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¿Las pagas extraordinarias cotizan o no?

3 Comentarios
 
¿las pagas extraordinarias cotizan o no?
05/11/2017 22:16
No sé muy bien como explicarme así que no dudéis en preguntar.
Hace poco he cambiado de empresa y en esta nueva, digamos, que descuentan la CC, Desempleo, IRPF, etc... del total de la nómina, pagas prorrateadas incluidas.
En la otra empresa los conceptos de CC, desempleo, etc... no lo descontaban del total incluidas pagas extras (nos dijeron que éstas no cotizaban y que sólo había que descontar el IRPF).
Quiero saber cual de las dos empresas tenía razón ya que hay una diferencia económica considerable.
Os dejo ejemplo de mi nómina porque sé que no me he explicado muy bien y desde ya agradezco vuestra ayuda.

Nómina mes Septiembre 2017

Concepto Un. Dias Importe Unitario Devengos
Salario Base 30 10 300€
Plus XXXX 30 1 30€
P.P. Pagas Extras 30 4 120€

TOTAL DEVENGADO 450€

Cuota Comunes Trabajador 4,70% 21.15€
CDT Cuota Desempleo Trabajador 1,60% 7.20€
CTP Cuota CP FP Trabajador 0,10% 0.45€
HAR Retenciones Dinerarias IRPF 2,00% 9€

LIQUIDO A PERCIBIR 412,20€


En la otra empresa, la cuota del trabajador, el desempleo y la formación hubiesen sido en base a los 330€ y el IRPF en base a los 450€.

¿Qué empresa me ha hecho bien las retenciones?¿La empresa antigua me ha "regalado" dinero? En fin, que estoy hecha un lío y en internet aún me lío más.
Cabe destacar que mi empresa es muy pequeña y no tenemos representación sindical (somo 8 incluyendo jefe) y no puedo contactar con la gestoria que hace las nóminas sin llamar la atención así que prefiero tener las cosas claras y saber si tengo motivos o no para quejarme.

Gracias por adelantado
05/11/2017 23:47
laurapou
Y cuando percibía las pagas extra ¿Qué conceptos aparecían?
En su primera empresa ya le retenían las cotizaciones a la SS así como el IRPF no suele ser lo normal, lo normal es que en las pagas extra solo le retengan el IRPF el resto ya ha sido retenido mes a mes, sin embargo aquí parece que ya le retenían el IRPF con lo que al cobrar dichas pagas no deberían aparecer conceptos de retención pero si le retienen porque parece parece ser que recibe las pagas prorrateadas.
En cuanto a la 2 ª empresa le retienen en base al IRPF por el total con lo que parece que cobrara las pagas en la fecha que correspondan, no se faltan datos.
SMO
05/11/2017 23:47
laurapou
Y cuando percibía las pagas extra ¿Qué conceptos aparecían?
En su primera empresa ya le retenían las cotizaciones a la SS así como el IRPF no suele ser lo normal, lo normal es que en las pagas extra solo le retengan el IRPF el resto ya ha sido retenido mes a mes, sin embargo aquí parece que ya le retenían el IRPF con lo que al cobrar dichas pagas no deberían aparecer conceptos de retención pero si le retienen porque parece parece ser que recibe las pagas prorrateadas.
En cuanto a la 2 ª empresa le retienen en base al IRPF por el total con lo que parece que cobrara las pagas en la fecha que correspondan, no se faltan datos.
SMO
06/11/2017 10:08
laurapou
Todos los conceptos por los que se retribuye el trabajo cotizan, incluidos los de devengo superior al mes. Esto quiere decir que las pagas extras COTIZAN todos los meses. Para ello se incluye en la base de cotización mensual la prorrata de de las pagas extraordinarias.
Esto supone, como he dicho,, que las pagas extraordinarias cotizan todos los meses, independientemente del mes en que se perciban. En ese mes se practicará la retención por IRPF que corresponda,pues las cuotas obreras ya se han ido descontando en los meses corrientes.
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¿las pagas extraordinarias cotizan o no?
05/11/2017 22:16
No sé muy bien como explicarme así que no dudéis en preguntar.
Hace poco he cambiado de empresa y en esta nueva, digamos, que descuentan la CC, Desempleo, IRPF, etc... del total de la nómina, pagas prorrateadas incluidas.
En la otra empresa los conceptos de CC, desempleo, etc... no lo descontaban del total incluidas pagas extras (nos dijeron que éstas no cotizaban y que sólo había que descontar el IRPF).
Quiero saber cual de las dos empresas tenía razón ya que hay una diferencia económica considerable.
Os dejo ejemplo de mi nómina porque sé que no me he explicado muy bien y desde ya agradezco vuestra ayuda.

