considere que ha de interrogar. Y es más, mi propio abogado no hubiera podido interrogarme, ni solicitar mi comparecencia con el fin de hacerlo, a no ser que el abogado contrario me hubiese interrogado o decidido interrogarme en la vista previa.

Todo lo cual se había acordado en dicha vista previa al juicio oral. Por éso repito que ¿A cuento de qué venía lo que dijo el juez en la sentencia?
Por supuesto que le pedí a mi abogado que me aclarase lo que había ocurrido, pero todo lo que me dijo fue que no se podía hacer nada, y tampoco pude sacarle más. Sobre todo porque tenía tal lío en mi cabeza que no podía pensar con claridad.

Después Intenté leer los documentos relacionados con la vista previa pero estaban escritos a mano y era completamente imposible descifrarlos. Y para ello tuve que ir a los archivos de la Audiencia Provincial puesto que mi abogado se negó a facilitarme copia de los documentos.

A todo ésto, el plazo para recurrir la sentencia en el Supremo había expirado, pero incluso de no haber sido así, la sentencia no se podía recurrir debido a que el Supremo no iba a entrar en temas de apreciación de la prueba. Y puesto que ésto era, según mi abogado, lo que podía motivar dicho recurso.

Luego lo único que me gustaría saber, si alguien me puede ayudar, es si ése acuerdo efectuado en la vista previa pudo ser sólo de "boquilla" o tuvo, o debió tener, un reflejo escrito, bien directa o indirectamente, con el fin de que constara en los autos.
Porque si no hubo constancia de éso en los documentos para que el juez lo supiera, me parece algo muy poco serio por no decir otras cosas; y si la hubo y el juez no la leyó, me parece aún mucho peor. Pero si la hubo y además la leyó el juez, entonces apaga y vámonos.

Muchas gracias
03/11/2006 17:11
también te podría haber pedido auxilio judicial.
03/11/2006 00:17
Muchas gracias por las respuestas.

El que me dijo que mi comparecencia no era necesaria fue mi abogado. Y se debió al hecho de que ya en la vista previa al juicio, un mes antes de celebrarse, se acordó por las partes y en audiencia con la jueza de instancia, que no era necesario que yo compareciese en la vista oral debido a que el abogado de la parte contraria no me iba a efectuar el interrogatorio de parte. Por lo que además, ni me citaron ni tenían por qué hacerlo.

En cuanto a lo que dice "ac37", me parece que se trata de algo completamente al margen de cualquier otra circunstancia, puesto que se limita sólo al hecho de que yo no tenía por qué asitir al juicio y sin embargo mi ausencia se consideró como que no quise hacerlo. Es decir, o bien el juez de la Audiencia - que fue quien dijo éso - no tuvo noticia de que yo no tenía que asistir a la vista, o si tenía alguna al respecto era que yo estaba obligado a hacerlo. Y como no lo hice, de ahí el resultado de la sentencia. O también pudo ser que, sin tener el juez noticia en ninguno de los sentidos, imaginara que el hecho de no presentarme se debió a que no me dió la gana, y a pesar de estar citado. Pues, en definitiva, fue ésto lo que entendió el juez y lo que motivó su decisión.

También pudo ocurrir que el abogado de la parte contraria dijera al mío que no me iba a interrogar, para ver si colaba y yo no asitía a juicio, pero con la intención de cambiar después de idea, una vez en plena vista oral, y en el supuesto de que yo no me presentase. Con lo cual tendría todas o muchas posibilidades de ganar el caso. Pero me cuesta creer que esto pueda ser posible, puesto que debería quedar alguna constancia escrita de ese acuerdo realizado entre los abogados de las partes y la jueza de instancia que estuvo presente en la vista previa, que fue donde todo quedó previsto para la vista oral. Incluyendo, como es lógico, la comparecencia de todos los declarantes y sus respectivas citaciones.

