Juicio verbal. Importe 710 €. Ambas partes fuimos asistidas por abogado. Soy la parte actora y he sido condenado al pago de costas. En la sentencia NO se menciona expresamente la presencia de temeridad o mala fe.
Mi abogado me dice que no me oponga a la liquidación de costas (salvo que esté mal calculada) y la pague ya que, en caso de recurrirla y perder, tendría que pagar también las nuevas costas de esa oposición (con participación obligatoria de procurador).
¿A pesar de NO haberse apreciado expresamente en la sentencia una posible temeridad o mala fe podría perder la oposición al pago? Tenía entendido que esa apreciación expresa era requisito indispensable para satisfacer (en este caso concreto, por razón de la cuantía) las costas.