Nómina mes Septiembre 2017

Concepto Un. Dias Importe Unitario Devengos
Salario Base 30 10 300€
Plus XXXX 30 1 30€
P.P. Pagas Extras 30 4 120€

TOTAL DEVENGADO 450€

Cuota Comunes Trabajador 4,70% 21.15€
CDT Cuota Desempleo Trabajador 1,60% 7.20€
CTP Cuota CP FP Trabajador 0,10% 0.45€
HAR Retenciones Dinerarias IRPF 2,00% 9€

LIQUIDO A PERCIBIR 412,20€


En la otra empresa, la cuota del trabajador, el desempleo y la formación hubiesen sido en base a los 330€ y el IRPF en base a los 450€.

¿Qué empresa me ha hecho bien las retenciones?¿La empresa antigua me ha "regalado" dinero? En fin, que estoy hecha un lío y en internet aún me lío más.
Cabe destacar que mi empresa es muy pequeña y no tenemos representación sindical (somo 8 incluyendo jefe) y no puedo contactar con la gestoria que hace las nóminas sin llamar la atención así que prefiero tener las cosas claras y saber si tengo motivos o no para quejarme.

Gracias por adelantado
05/11/2017 23:47
laurapou
Y cuando percibía las pagas extra ¿Qué conceptos aparecían?
En su primera empresa ya le retenían las cotizaciones a la SS así como el IRPF no suele ser lo normal, lo normal es que en las pagas extra solo le retengan el IRPF el resto ya ha sido retenido mes a mes, sin embargo aquí parece que ya le retenían el IRPF con lo que al cobrar dichas pagas no deberían aparecer conceptos de retención pero si le retienen porque parece parece ser que recibe las pagas prorrateadas.
En cuanto a la 2 ª empresa le retienen en base al IRPF por el total con lo que parece que cobrara las pagas en la fecha que correspondan, no se faltan datos.
SMO
05/11/2017 23:47
laurapou
Y cuando percibía las pagas extra ¿Qué conceptos aparecían?
En su primera empresa ya le retenían las cotizaciones a la SS así como el IRPF no suele ser lo normal, lo normal es que en las pagas extra solo le retengan el IRPF el resto ya ha sido retenido mes a mes, sin embargo aquí parece que ya le retenían el IRPF con lo que al cobrar dichas pagas no deberían aparecer conceptos de retención pero si le retienen porque parece parece ser que recibe las pagas prorrateadas.
En cuanto a la 2 ª empresa le retienen en base al IRPF por el total con lo que parece que cobrara las pagas en la fecha que correspondan, no se faltan datos.
SMO
06/11/2017 10:08
laurapou
Todos los conceptos por los que se retribuye el trabajo cotizan, incluidos los de devengo superior al mes. Esto quiere decir que las pagas extras COTIZAN todos los meses. Para ello se incluye en la base de cotización mensual la prorrata de de las pagas extraordinarias.
Esto supone, como he dicho,, que las pagas extraordinarias cotizan todos los meses, independientemente del mes en que se perciban. En ese mes se practicará la retención por IRPF que corresponda,pues las cuotas obreras ya se han ido descontando en los meses corrientes.