Por lo que en algún sitio, o documento, debe figurar el acuerdo que se estableció en la vista previa y por el que yo no tenía nada que hacer ni decir en la vista oral. Como asimismo figuraban las citaciones para el resto de los asistentes que se había acordado que tenían que asistir, como testigos e incluso la propia demandante. Pero no existía ninguna citación para mí, que era el demandado, y por las razones que antes señalé.

Es decir, y resumiendo un poco. A mi me dijo mi abogado que yo no tenía por qué asistir al juicio puesto que el abogado de la parte contraria no me iba a practicar el interrogatorio de parte. Y lo que dijo el juez fue que como yo no asistí al juicio, el abogado de la parte contraria no me pudo practicar dicho interrogatorio.

Al margen de todo ésto, se daba la circunstancia de que en el caso de que yo hubiera tenido que asistir, no lo hubiera podido hacer por razones de salud. Y en cuyo caso, mi abogado podría haber pedido o intentado pedir un aplazamiento de la vista oral. Pero no lo hizo debido a que hubiera sido totalmente innecesario dado que, de cualquier manera, yo no tenía por qué personarme en la vista oral puesto que era éso lo que se había acordado en la vista previa, y con un mes de antelación.
02/11/2006 23:26
Será porque se efectuó interrogatorio a la representación o sea al ltrado y procurador de la litigante ausente?

No sé, me suena raro-.- igual es un disparate lo que estoy diciendo, a ver si alguien con más idea te dice algo.
02/11/2006 22:42
Alguien sabe la razón de que algunos nicks aparezcan de pronto sustituidos por el tan manido e impersonal "Anónimo"? por cierto cuando intenté usarlo, no pude porque estaba registrado.no entiendo nada!
02/11/2006 16:27
Al hilo de este hilo,- con gran perplejidad he de decir-, me acuerdo de lo sgte., a ver qué opinais.
Se señala fecha para vista de divorcio. La esposa pide auxilio judicial por razón de distancia( reside en la otra punta del país y además carece de recursos para costearse el viaje).
Se celebra la vista a la que sí comparece el esposo.
Transcribo literalmente la Sentencia:
"En la vista, a la que no ha comparecido personalmente la demandada, ambas partes han ratificado sus peticiones. En cuanto a prueba, el actor ha aportado documental y propuesto el interrogatorio de la demendada. El demandado, interrogatorio del actor y documental. La prueba a sido admitida. Una vez llevado a cabo el interrogatorio, han informado los letrados, dándose a continuación por concluído el acto."
Lo que me deja perplejo es que ese INTERROGATORIO NO PUDO CELEBRARSE porque la esposa no estaba, y por auxilio judicial tampoco se efectuó.
Entonces...¿Cómo puede decir eso la Sentencia?

Gracias por sacar de las tinieblas de la ignorancia a este compa bisoño. Saludos!


02/11/2006 14:03
¿Quien le dijo que su comparecencia no era necesaria?
02/11/2006 13:48
Sin haber asistido al juicio ni haber estudiado a fondo el asunto, yo no me atrevería a darle una opinión.
Lo mejor q puede hacer es hablarlo con su abogado o contratar a otro si considera q el actual no defiende adecuadamente sus derechos. Saludos¡
Juicio por lo civil
02/11/2006 13:04
¿Cómo es posible que en un juicio por lo civil, al que me dijeron que no tenía que comparecer personalmente porque la parte contraria no iba a practicarme el interrogatorio de parte, diga después el juez en su sentencia que no valoraba mis fundamentos escritos, o algo por el estilo, por el hecho de haber rehusado asistir al juicio para declarar en el interrrogatorio de parte?

Por lo cual, lógicamente, perdí el juicio y, consecuentemente, treinta millones de pesetas.

Por favor, ¿Alguien me podría orientar en relación con lo que pudo pasar para que ocurriese ésto?
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05/11/2006 21:25
Separado, menudo contubernio le han organizado a vd. En mi humilde opinión, se la han jugado entre todos. No hay derecho.
Otrosí digo: ese abogado que se niega a facilitarle copia de los documentos que le pide es un profesional que deja mucho, pero que mucho, que desear, y ese detalle incrementa notoriamente mi sospecha del contubernio.

