Me explico.
hoy recibido un correo del departamento del turno de oficio el cual me comunica que:
su expediente de asistencia gratuita.,a sido concedido.
y mi pregunta es la siguiente.,tengo que abonarle algo al abogado.,puesto que es de justicia gratuita y yo cumplo todos los requisitos para ello.,en otras ocasiones y juicios no e abonado un duro a los abogados que me han asistido.,pero este ultimo me dice que si.,que ahora hay que pagar por ello.,y es una cosa que no entiendo.,puesto que como e dicho.,nunca e abonado nada.,porque cumplo los requisitos exigidos para ello.,como es el de carecer de ingresos suficientes para pagar un abogado y por eso e recurrido al servicio de orientacion juridica.,para que me pusieran un abogado.
si hay alguna ley nueva.,rogaria me la pasarais.,para verla y tomar medidas.,muchas gracias.
El abogado de oficio cobra pero si a usted le han reconocido el dcho de justicia gratuita a ese abogado quién le paga es la administración, si le quiere cobrar algo a usted acuda al colegio de abogados
Yo también he recibido la carta que tengo la justicia gratuita concedida y en mi caso es reclamación de cantidad.
Por lo que tengo entendido, lo que no pagas es las costas de ir a juicio, osea, el acto de conciliación (un abogado particular lo cobra) y el ir a juicio a defenderte también es gratis (aquí también el particular te cobra y entre las dos cosas, es más o menos 500 euros).
Lo que SÍ cobra el abogado que te defiende gratuitamente es un tanto por ciento de la indemnización o cantidad que se reclama en el juicio, en mi caso, si no recuerdo mal, me dijo que sería un 10%.
Cuando salga mi juicio y espero ganarlo os lo diré ;)
Un saludo.