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jura de cuentas

21 Comentarios
Viendo 21 - 21 de 21 comentarios
24/03/2010 17:30
Una pregunta. Sé que el tema es antiguo pero lo refloto. La duda es sobre cuando comienza a transcurrir el plazo. En fecha X hice la última actuación, y meses después me pidieron la venia. ¿Cuando comienza el plazo?. Yo entiendo que sería desde la solicitud / concesión de la venia. ¿Es así?
31/03/2013 17:17
Agradecería vuestra orientación
- la comunidad no remitió los gastos de ascensor al administrador judicial de una sociedad de gananciales, o si se los remitió este no los pago.
- Supongo que en la Reunión General de la Comunidad se convino reclamarme el pago.
- mediante un Monitorio se me reclamó el pago. Y pagué la mitad. Y solicité al juzgado que hiciese pagar la otra mitad a la otra parte.
Temiendo mas gastos pagué el resto mas los gastos de ese año y otro año anterior.
- Parece ser que a pesar de tanto pago se quedaron a deber 180 e.
- a esos 180 e se fueron añadiendo mas cuantía. Yo le decía al administrador que todo estaba pagado y este decía que faltaba dinero y cada vez aumentaba mas.
- Ayer me envió unas cuentas y en ellas dice que el Monitorio era por arreglos de ascensor por valor de 700 e. Pero veo que la cuantía en el juzgado es mayor. Y a la vez que ... después del Monitorio.. que pagué 1-la mitad y 2-la otra mitad.. Me planteó un verbal.. por esa segunda cantidad. Yo ya la había pagado antes de que me llegara la notificación judicial... Por lo que la comunidad me la reclamó judicialmente ESTANDO YA PAGADA TOTALMENTE.
- Me reclama la Comunidad los gastos de abogado de ese juicio verbal iniciado sin deuda ninguna. La cuantía de 500 e.

1) Sentencia del 2008 y costas del 2008 .. ¿han prescrito??

2) Si inició un verbal sin deuda ninguna ¿debo pagar el abogado las costas de 500 e??

3) Si la comunidad dio en Junta General vía para reclamar cantidad a una sociedad de gananciales.. la da para un Monitorio a dos personas por una cuantía exacta ¿puede servir esa autorización para un verbal??

4) Quedaron por pagar.. no se de que.. 180 e. Cantidad que el Administrador de la comunidad aumenta por gastos de
- buro fax ... que nunca recibí
- nota simple... que no se porque necesitó
- teléfono o no se que
¿puede repercutirme ese dinero y aumentar los 180 e en 380?

5) Entiendo que los gastos de gestión administrativa se repercuten a partes entre todos los vecinos. No he visto nunca que te descuenten "papel" porque te notifiquen vía internet.
¿Debo aceptar esos gastos??

6) He pedido al Administrador las actas de las Juntas Generales y me dice que se las pida al abogado ¿puede hacer eso??

Muchísimas gracias por vuestra atención y orientación
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Viendo 21 - 21 de 21 comentarios
24/03/2010 17:30
Una pregunta. Sé que el tema es antiguo pero lo refloto. La duda es sobre cuando comienza a transcurrir el plazo. En fecha X hice la última actuación, y meses después me pidieron la venia. ¿Cuando comienza el plazo?. Yo entiendo que sería desde la solicitud / concesión de la venia. ¿Es así?
31/03/2013 17:17
Agradecería vuestra orientación
- la comunidad no remitió los gastos de ascensor al administrador judicial de una sociedad de gananciales, o si se los remitió este no los pago.
- Supongo que en la Reunión General de la Comunidad se convino reclamarme el pago.
- mediante un Monitorio se me reclamó el pago. Y pagué la mitad. Y solicité al juzgado que hiciese pagar la otra mitad a la otra parte.
Temiendo mas gastos pagué el resto mas los gastos de ese año y otro año anterior.
- Parece ser que a pesar de tanto pago se quedaron a deber 180 e.
- a esos 180 e se fueron añadiendo mas cuantía. Yo le decía al administrador que todo estaba pagado y este decía que faltaba dinero y cada vez aumentaba mas.
- Ayer me envió unas cuentas y en ellas dice que el Monitorio era por arreglos de ascensor por valor de 700 e. Pero veo que la cuantía en el juzgado es mayor. Y a la vez que ... después del Monitorio.. que pagué 1-la mitad y 2-la otra mitad.. Me planteó un verbal.. por esa segunda cantidad. Yo ya la había pagado antes de que me llegara la notificación judicial... Por lo que la comunidad me la reclamó judicialmente ESTANDO YA PAGADA TOTALMENTE.
- Me reclama la Comunidad los gastos de abogado de ese juicio verbal iniciado sin deuda ninguna. La cuantía de 500 e.

1) Sentencia del 2008 y costas del 2008 .. ¿han prescrito??

2) Si inició un verbal sin deuda ninguna ¿debo pagar el abogado las costas de 500 e??

3) Si la comunidad dio en Junta General vía para reclamar cantidad a una sociedad de gananciales.. la da para un Monitorio a dos personas por una cuantía exacta ¿puede servir esa autorización para un verbal??

4) Quedaron por pagar.. no se de que.. 180 e. Cantidad que el Administrador de la comunidad aumenta por gastos de
- buro fax ... que nunca recibí
- nota simple... que no se porque necesitó
- teléfono o no se que
¿puede repercutirme ese dinero y aumentar los 180 e en 380?

5) Entiendo que los gastos de gestión administrativa se repercuten a partes entre todos los vecinos. No he visto nunca que te descuenten "papel" porque te notifiquen vía internet.
¿Debo aceptar esos gastos??

6) He pedido al Administrador las actas de las Juntas Generales y me dice que se las pida al abogado ¿puede hacer eso??

Muchísimas gracias por vuestra atención y orientación