Salvo mejor criterio. Un saludo, compañeros.

04/11/2006 20:50
¿Qué puede hacerse si en la sentencia se afirma que ocurrieron en la vista cosas que en realidad no ocurrieron? Eso por lo que respecta a mi pregunta

Respecto a tu tema Separado, me choca que los abogados con que hablaste les costase creer lo que les contabas, debe de ser que se trata de una IRREGULARIDAD de gran calibre-.-
no me explico este fallo, a menos que te hayan hecho una encerrona para beneficiar a tu ex y por ende joderte a tí, o dicho al revs,es igual.
Lo que me gustaría es leer alguna solución, no sé, algo que puedas hacer, seguro q algo puede hacerse.
a ver si ac37, DP, Maicavasco,PatriciaMV, Zapato veloz, etc nos pueden iluminar


Gracias por contestar
04/11/2006 04:20
Volviendo a la recomendación de "ac37", por supuesto que estuve hablando con otro abogado, y con más de uno, pero ninguno se creía lo que le contaba. Y es por ello que lo expongo aquí.

Lo curioso, y que me dejó aún más asombrado de lo que estaba es que, en vista de que ni mi propio abogado, ni otros, quisieron aclararme el tema, me fui a hablar con la abogada de la parte contraria, es decir, la que había decidido que no me iba a tomar declaración un mes antes de la vista oral.
Y sólo con la intención de escuchar todo lo que me quisiera decir, y para después sacar yo mis conclusiones.

Entonces le pregunté que cómo era posible que el juez dijese aquéllo en la sentencia. Y me aclaró que lo que realmente ocurrió fue que en vista del hecho de no haberme personado yo en la vista oral, ella entonces, es decir la abogada de mi contraria y en ese justo momento, decidió no interrogarme con el fin de que mi falta de asistencia al juicio tuviera, en mi contra, las mínimas repercusiones legales. O dicho en otras palabras, estaba intentando hacerme creer que me salvaba la vida.

Vamos, lo que me quiso dar a entender fue exactamente como si la jueza de instancia, imagino, hubiese preguntado por mi al no verme allí y sí a mi contraria, y ella, la abogada de mi contraria dispuesta a interrogarme, dijera:

"Bah, no se preocupe si no puedo interrogar al demandado pues tampoco es excesivamente importante... y, sobre todo, no se lo tome a mal pues lo mismo se ha olvidado, pobrecito".

Pues bien, ese fue el resultado de mi entrevista con dicha fulana. Yo no se lo que diría mi abogado cuando élla dijo o significó éso en el juicio, pero debió estar en el lavabo o en babilonia. No me lo explico. Lo que sí debió ser cierto fue el efectivo montaje de la abogada de mi contraria. Es decir, primero pasó de interrogarme para que yo no fuese a juicio, o para que no tuviera motivos para ir (ella sabía perfectamente que yo estaba enfermo y no estaba en condiciones, sobre todo mentales, de afrontar un juicio y, aún menos, un interrogatorio). Y segundo, cambió de idea cuando vió que yo, efectivamente, no había acudido al juicio, sin importar por qué razón. Pero lógicamente, debido a que ella había decidido no interrogarme; de lo contrario mi abogado hubiese pedido una dispensa o un aplazamiento de la vista por mis razones de salud.

04/11/2006 02:45
No se lo que es auxilio judicial, pero por lo que has dicho antes podría imaginar que sería tomar una declaración a través de un tercero que hiciera de representante. Pero eso no sería de aplicación en mi caso por el hecho de que YO NO TENIA QUE DECLARAR, puesto que el único que me podía obligar a hacerlo era el abogado de la parte contraria, y éste había rehusado interrogarme.

