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La seguridad social se hace cargo de todas las bajas sea de la patologia que sea laboral/CC?

10 Comentarios
 
la seguridad social se hace cargo de todas las bajas sea de la patologia que sea laboral/cc?
25/04/2009 09:40
Me refiero a que si sufres una enfermedad que podría considerarse laboral, y ya sea por error o desconocimiento, vas a la ss en lugar de a la mutua y la baja la expide el inss en lugar de la mutua ¿podría el inss poner algun impedimento a la hora de dar esta prestación? ¿extinguirla? ¿pedirte que vayas a la mutua? etc etc...

Es que claro, me imagino que el inss podría decir que como la baja se puede considerar accidente laboral y no por contingencias comunes que extinguen los efectos economicos pues debería acudir a la mutua en lugar de a la ss, etc etc

¿esto es así o el inss sea por lo que sea se hará cargo de la baja y la correspondiente prestación?

La enfermedad que me refiero es dolor muscular y lumbalgia debido a una leve cojera transitoria pendiente de intervencion quirurgica para solucionarla.


Saludos.
25/04/2009 10:21
Seguro que no se hacen cargo, para eso se paga a las mutuas. De lo que se recauda por cada empresa, una cantidad se deriva a la mutua de AT que ha escogido la misma.
Además ahora la mayoría de las empresas tiene Accidentes de Trabajo y también bajas por I.T. todo con la Mutua.
25/04/2009 22:35
Entonces que debería hacer reclamar a la mutua o voy a perder la prestación economica de esta baja?

o quizá pedir el alta y de nuevo la baja pero por la mutua?



Bueno añadir que se trata de una recaida, y el proceso anterior de it por la misma patología tambien por el inss lo cobre sin problemas. Y no se que competencias tiene mi mutua exactamente.

Saludos.
26/04/2009 09:53
lucas40 para salir de dudas de si una patología es consecuencia de accidente laboral o nó, debes solicitar por escrito ante el INSS, el trámite de Determinación de Contingencias, éste resolvera con resolución indicando si se considera patología laboral o nó. Saludos.
26/04/2009 15:16
Si no lo hago y me quedo como estoy sin solicitar esa determinacion de contingencias y asumo que la patología no es consecuencia de accidente laboral, sino que esos dolores podrían ser tambien producidos fuera del trabajo ¿que consecuencias puedo encontrarme? ¿realmente la ss me podría quitar la prestación economica (ya sea por iniciativa propia o a instancias de la mutua)?

pues si me medico me ha dado la baja y ha puesto -enfermedad comun- se supone que así lo será y si nadie remueve nada pues no habrá problema, a menos que la seguridad social investigue imagino...


Evidentemente yo pierdo ahora dinero pues la mutua paga el 100% y yo ahora solo el 75% pero la verdad es como como la baja en teoría es corta y ya he tenido muchos problemas hasta ahora (pues la baja que tengo ahora está concedida expresamente por el inss pues no he pasado los 6 meses que dice la ley para coger otra baja tras agotar el plazo maximo de 18 meses y el inss me envió una carta diciendo que consideraba que era diferente patología al proceso de 18 meses y que podía cobrar) me gustaría remover lo menos posible.


Como nota añadir que en una de las citaciones de la mutua me pone en un renglón que me citan "en relación a un proceso de contingencias comunes prestando mis servicion en mi empresa", y lo firme y me di cuenta despues de esto que ha sido lo que me hecho acordarme de si la baja es profesional o de la otra. (el proceso anterior de 18 meses fuen integro por la ss) Y el miedo que tengo es que la mutua pueda utilizar esto para alguna de las jugarretas que por desgracia suelen hacer.

Yo ya digo que si pierdo dinero me da igual, me conformo, pero no quiero mas lios de reclamaciones ni meses sin cobrar, pues como he dicho antes hasta que el inss me confirmó que era diferente patologia estuve sin cobrar casi 3 meses y tengo miedo de meterme en berenjenales de ese tipo nuevamente.


Gracias a todos por responder, de verdad. Saludos.

26/04/2009 15:25
Por cierto, en el caso de solicitar esa Determinación de Contingencias, que lo haría 3 meses tarde obviamente, pues el primer proceso de baja fué en enero y cogí el alta yo mismo el mes pasado y ahora he vuelto a coger la baja por recaida hace días ¿la resolucion del inss tendría en cuenta toda la baja o solo el ultimo periodo? ¿la mutua tendría que pagar la diferencia de dinero de todo este tiempo?


Ya digo que no me interesa el dinero, pero si callándome y no solicitando esta Determinación de Contingencias me puede acarrear que la ss me investigue y me quite la prestación pues en este caso si preferiria ir a la ss a contar mi situacion e iniciar estos tramites.


Saludos.


Salduos.
26/04/2009 15:45
Durante este este periodo de baja y ahora recaida, tuve que presentarme en el insituto de evaluaciones medicas donde me dijeron que continuara de baja pero ahí no me dijeron ni comentaron nada absolutamente sobre si la baja es por cc o profesional y me digo yo, si ahí no me dijeron nada mi prestación economica por it actual no debería correr peligro ¿no?


Tambien he leido que hay una especie de lista de enfermedades profesionales y quizá el dolor de espalda o muscular bien pudiera, según el caso o porque suceda, encuadrar en ambas modalidades de baja ¿no?


Evidentemente en mi caso creo que gran parte lo provoca el trabajo pero reconozco que a que me duelan tambien contrubuye el resto del día que esté andando.

Saludos y perdon por extenderme tanto.
30/04/2009 10:20
Alberto caeiro en relacion a lo que comentas entonces ¿quien tendría que emitir los partes de baja la mutua o mi médico de cabecera?

En la ss me ha dicho que las mutuas por cada baja que tengan conocimiento que que no sea por accidente laboral o enfermedad profesional tienen que enviar informe de la mista a la ss, con lo que en mi caso así se habría hecho ya que es por cc y creo yo que ahí es donde la seguridad social podría estimar lo que tuviese oportur respecto a revisar mi prestacion economica.

De todas maneras mi buena fe quedaría probada pues yo, en teoría, no tengo porque saber que tipo de contingencias tiene mi empresa y creo que tanto esta como la mutua en mins innumerables revisiones y entregas de parte me lo podrían haber comentado, pues no creo que la empresa deje abierta la opción que el trabajador, teneiendo ellos contratadas las contingencias comunes con una mutua, coja las bajas por donde le apetezca...


Saludos.
30/04/2009 10:23
Añadir tambien que en mi nomina en el apartado de devengos la cantidad economica correspondiente al periodo de baja viene precedida de las siglas INSS. Y en el apartado de deducciones tambien viene indicado en la correspondiente cuota mensual lo mismo. No aparece nada de mutua.

Saludos.
29/10/2010 00:14
Hola:
Me gustaria saber si un empresario puede obligarte a trabajar de lunes a domingo de 8.30 a 0.00 horas una semana si y otra de 8.30 a 19.00 (menos una hora de comida) para el resto de tu vida y segun el alegando que tiene perdidas te quedas con 20 dias por año (llevo tres años). Perdon, mi nomina es de 940.35 Euros Netos mes. A y cobro pagas estras...
29/10/2010 09:08
No.