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la posibilidad de vivir fuera de España con esta tarjeta

8 Comentarios
 
La posibilidad de vivir fuera de españa con esta tarjeta
perfil yas
21/12/2010 18:43
hola.hay alguien puede ayudarme.soy marroqui y tengo la tarjeta de residencia de familiar de cuidadano de la UE quiero saber si puedo instalar en fracia para vivir y trabajar ahi (fuera de espana) y gracias.
22/12/2010 13:08
Hola. Con esa tarjeta puedes viajar como turista y estar hasta 90 días sin poder realizar actividad lucrativa alguna, cuando viajes solo.

Pero si viajas acompañando a tu familiar ciudadano de la Unión, porque es él el que decide mudarse y tú lo acompañas como miembro de su familia, sí es posible que residas y trabajes, pero deberás solicitar que el Estado en el cual tu familiar comunitario se instale, te expida una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión (para lo cual, tu familiar, a la vez, debe previamente, cumplir con la formalidad que establezca la normativa de ese país, por ejemplo, inscribirse en algún registro público existente al efecto, como exige España a los comunitarios que se instalan a vivir en su territorio).

Un cordial saludo y suerte.
perfil yas
23/12/2010 10:55
Muchas gracias por la respuesta, pero me gustaría contar mi situación completa para poder entender.
Estoy casado legalmente en España, y mi mujer es española. Tengo la residencia de familiar de ciudadano de la UE Y queremos ir a Francia (mi mujer y yo) para instalarnos y trabajar ahí.
Que derechos tengo?
Si es obligatorio cambiar mi tarjeta en el país donde este?
23/12/2010 13:15
Si se va con su mujer, puede instalarse a vivir en Francia con ella, pero es condición fundamental que vaya ella y ella cumpla las formalidades que se exijan en Francia (que se inscriba en un registro de comunitarios, por ejemplo, porque ella, española, en Francia será una extranjera comunitaria, es decir, una ciudadana de la Unión Europea). Y usted deberá solicitar en Francia su tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión como cónyuge de ella. Recuerde que lo que le da derecho a usted a instalarse a vivir en Francia y poder trabajar ahí, es el hecho de acompañar a su cónyuge española, que ejerce su derecho como ciudadana de la Unión Europea a circular, establecerse y trabajar en otro Estado miembro.
En Francia tendrá los mismos derechos que tiene en España como familiar de ciudadano de la Unión, que básicamente consisten en poder residir y trabajar en igualdad de condiciones que los nacionales, a recibir un trato igual (es decir, sin más exigencias que las que también se le hagan a los nacionales y a otros ciudadanos de la Unión) y una protección reforzada contra la expulsión.

En Francia esto deben tramitarlo en la Prefecture del Departamento donde se vayan a instalar. Si se instalan en París, esto se tramita en la sede de la Prefectura de París, ubicada justo frente a la catedral de Notre Dame (al menos, así era hasta la última vez que estuve en la ciudad).

Un cordial saludo y suerte.
perfil yas
24/12/2010 10:58
muchas gracias, me ha ayudado mucho.
11/04/2011 12:01
Hola, Estaba leendo la pregunta anterior y ya casi tengo la respuesta en la mia, pero sigo con dudas. Soy la resedente comunitaria en españa con la tarjeta de 5 años esto casada y mi marido que no es el comunitario tiene la mizma tarjeto como yo, por ser pareja de comunitaria. Yo estoy estudiando aqui en barcelona y tambien trabajo, pero a el le han ofrecido un buen trabajo en Hollanda entoces no va a poder trabajar alli con este dokumento ??? O obligatoriamente yo tengo que viajar con el ??'
Gracias.
15/09/2011 19:49
Hola,
Quisiera explicarle mi caso, soy peruano, mi novia es holandesa, estamos registrados como pareja estable en Barcelona, y por la cual he obtenido tarjeta de familiar comunitario. Mi pregunta va si tengo tarjeta de familiar comunitario por ser Pareja de hecho poder ir a residir a otro país de la comunidad europea? es eso posible? o solo se aplica a matrimonios?
otra pregunta tengo es:
tendríamos que darnos de baja en el registro de parejas de hecho de Barcelona, como también ella darse de baja como residente comunitaria en España? o como haríamos eso, o eso se hace, o así se dice?,y también si al darnos de baja, yo dejo de ser legal?,yo tengo derecho a pedir la ciudadanía italiana, y para pedirla en la embajada italiana en Barcelona, no hay citas, están saturadas, por cual sé si voy a Italia a cualquier comuna(ayuntamiento) y presento los documentos la obtengo, pero antes debo tener residencia en Italia ,luego puedo pedir mi ciudadanía por descendencia italiana, el trámite demora 1 mes y 3 días, mi pregunta va, sirve tener tarjeta de familiar comunitario como pareja de hecho en España, para poder ir a Italia y residir como familiar de comunitario, claro esta mi novia tendría que ir conmigo a Italia y registrarse tal como lo hizo en España? para luego yo pedir la tarjeta de familiar comunitario. o debemos hacer eso en el consulado italiano en Barcelona?(leí en un sitio web creo, no se necesita registrar en Italia para residir 3 meses a comunitarios, cónyuges o familiares de comunitario, pero a excepción de pareja de hecho, se debe presentar el registro de pareja de hecho para solicitar el visado para residir en Italia hasta 3 meses, es eso cierto? nos pedirán más papeles?.luego de ser italiano, pensamos ir a Holanda y residir ahí, al llegar ahí debo mostar mi dni italiano o pasaporte, y debo señalar que mi novia y yo nos hicimos pareja de hecho en España?,o simplemente registrar nuestra unión de hecho tuvimos en España ?pues si bien entiendo, si hiciera como pareja de hecho(familiar de comunitario),quizás sea que ella se registre en Holanda y yo como su pareja obtenga ahí la tarjeta comunitaria por ser su pareja de hecho, pero si soy italiano necesito hacer eso en Holanda? sé deberé en Italia, pero en Holanda solo en el caso pienso sino fuera italiano en ese momento debiese hacer eso. pero si ya soy italiano, pienso debo registrarme como comunitario verdad.