Y eso es algo que posiblemente no ocurra en los juicios por lo penal, pero en los juicios por lo civil es así: Sólo tiene obligación de comparecer en el juicio oral aquella parte que el abogado de la parte contraria considere que ha de interrogar. Y es más, mi propio abogado no hubiera podido interrogarme, ni solicitar mi comparecencia con el fin de hacerlo, a no ser que el abogado contrario me hubiese interrogado o decidido interrogarme en la vista previa.

Todo lo cual se había acordado en dicha vista previa al juicio oral. Por éso repito que ¿A cuento de qué venía lo que dijo el juez en la sentencia?
Por supuesto que le pedí a mi abogado que me aclarase lo que había ocurrido, pero todo lo que me dijo fue que no se podía hacer nada, y tampoco pude sacarle más. Sobre todo porque tenía tal lío en mi cabeza que no podía pensar con claridad.

Después Intenté leer los documentos relacionados con la vista previa pero estaban escritos a mano y era completamente imposible descifrarlos. Y para ello tuve que ir a los archivos de la Audiencia Provincial puesto que mi abogado se negó a facilitarme copia de los documentos.

A todo ésto, el plazo para recurrir la sentencia en el Supremo había expirado, pero incluso de no haber sido así, la sentencia no se podía recurrir debido a que el Supremo no iba a entrar en temas de apreciación de la prueba. Y puesto que ésto era, según mi abogado, lo que podía motivar dicho recurso.

Luego lo único que me gustaría saber, si alguien me puede ayudar, es si ése acuerdo efectuado en la vista previa pudo ser sólo de "boquilla" o tuvo, o debió tener, un reflejo escrito, bien directa o indirectamente, con el fin de que constara en los autos.
Porque si no hubo constancia de éso en los documentos para que el juez lo supiera, me parece algo muy poco serio por no decir otras cosas; y si la hubo y el juez no la leyó, me parece aún mucho peor. Pero si la hubo y además la leyó el juez, entonces apaga y vámonos.

Muchas gracias
03/11/2006 17:11
también te podría haber pedido auxilio judicial.
03/11/2006 00:17
Muchas gracias por las respuestas.

El que me dijo que mi comparecencia no era necesaria fue mi abogado. Y se debió al hecho de que ya en la vista previa al juicio, un mes antes de celebrarse, se acordó por las partes y en audiencia con la jueza de instancia, que no era necesario que yo compareciese en la vista oral debido a que el abogado de la parte contraria no me iba a efectuar el interrogatorio de parte. Por lo que además, ni me citaron ni tenían por qué hacerlo.

En cuanto a lo que dice "ac37", me parece que se trata de algo completamente al margen de cualquier otra circunstancia, puesto que se limita sólo al hecho de que yo no tenía por qué asitir al juicio y sin embargo mi ausencia se consideró como que no quise hacerlo. Es decir, o bien el juez de la Audiencia - que fue quien dijo éso - no tuvo noticia de que yo no tenía que asistir a la vista, o si tenía alguna al respecto era que yo estaba obligado a hacerlo. Y como no lo hice, de ahí el resultado de la sentencia. O también pudo ser que, sin tener el juez noticia en ninguno de los sentidos, imaginara que el hecho de no presentarme se debió a que no me dió la gana, y a pesar de estar citado. Pues, en definitiva, fue ésto lo que entendió el juez y lo que motivó su decisión.

También pudo ocurrir que el abogado de la parte contraria dijera al mío que no me iba a interrogar, para ver si colaba y yo no asitía a juicio, pero con la intención de cambiar después de idea, una vez en plena vista oral, y en el supuesto de que yo no me presentase. Con lo cual tendría todas o muchas posibilidades de ganar el caso. Pero me cuesta creer que esto pueda ser posible, puesto que debería quedar alguna constancia escrita de ese acuerdo realizado entre los abogados de las partes y la jueza de instancia que estuvo presente en la vista previa, que fue donde todo quedó previsto para la vista oral. Incluyendo, como es lógico, la comparecencia de todos los declarantes y sus respectivas citaciones.

