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jurisdiccion competente

8 Comentarios
 
Jurisdiccion competente
20/10/2005 16:16
Expongo el supuesto:

Una empresa despide a un trabajador, reconoce la imporcedencia del despido y en concepto de liquidación, saldo y finiquito le hace entrega de un pagaré opr importe de 4.500.-Euros.

Al cabo de 10 días, la empresa por error del departamento de administarción realiza un segundo pago de 4.500.-Euros al trabajador despedido mediante transferencia bancaria al numero de cuenta en que el trabajador cobraba habitualmente su nómina.

Evidentemente hay un cobro de lo indebido pq por error se ha producido una duplicidad de pago. La cuestión es si la empresa debe interponer una reclamación de cantidad laboral o civil.

cuando realiza el segundo pago el contrato de trabajo ya estaba extinguido, con lo cual creo que debe ir por la via civil.

Alguien puede confirmar o corregir esta conclusión?
Gracias!!
20/10/2005 17:32
A mí juicio, como el tuyo, acción en vía civil por cobro de lo indebido.
20/10/2005 18:38
por la via civil es por donde se solucionan las demandas por enriquecimiento injusto no?? no seria este tambien un caso de enriquecimiento injusto??
24/10/2005 11:51
Gracias HM y ajpa, la verdad que aun tengo mis dudas de que en la audiencia previa el Juzgado acuerde de oficio la falta de jurisdicción por entender que la jurisdicción competente es la laboral.

Estoy estudiando bastante el tema y la verdad es que la cuestión no queda clara del todo, yo sigo apostando por la vía civil pero no estoy seguro al 100%.
24/10/2005 13:51
Jurisdicción Civil. El tema es un cobro indebido, no es un tema relacionado con el ámbito laboral, ya que la naturaleza de ese pago no tiene trascendencia, la unica trascendencia es que cobró algo que no debió y está obligado a devolverlo.

Manuel Montero
Abogado
manuelmontero@icasal.com
24/10/2005 14:47
Lo de "cobro algo que no debio" es relativo, si el abono en cuenta, se produjo con fecha posterior a la entrega del pagare y antes de su abono.
Otra cosa es que el trabajador haya desaparecido la cantidad de su cuenta o que requerido en legal forma se niegue a la devolucion.
¿Han intentado una solucion amigable?.
24/10/2005 17:32
Lavo el abono en cuenta se realizo con posterioridad a que el trabajador cobrase el pagaré. Esto lo tengo acreditado ya que solicite al banco un justificante de cuando se cobro el pagaré, y fue con anterioridad a realizar la transferencia bancaria.

Respondiendo a tu pregunta si que se intento la gestión extrajudicial pero el trabajador se niega a devolver el importe de la transferencia ( además de llamada telefónica se ha enviado burofax)

En ese caso, tu también te inclinas por cobro de lo indebido mediante vía civil?
25/10/2005 00:54
No tengas dudas, Jorge; he sido comedido en mi primer mensaje, pero el asunto lo veo claro, es una cuestión civil, el asunto laboral ya fue finiquitado con el cobro del pagaré, el resto en una cuestión civil referente a la reclamación a un caradura.
25/10/2005 09:25
Gracias HM, y gracias a todos los que habeis dado vuestra opnión sobre este supuesto que me ha dado mas de un quebradero de cabeza.

Prometo informaros de que como acaba el asunto.
otra vez, MUCHAS GRACIAS
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Jurisdiccion competente
20/10/2005 16:16
Expongo el supuesto:

Una empresa despide a un trabajador, reconoce la imporcedencia del despido y en concepto de liquidación, saldo y finiquito le hace entrega de un pagaré opr importe de 4.500.-Euros.

Al cabo de 10 días, la empresa por error del departamento de administarción realiza un segundo pago de 4.500.-Euros al trabajador despedido mediante transferencia bancaria al numero de cuenta en que el trabajador cobraba habitualmente su nómina.

Evidentemente hay un cobro de lo indebido pq por error se ha producido una duplicidad de pago. La cuestión es si la empresa debe interponer una reclamación de cantidad laboral o civil.

cuando realiza el segundo pago el contrato de trabajo ya estaba extinguido, con lo cual creo que debe ir por la via civil.

Alguien puede confirmar o corregir esta conclusión?
Gracias!!
20/10/2005 17:32
A mí juicio, como el tuyo, acción en vía civil por cobro de lo indebido.
20/10/2005 18:38
por la via civil es por donde se solucionan las demandas por enriquecimiento injusto no?? no seria este tambien un caso de enriquecimiento injusto??
24/10/2005 11:51
Gracias HM y ajpa, la verdad que aun tengo mis dudas de que en la audiencia previa el Juzgado acuerde de oficio la falta de jurisdicción por entender que la jurisdicción competente es la laboral.

Estoy estudiando bastante el tema y la verdad es que la cuestión no queda clara del todo, yo sigo apostando por la vía civil pero no estoy seguro al 100%.
24/10/2005 13:51
Jurisdicción Civil. El tema es un cobro indebido, no es un tema relacionado con el ámbito laboral, ya que la naturaleza de ese pago no tiene trascendencia, la unica trascendencia es que cobró algo que no debió y está obligado a devolverlo.

Manuel Montero
Abogado
manuelmontero@icasal.com
24/10/2005 14:47
Lo de "cobro algo que no debio" es relativo, si el abono en cuenta, se produjo con fecha posterior a la entrega del pagare y antes de su abono.
Otra cosa es que el trabajador haya desaparecido la cantidad de su cuenta o que requerido en legal forma se niegue a la devolucion.
¿Han intentado una solucion amigable?.
24/10/2005 17:32
Lavo el abono en cuenta se realizo con posterioridad a que el trabajador cobrase el pagaré. Esto lo tengo acreditado ya que solicite al banco un justificante de cuando se cobro el pagaré, y fue con anterioridad a realizar la transferencia bancaria.

Respondiendo a tu pregunta si que se intento la gestión extrajudicial pero el trabajador se niega a devolver el importe de la transferencia ( además de llamada telefónica se ha enviado burofax)

En ese caso, tu también te inclinas por cobro de lo indebido mediante vía civil?
25/10/2005 00:54
No tengas dudas, Jorge; he sido comedido en mi primer mensaje, pero el asunto lo veo claro, es una cuestión civil, el asunto laboral ya fue finiquitado con el cobro del pagaré, el resto en una cuestión civil referente a la reclamación a un caradura.
25/10/2005 09:25
Gracias HM, y gracias a todos los que habeis dado vuestra opnión sobre este supuesto que me ha dado mas de un quebradero de cabeza.

Prometo informaros de que como acaba el asunto.
otra vez, MUCHAS GRACIAS