Muchísimas gracias, disculpe las molestias.
Piero Mattos
15/09/2011 23:14
Hola.

1.- La tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión expedida en España, únicamente lo autoriza a residir y trabajar en España. Puede circular libremente por el Espacio Schengen y permanecer hasta 90 días en el territorio de cualquiera de ellos, pero sin poder realizar actividades lucrativas.

2.- Si lo que desea es establecerse en otro Estado miembro, es preciso que su pareja de hecho registrada en España ejerza primero su derecho como ciudadana de la Unión a establecerse en el otro Estado miembro y una vez que ella tenga ya el certificado en tal sentido (similar al que le deben haber entregado en España), podrá usted solicitar una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, similar a la que tiene ahora, pero expedida en Italia, por la Administración italiana; con esa tarjeta ya podrá residir y trabajar en Italia. Los requisitos y el procedimiento puede consultarlos en la siguiente ruta de la página web de la Polizia di Stato (tiene versión en español):

http://www.poliziadistato.it/articolo/17938/

Puede contactar con ellos y efectuar consultas a:

liberta.civiliimmigrazione@interno.it

O por medio de la siguiente ruta:

http://www.poliziadistato.it/scrivici/message/

Si no puede escribir en italiano, puede hacerlo en inglés o incluso en español, dispone de servicio de atención en español.


3.- Es válido, en principio, el certificado que tiene de inscripción en el Ayuntamiento de Barcelona, para acreditar que es familiar de su novia. Debe hacerle poner la Apostilla de La Haya en la Secretaría de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Passeig Lluís Companys, en el mismo edificio del Palacio de Justicia de Barcelona, en la planta baja). Y debe también hacerlo traducir al italiano por un traductor jurado en Italia o aquí en España.


4.- Si usted adquiere la nacionalidad italiana, pasará a ser considerado nacional en Italia y en el resto de la Unión Europea recibirá tratamiento de ciudadano de la Unión. En los Países Bajos, por el solo hecho de ser italiano, puede establecerse, cumpliendo los procedimientos que tengan establecidos en su normativa. El aspecto de la Extranjería ya lo tendría solucionado. Pero si desea que se tenga en cuenta, a los efectos que la legislación local pudiera prever, que se ha inscrito como pareja de hecho con su novia, podría hacerlo usando los mecanismos legales establecidos en los Países Bajos. Con todo, siempre deberá llevar consigo la certificación con la apostilla de La Haya y la traducción oficial a la lengua del país al que vaya.

Un cordial saludo.
29/09/2011 14:54
soy argentino casado con una brasilera que obtuvo su nacionalidad española por ser nieta de español. vinimos a vivir en Toulouse, ella nunc cotizo en españa. como se hace con la seguridad social, tenemos un niño detres años, como queda cubierta su salud publica?.
yo tengo la trjet comunitaria debo cambiarla, y para pedir dentro de unos años la doble nacionalidad, cual obtendria( española o francesa). necesitamos ayuda. damos gracias.
Daniel y Jacqueline