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La pareja de mi ex no me permite la adecuada comunicación por tlf con mis hijos

6 Comentarios
 
La pareja de mi ex no me permite la adecuada comunicación por tlf con mis hijos
30/05/2022 09:05
Buenas noches. Quería comentar mi situación actual que me tiene triste, preocupada y con la sensación de sumisión total. La pareja de mi ex no me permite la adecuada comunicación por tlf con mis hijos cuando su padre está ausente y le correspondena él la estancia con los niños justificando ambos que es una intromision en la intimidad de esta señorita. Además ya ha intentado acudir a las reuniones del colegio de mis hijos para informarse de la evolución escolar de éstos y un largo etcétera. Siento que se me está intentando desbancar como madre y lo que más me duele es que mía hijos vean que estoy ml por eso.
30/05/2022 09:11
Hola Palomaesther83,

La comunicación con ambos progenitores es un derecho tanto para los progenitores como para los hijos protegido por el art. 84 del Código Civil. Por otro lado, a las reuniones del colegio tienen el derecho y el deber de asistir ambos progenitores siempre que tengan la patria potestas, no se puede delegar a terceras personas. Le recomendaría que obtenga pruebas, por ejemplo grabando las llamadas, y ponga el caso en manos de su abogado para la correspondiente demanda.

Le deseo mucha suerte.
02/06/2022 08:53
Lo de la Comunicación, supongo que la pareja actual de tu ex, no tiene obligación de atender tus llamadas, ni de q tengas directamente su numero de teléfono. Lo fácil y eficaz es que llames a tu hijo cuando esté con el padre. A no ser q esté este trabajando fuera largos periodos, q entonces si tendríais que pactar unos horarios para comunicarte.
Lo de las reuniones, la pareja de tu ex puede acudir de acompañante del padre, o incluso puede ir por delegación del padre, si este no puede acudir a su reunión.
Nadie te está desbancando, tú también debes acudir a las reuniones.
Yo si estuviera en tu lugar, me satisfaría que la persona que convive con mi hijo, se involucra activamente en todo lo relacionado con el menor. O solo es válida para hacer de canguro? Piensa q si lo está cuidando, mejor lo cuidará si tiene info de primera mano, sobre su evolución escolar.
Nadie aunque fuera su propósito, podría desbancarte, la madre eres tu, y tus hijos lo saben,… pero tienes que aceptar que para ellos, ella es un nuevo miembro en su familia, y en los momentos que el padre no está, pues están a su cargo, y los cuidará lo mejor posible,… como tú cuidarías a un sobrino, no?
02/06/2022 13:26
Relatyo
Hola Relatyo,

No estoy de acuerdo en lo de las reuniones del colegio. Deben acudir los progenitores que tengan la patria potestad. Supongo que si ambos están de acuerdo y al colegio no le importa se podría delegar a un tercero. Pero si uno solo de los implicados no está de acuerdo, no se debe hacer. Es más, si fuera mi hijo mandaría un burofax al colegio expresando mi oposición a que terceras personas vayan a las reuniones y pidiendo que se me comuniquen todas. Son los progenitores quienes tienen el derecho y el deber de encargarse de la educación de los hijos.

Por otro lado, respecto a las comunicaciones: si el hijo pasa largos periodos con esta persona deben permitirle la comunicación a la madre con su hijo. Es decir, si el padre delega el cuidado de su hijo, también debe delegar el derecho de que este se comunique con su madre. Pero es más, si el hijo pasa largos periodos con una tercera persona y no es su padre quien le cuida habitualmente, la madre podría poner una demanda de modificación de medidas para restringir el tiempo que no está pasando con su padre, ya sea custodia compartida o visitas. El régimen de visitas y la custodia compartida es para que los hijos puedan pasar tiempo con ambos progenitores. Se puede delegar unas horas al día o un viaje de trabajo puntual, pero si es continuado y habitual, entonces lo más lógico sería que estén con su madre, no con una tercera persona.

Le deseo mucha suerte.
02/06/2022 14:23
Pues yo sí estoy de acuerdo con Relatyo.
La delegación a un tercero o representación es personal, no es necesario que lo autoricen los dos.
Como si quiere mandar a su abogado. ¿Tienes que autorizarlo tú?
Pueden ir los dos: si tú quieres ir, ve, y si el otro quiere ir también o mandar a alguien de su confianza que le represente, puede hacerlo.
Imaginemos que es la madre la que no se fía de que si va el padre, se vaya a enterar de algo, porque lo conoce, y que por mala relación se espera que le vaya a contar nada de lo que se hable, pero ese día no puede ir y manda a su hermana, o a su madre. ¿Dónde está el problema?
¿Cómo que no se puede delegar? Se puede delegar todo lo que no sean actos personalísimos, como firmar un testamento. Pues anda que no he ido a reuniones del cole donde van los abuelos, y los hermanos mayores...

Lo de la comunicación de los padres con los hijos, salvo que se mencione otra cosa contraria, no significa que sea en cualquier momento, ni a cualquier hora. Si está con la pareja del padre y no se lo quiere coger en ese momento, y que llame cuando esté el padre, pues como si está jugando al fútbol o en cualquier extraescolar y en esas horas no se le llama. Pues tampoco hay problema. Otra cosa sería si no estuviera con el padre en ningún momento el día, con el que poder comunicarse con el menor.
02/06/2022 14:45
paquito xocolatero
Hola Paquito,

Supongo que se puede hacer lo que permitan las normas de cada sitio, la ley no llega a tanto. Dónde vivo, ni el colegio público ni el pediatra del centro de salud permiten delegar determinadas cosas en los abuelos. Una cosa es que vayan los abuelos a recogerlos al colegio, otra es a las reuniones con el tutor. El médico específicamente me dijo que hasta que sean mayores de edad deberían acompañarlos alguno de los padres. El por qué es porque si hay que tomar alguna decisión médica (vacunar o no, una intervención o prueba complicada) no la pueden tomar los abuelos o un tío.

Entiendo que puntualmente se puede delegar, pero no de forma continuada. Por ejemplo que haya pedido la custodia compartida y lo cuide siempre su pareja o sus padres, o que casi siempre que le correspondan visitas tenga "casualmente" un viaje de trabajo (conozco un caso así). Y si pasan dos o tres días que no está el padre y ha delegado su cuidado a los abuelos o quien sea, ¿entonces el menor pierde el derecho a comunicarse con el otro progenitor?

Le deseo mucha suerte.
20/06/2022 18:15
Hola. Si estás divorciada del padre, no puedes disponer y ordenar en los asuntos domésticos del padre de tu hijo. Cada uno, tiene su vida, su familia y su casa. Por lo tanto, si la novia o la esposa del padre tiene la delegación, bien hecho está, ella es la familiar más cercana del niño, mientras está trabajando el padre. Sería diferente decidir sobre una operación quirúrgica del niño, debe ser entre el padre y la madre. El niño tiene su propio teléfono, llamar al móvil de ella es abusar o acoso. Esos celos hay que controlarlos y minimizarlos.