Buenos días, una empresa es tenedora legítima de un pagaré endosado por otra empresa y que un Ayuntamiento libró a su favor. El pagaré resultó impagado y ahora el tenedor quiere reclamar el pago del pagaré al Ayuntamiento. El pagaré lo libró el Ayuntamiento para el pago de la ejecución de una obra pública que hizo una empresa y dicha empresa a su vez endosó el pagaré a esta empresa que lo tiene en su poder ¿Es competente la jurisdicción civil o la contencioso-administrativa para conocer de la reclamación del pagaré? Muchas gracias
Gracias por responder, pero sigo sin tener claro que la jurisdicción civil sea la competente. ¿Podría alguién más aclararme este tema? ¿Podría alguien citarme alguna sentencia sobre un caso similar para determinar con claridad que la jurisdicción competente es la civil y no la contenciosa? Gracias de antemano.
Sentencias no creo que encuentres ya que si alguien ejecuta un título habrá que estar al concepto de qué es poseedor del mismo, y no creo que lo tenga en virtud de un contrato administrativo.
Muchísimas gracias Francisco, creo que la nueva redacción de ese precepto lo deja más claro. Además he encontrado una sentencia de jurisprudencia menor en un caso casi idéntico a este en el que se declara que la jurisdiccón competente es la contencioso administrativa. Saludos