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La proprietária no me devuelve la fianza

2 Comentarios
 
La proprietária no me devuelve la fianza
17/12/2005 21:46
Buenas,
He arrendado un piso durante 5 años y sali al final de este período.
Al entregar las llaves la proprietária ha entrado en el piso y sin mirar al suelo ha dicho que le habia destrozado el parket y que lo tenia que pagar. No me quiere devolver la fianza (1440 euros) y ha dicho que me contactaria su abogado.
Además me debe 4 dias de renta (he salido el 26 de noviembre), que son 100 euros. Al salir me ha firmado un documento de entrega de llaves (nada más).
Entiendo que tiene el derecho de retener la fianza por 1 mes y a partir de ahí me tiene que pagar intereses.
Creo que he dejado el parket (que no era nuevo) como lo he encontrado con más cinco años de uso, como es normal.
Creo que se quiere aprovechar de la fianza para hacer una renovación.
Que medidas puedo tomar a partir de la próxima semana si no me da el dinero (los 100 euros+1440euros)?
Muchas gracias por vuestro apoyo.
perfil Jan
19/12/2005 12:31
Hola.Dices que te fuiste el 26 de noviembre.¿Esa era la fecha de finalización del contrato? Por lo que dices,creo que no,que sería el 30 de noviembre. Si es así¿ Porqué abandonaste el piso el día 26? Si lo hiciste por voluntad propia nada puedes reclamar a la arrendadora.

En lo referente a la fianza, ésta devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves sin que la fianza haya sido reintegrada al arrendatario.

Mi consejo es que consultes con un abogado para ver si hay posibilidad de interponer una demanda de reclamación de cantidad que seguirá los trámites del Juicio Verbal.

Suerte.
perfil Jan
19/12/2005 13:25
Otra cosa Alejandro. Para ver si ha habido pérdida o deterioro de la cosa arrendada, hay que estar al estado en que se hallaba la cosa cuando la recibió el arrendatario o, en su defecto, se presume que la recibió en buen estado( Sentencia 12/2/1988)

Además, el articulo 1563 Código Civil establece:" El Arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviera la cosa arrendada, a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya"

De ahí se desprende que existe una presunción de culpabilidad en contra del arrendatario ( Sentencia 28/11/91 )

Con eso sólo quiero decirte que en caso de ir a juicio recaerá sobre ti la carga de la prueba.es decir, tendrás que demostrar que los desperfectos en el parquet han sido causados por el uso común y continuado del mismo.

Suerte.