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Jura de cuentas

4 Comentarios
 
Jura de cuentas
08/09/2008 17:19
Para poder presentar una jura de cuentas a un cliente al que asistí en un juicio rápido del turno de oficio, tengo entendido que no tienes que haber presentado el justificante de actuaciones al colegio de abogados ¿no?

Con independencia de lo anterior, me aconsejáis reducir la cuantía de la minuta por si la impugnara por excesiva? En este caso, le reclamo 1.740. ¿Cómo lo véis?

Gracias
08/09/2008 17:32
Aunque hayas presentado el justificante de actuaciones e incluso te hayan pagado,no pasa nada porque lo reintegras después

Creo, al menos yo lo hago así, que has de minutar con arreglo al mínimo establecido en los Criteris
18/09/2008 17:55
Me han archivado varios asuntos en el Colegio de Abogados porque los solicitantes no han aportado la documentación requerida en el plazo concedido para acreditar la falta de medios económicos.
Entiendo que tengo la vía abierta para presentar una jura de cuentas o un monitorio ¿qué creeis?.
S los procedimientos no están acabados tengo que esperar al final a meter los procedimientos no?
Es que es la pera lo de trabajar estos temas sin ver un duro.
Creo que a veces el Colegio no nos ampara debidamente porque trabajas el asunto, no cobras del turno, tienes que jurar cuenta o meter monitorio (más trabajo) y al final resulta que tampoco cobras porque el tipo-a es insolvente.
Es que me da la risa (floja).
18/09/2008 19:18
A peni... Presenta la jura de cuentas contra el cliente y contra el colegio de abogados y el Mº de justicia., que son los responsables de averiguar si tu cliente es o no merecedor de JG. Quiero decir contra el CA y el Mº J. una demanda una vez que no puedas cobrarle a tu cliente,. Es importante para todos los abogados que lo hagas. Tu mandatario directo es tu colegio.
19/09/2008 09:57
Gracias Ezequiel.
Tengo que estudiar el tema y ya te contaré que es lo que hago.
Es que es el colmo que después de la trabajera de las guardias (que te obliga a dejar de lado otros asuntos particulares), te tomas todo el interés y después lo que se cobra es tarde, mal y nunca
En fin...
Saludos y...¡feliz y aprovechado día!
Jura de cuentas | PorticoLegal
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Jura de cuentas
08/09/2008 17:19
Para poder presentar una jura de cuentas a un cliente al que asistí en un juicio rápido del turno de oficio, tengo entendido que no tienes que haber presentado el justificante de actuaciones al colegio de abogados ¿no?

Con independencia de lo anterior, me aconsejáis reducir la cuantía de la minuta por si la impugnara por excesiva? En este caso, le reclamo 1.740. ¿Cómo lo véis?

Gracias
08/09/2008 17:32
Aunque hayas presentado el justificante de actuaciones e incluso te hayan pagado,no pasa nada porque lo reintegras después

Creo, al menos yo lo hago así, que has de minutar con arreglo al mínimo establecido en los Criteris
18/09/2008 17:55
Me han archivado varios asuntos en el Colegio de Abogados porque los solicitantes no han aportado la documentación requerida en el plazo concedido para acreditar la falta de medios económicos.
Entiendo que tengo la vía abierta para presentar una jura de cuentas o un monitorio ¿qué creeis?.
S los procedimientos no están acabados tengo que esperar al final a meter los procedimientos no?
Es que es la pera lo de trabajar estos temas sin ver un duro.
Creo que a veces el Colegio no nos ampara debidamente porque trabajas el asunto, no cobras del turno, tienes que jurar cuenta o meter monitorio (más trabajo) y al final resulta que tampoco cobras porque el tipo-a es insolvente.
Es que me da la risa (floja).
18/09/2008 19:18
A peni... Presenta la jura de cuentas contra el cliente y contra el colegio de abogados y el Mº de justicia., que son los responsables de averiguar si tu cliente es o no merecedor de JG. Quiero decir contra el CA y el Mº J. una demanda una vez que no puedas cobrarle a tu cliente,. Es importante para todos los abogados que lo hagas. Tu mandatario directo es tu colegio.
19/09/2008 09:57
Gracias Ezequiel.
Tengo que estudiar el tema y ya te contaré que es lo que hago.
Es que es el colmo que después de la trabajera de las guardias (que te obliga a dejar de lado otros asuntos particulares), te tomas todo el interés y después lo que se cobra es tarde, mal y nunca
En fin...
Saludos y...¡feliz y aprovechado día!