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Junata general accionistas SA

3 Comentarios
 
10/06/2011 15:49
Si, se mantiene la obligación de celebrar dentro de los seis primersos meses del ejercicio social.

Siendo la sociedad anónima, no pueden evitarse los anuncios en BORM y en diario.

Que se celebre la junta posteriormente, mientras no haya ningún socio que quiera responsabilidades por no hacerlo dentro del plazo legal no habría peligro.
Si necesita que ampliemos esta o cualquier otra información estaremos encantados de ello, quedamos a su disposición para lo que precise.
Tu Asesor en la Red
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www.tuasesorenlared.com


08/06/2011 09:33
Gracias Anaela. Si me has ayudado. Baltasar
07/06/2011 22:45
Se mantiene que la celebración de la junta ordinaria se debe celebrar en el 1º semestre del año, pero en caso contrario, es decir que se rebase la fecha del 30 de junio, no pasa nada, yo soy socia de una SA que celebra dicha junta en septiembre sin ninguna consecuencia.
La junta general (aunque solo sean 4 socios) se tiene que celebrar previo anuncio en un periodico de amplia tirada de ámbito provincial, un més antes de su celebración.
Espero haberte ayudado. Un saludo.
Junata general accionistas sa
07/06/2011 09:54
Con la entrada en vigor de la ley de sociedades de capital se me plantean algunas dudas:
1.- ¿Se mantiene la fecha tope del 30 de junio para la celebración de junta ordinaria?
2.- Si la SA tiene un número pequeño de socios, por ejemplo 4, se puede convocar junta general mediante burofax a todos los socios, evitando los anuncios?
3.- Si la respuesta anterior es positiva, ¿se puede convocar la junta para una fecha inferior al mes?
4.- En caso de ser negativa la respuesta a la pregunta 2, ¿que pasa si se ha pasado de plazo y la junta no puede celebrarse antes del 30 de junio?
Gracias anticipadas. Baltasar