Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Juicio rápido en breve

6 Comentarios
 
Juicio rápido en breve
08/02/2018 17:01
Hola a todos, estoy muy preocupado por mi hermano que tiene un juicio rápido en breve, fue por procedimiento abreviado en principio pero cuando fue a prestar declaración se transformo en juicio rápido. Tubo un accidente con un autobús por detrás y dio positivo en alcohol (paso de 0,6) y drogas (que consumió la noche anterior, la policía en principio nos dijo que esta multa vendría por vía administrativa), fue llevado al hospital y se inicio un procedimiento abreviado. NO TIENE ANTECEDENTES pero cuando fue el mes pasado a prestar declaración se entero que había una lesionada en las cervicales. El caso es que estamos preocupadísimos por que no sabemos cual puede ser la pena para el y si entraría en prisión, el actualmente no tiene muchos ingresos solo cobra el subsidio de desempleo y esta corrigiendo su hábito de beber con un profesional desde que tuvo el accidente (en septiembre) del cual hemos aportado un certificado al juzgado.
08/02/2018 17:06
Jesusmoriles
El conductor responsable de un accidente que dé positivo en el control de alcoholemia deberá hacer frente por un lado a una sanción penal, y por otro a las posibles indemnizaciones que por vía de repetición le planteará más adelante la aseguradora del vehículo que conducía.

Respecto de las sanciones penales, lo habitual es llegar a un acuerdo con la fiscalía al inicio del procedimiento (en el seno del juicio rápido), acuerdo que suele desembocar en una aceptación de los hechos a cambio de una reducción de condena. Los acuerdos más habituales -salvo casos de reincidencia- suelen conllevar una retirada del permiso de circulación durante un periodo de entre un año y un año y medio, más una multa ajustada a los ingresos del infractor o -más habitualmente- a una condena a trabajos en beneficio de la comunidad durante treinta o cuarenta días (véase artículo 379 del Código Penal)

En lo referente a su aseguradora, correrá con los gastos ocasionados por su hermano y después le reclamará el importe total.
08/02/2018 17:36
Wolframio85
El ya ha reconoció los hechos en la declaración que prestó en el juzgado. Por lo que me indica es muy probable que no entre en presión, lo demás lo tendrá que asumir. Muchísimas gracias por dejarme más tranquilo.
08/02/2018 19:19
Jesusmoriles
0,6 es el límite entre la multa y el delito. Si hubiese dado 0,61 hubiese incurrido en delito contra la seguridad vial y sería otro escenario distinto.

Salvo que las lesiones que haya provocado sean graves, con secuelas o alguien resulte muerto, no se imputa delito. Eso sí, los daños que haya causado los tendrá que pagar él cuando los reclame la aseguradora, además de la correspondiente multa por la infracción.
09/02/2018 00:58
Jesusmoriles
Hola,
No se puede descartar que no haya delito por el nivel 0,60, si no hubiera habido nada mas, podría efectivamente ser infracción administrativa, pero cuando hay un accidente con daños o lesiones, hay que ir al caso concreto, ver como ha sido el accidente, si hay alguna responsabilidad con el conductor que conduce con esa tasa de alcohol, muy probablemente existirá delito contra la seguridad del tráfico.
Un saludo,
09/02/2018 09:10
Wolframio85
Es delito, paso los 0,60 creo que fue 0,67 en aire, lo único que no tiene antecedentes y que esta dejando el hábito de beber con ayuda de profesionales, además de ir al psicólogo por que esta muy afectado.
09/02/2018 09:10
katia
Es delito, paso los 0,60 creo que fue 0,67 en aire, lo único que no tiene antecedentes y que esta dejando el hábito de beber con ayuda de profesionales, además de ir al psicólogo por que esta muy afectado.
Juicio rápido en breve | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Juicio rápido en breve

6 Comentarios
 
Juicio rápido en breve
08/02/2018 17:01
Hola a todos, estoy muy preocupado por mi hermano que tiene un juicio rápido en breve, fue por procedimiento abreviado en principio pero cuando fue a prestar declaración se transformo en juicio rápido. Tubo un accidente con un autobús por detrás y dio positivo en alcohol (paso de 0,6) y drogas (que consumió la noche anterior, la policía en principio nos dijo que esta multa vendría por vía administrativa), fue llevado al hospital y se inicio un procedimiento abreviado. NO TIENE ANTECEDENTES pero cuando fue el mes pasado a prestar declaración se entero que había una lesionada en las cervicales. El caso es que estamos preocupadísimos por que no sabemos cual puede ser la pena para el y si entraría en prisión, el actualmente no tiene muchos ingresos solo cobra el subsidio de desempleo y esta corrigiendo su hábito de beber con un profesional desde que tuvo el accidente (en septiembre) del cual hemos aportado un certificado al juzgado.
08/02/2018 17:06
Jesusmoriles
El conductor responsable de un accidente que dé positivo en el control de alcoholemia deberá hacer frente por un lado a una sanción penal, y por otro a las posibles indemnizaciones que por vía de repetición le planteará más adelante la aseguradora del vehículo que conducía.

Respecto de las sanciones penales, lo habitual es llegar a un acuerdo con la fiscalía al inicio del procedimiento (en el seno del juicio rápido), acuerdo que suele desembocar en una aceptación de los hechos a cambio de una reducción de condena. Los acuerdos más habituales -salvo casos de reincidencia- suelen conllevar una retirada del permiso de circulación durante un periodo de entre un año y un año y medio, más una multa ajustada a los ingresos del infractor o -más habitualmente- a una condena a trabajos en beneficio de la comunidad durante treinta o cuarenta días (véase artículo 379 del Código Penal)

En lo referente a su aseguradora, correrá con los gastos ocasionados por su hermano y después le reclamará el importe total.
08/02/2018 17:36
Wolframio85
El ya ha reconoció los hechos en la declaración que prestó en el juzgado. Por lo que me indica es muy probable que no entre en presión, lo demás lo tendrá que asumir. Muchísimas gracias por dejarme más tranquilo.
08/02/2018 19:19
Jesusmoriles
0,6 es el límite entre la multa y el delito. Si hubiese dado 0,61 hubiese incurrido en delito contra la seguridad vial y sería otro escenario distinto.

Salvo que las lesiones que haya provocado sean graves, con secuelas o alguien resulte muerto, no se imputa delito. Eso sí, los daños que haya causado los tendrá que pagar él cuando los reclame la aseguradora, además de la correspondiente multa por la infracción.
09/02/2018 00:58
Jesusmoriles
Hola,
No se puede descartar que no haya delito por el nivel 0,60, si no hubiera habido nada mas, podría efectivamente ser infracción administrativa, pero cuando hay un accidente con daños o lesiones, hay que ir al caso concreto, ver como ha sido el accidente, si hay alguna responsabilidad con el conductor que conduce con esa tasa de alcohol, muy probablemente existirá delito contra la seguridad del tráfico.
Un saludo,
09/02/2018 09:10
Wolframio85
Es delito, paso los 0,60 creo que fue 0,67 en aire, lo único que no tiene antecedentes y que esta dejando el hábito de beber con ayuda de profesionales, además de ir al psicólogo por que esta muy afectado.
09/02/2018 09:10
katia
Es delito, paso los 0,60 creo que fue 0,67 en aire, lo único que no tiene antecedentes y que esta dejando el hábito de beber con ayuda de profesionales, además de ir al psicólogo por que esta muy afectado.