Por lo que en algún sitio, o documento, debe figurar el acuerdo que se estableció en la vista previa y por el que yo no tenía nada que hacer ni decir en la vista oral. Como asimismo figuraban las citaciones para el resto de los asistentes que se había acordado que tenían que asistir, como testigos e incluso la propia demandante. Pero no existía ninguna citación para mí, que era el demandado, y por las razones que antes señalé.

Es decir, y resumiendo un poco. A mi me dijo mi abogado que yo no tenía por qué asistir al juicio puesto que el abogado de la parte contraria no me iba a practicar el interrogatorio de parte. Y lo que dijo el juez fue que como yo no asistí al juicio, el abogado de la parte contraria no me pudo practicar dicho interrogatorio.

Al margen de todo ésto, se daba la circunstancia de que en el caso de que yo hubiera tenido que asistir, no lo hubiera podido hacer por razones de salud. Y en cuyo caso, mi abogado podría haber pedido o intentado pedir un aplazamiento de la vista oral. Pero no lo hizo debido a que hubiera sido totalmente innecesario dado que, de cualquier manera, yo no tenía por qué personarme en la vista oral puesto que era éso lo que se había acordado en la vista previa, y con un mes de antelación.
02/11/2006 23:26
Será porque se efectuó interrogatorio a la representación o sea al ltrado y procurador de la litigante ausente?

No sé, me suena raro-.- igual es un disparate lo que estoy diciendo, a ver si alguien con más idea te dice algo.
02/11/2006 22:42
Alguien sabe la razón de que algunos nicks aparezcan de pronto sustituidos por el tan manido e impersonal "Anónimo"? por cierto cuando intenté usarlo, no pude porque estaba registrado.no entiendo nada!
02/11/2006 16:27
Al hilo de este hilo,- con gran perplejidad he de decir-, me acuerdo de lo sgte., a ver qué opinais.
Se señala fecha para vista de divorcio. La esposa pide auxilio judicial por razón de distancia( reside en la otra punta del país y además carece de recursos para costearse el viaje).
Se celebra la vista a la que sí comparece el esposo.
Transcribo literalmente la Sentencia:
"En la vista, a la que no ha comparecido personalmente la demandada, ambas partes han ratificado sus peticiones. En cuanto a prueba, el actor ha aportado documental y propuesto el interrogatorio de la demendada. El demandado, interrogatorio del actor y documental. La prueba a sido admitida. Una vez llevado a cabo el interrogatorio, han informado los letrados, dándose a continuación por concluído el acto."
Lo que me deja perplejo es que ese INTERROGATORIO NO PUDO CELEBRARSE porque la esposa no estaba, y por auxilio judicial tampoco se efectuó.
Entonces...¿Cómo puede decir eso la Sentencia?

Gracias por sacar de las tinieblas de la ignorancia a este compa bisoño. Saludos!


02/11/2006 14:03
¿Quien le dijo que su comparecencia no era necesaria?
02/11/2006 13:48
Sin haber asistido al juicio ni haber estudiado a fondo el asunto, yo no me atrevería a darle una opinión.
Lo mejor q puede hacer es hablarlo con su abogado o contratar a otro si considera q el actual no defiende adecuadamente sus derechos. Saludos¡
Juicio por lo civil
02/11/2006 13:04
¿Cómo es posible que en un juicio por lo civil, al que me dijeron que no tenía que comparecer personalmente porque la parte contraria no iba a practicarme el interrogatorio de parte, diga después el juez en su sentencia que no valoraba mis fundamentos escritos, o algo por el estilo, por el hecho de haber rehusado asistir al juicio para declarar en el interrrogatorio de parte?

Por lo cual, lógicamente, perdí el juicio y, consecuentemente, treinta millones de pesetas.

Por favor, ¿Alguien me podría orientar en relación con lo que pudo pasar para que ocurriese ésto?