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Legalidad de una decisión de la junta de vecinos.

5 Comentarios
 
Legalidad de una decisión de la junta de vecinos.
16/02/2022 17:43
En la última junta de propietarios se ha acordado por una mayoría pagar una sentencia en contra del presidente de la comunidad, este profirió insultos e injurias al anterior admistrador y el importe de la demanda que ha perdido, asciende a más de 4.000€.

¿Es legal hacer participes a todos los comuneros de las acciones individuales de este señor y que nos pongan una derrama extraordinaria por ese concepto? ¿Aunque una junta de vecinos lo apruebe?

¿Es un gasto que tienen queasumirlos propietarios? ¿Se puede incluir ese gasto en las cuentas de la comunidad?
16/02/2022 18:40
mlmaltas
El acuerdo no es legal, por lo que procede su impugnación.
16/02/2022 19:58
mlmaltas
Yo opino que este tema no entra en la LPH, luego aconsejo a mimaltas que lo planteara en otro foro.

Como me interesa el código penal, pregunto:
La denuncia la pone el administrador al señor X como presidente de la comunidad, o al señor X como una persona física, que le ha insultado.

El delito de injurias en este caso claramente leve porque son insultos sin violencia física, en un momento de discusión entre presidente y administrador, sin dolo, de manera espontanea, en este caso esta despenalizado.

El administrador no ha procedido contra el presidente por el despenalizado delito de injurias leves, ha tenido que ir mas lejos, porque esa multa de 4.000 euros no esta castigada en el delito de injurias leves, anteriormente a la reforma del código penal del 2015, era una simple falta.

Pongo en duda que esa cantidad sea cierta si el administrador ha ido contra del presidente por el delito de injurias leve, tiene que haber algo mas que desconoces.

Este asunto con las explicaciones que has dado, yo lo plantearía de otra manera y pregunto.
¿Qué presidente se va ha exponer a enfrentarse a un administrador en defensa de la comunidad, aunque sea con métodos poco ortodoxos? la comunidad si no paga esa cantidad (si es cierta y justificable) lo habrá dejado solo ante el peligro.
Aunque no sea legal ese acuerdo, lo cortes es apoyar al presidente que se ha partido la cara en defensa de la comunidad, porque puede que haya algún motivo para haberlo hecho.
Que ese acuerdo no es legal sin duda, pero sentara precedente, porque ningún propietario querrá exponerse a que un administrador o el Sursum Corda le ponga una demanda.
17/02/2022 10:18
juanchito
Es que no sabemos casi nada de la sentencia ni nos la ha enseñado. Sabemos que entre otras cosas llamó a nuestro administrador en aquel momento "ladrón" por un asunto de la comunidad vecina que también llevaba este administrador, asunto que no ha podido demostrar. Que ha habido un acto de conciliación y no se ha retractado. El total del importe me imagino que es la multa y los coste el proceso.
17/02/2022 11:42
mlmaltas
Si no se impugna el acuerdo, obliga a todos los copropietarios.
17/02/2022 12:46
mlmaltas
Si el presidente le dijo "ladrón" al administrador, este ha procedido contra el presidente no por injurias, sino por el delito de calumnias.

Después de ampliar datos sobre el asunto, la cosa cambia, no es lo mismo injuriar que calumniar, y máxime cuando el presidente no quiso reconocer que se había equivocado, y que no tenia pruebas para decirle ladrón al administrador. el presidente se nota que es una persona poco inteligente. los 4.000 euros serán de las costas del juicio y de la indemnización que habrá pedido el administrador, no de una multa.

Dejemos la cosa penal, para entrar en la LPH, si en la junta se aprobó pagar los gastos de esta historia, los disidentes tienen todo el derecho a impugnar el acuerdo. el presidente tiene que enseñar la sentencia a los propietarios.

Termino preguntando:

¿A quien reclaman los 4.000 euros, al presidente o a la comunidad?.
Quien pago los 4.000 euros al administrador, ¿la comunidad, o los pago el presidente de su bolsillo y ahora los reclama?
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16/02/2022 17:43
En la última junta de propietarios se ha acordado por una mayoría pagar una sentencia en contra del presidente de la comunidad, este profirió insultos e injurias al anterior admistrador y el importe de la demanda que ha perdido, asciende a más de 4.000€.

¿Es legal hacer participes a todos los comuneros de las acciones individuales de este señor y que nos pongan una derrama extraordinaria por ese concepto? ¿Aunque una junta de vecinos lo apruebe?

¿Es un gasto que tienen queasumirlos propietarios? ¿Se puede incluir ese gasto en las cuentas de la comunidad?
16/02/2022 18:40
mlmaltas
El acuerdo no es legal, por lo que procede su impugnación.
16/02/2022 19:58
mlmaltas
Yo opino que este tema no entra en la LPH, luego aconsejo a mimaltas que lo planteara en otro foro.

Como me interesa el código penal, pregunto:
La denuncia la pone el administrador al señor X como presidente de la comunidad, o al señor X como una persona física, que le ha insultado.

El delito de injurias en este caso claramente leve porque son insultos sin violencia física, en un momento de discusión entre presidente y administrador, sin dolo, de manera espontanea, en este caso esta despenalizado.

El administrador no ha procedido contra el presidente por el despenalizado delito de injurias leves, ha tenido que ir mas lejos, porque esa multa de 4.000 euros no esta castigada en el delito de injurias leves, anteriormente a la reforma del código penal del 2015, era una simple falta.

Pongo en duda que esa cantidad sea cierta si el administrador ha ido contra del presidente por el delito de injurias leve, tiene que haber algo mas que desconoces.

Este asunto con las explicaciones que has dado, yo lo plantearía de otra manera y pregunto.
¿Qué presidente se va ha exponer a enfrentarse a un administrador en defensa de la comunidad, aunque sea con métodos poco ortodoxos? la comunidad si no paga esa cantidad (si es cierta y justificable) lo habrá dejado solo ante el peligro.
Aunque no sea legal ese acuerdo, lo cortes es apoyar al presidente que se ha partido la cara en defensa de la comunidad, porque puede que haya algún motivo para haberlo hecho.
Que ese acuerdo no es legal sin duda, pero sentara precedente, porque ningún propietario querrá exponerse a que un administrador o el Sursum Corda le ponga una demanda.
17/02/2022 10:18
juanchito
Es que no sabemos casi nada de la sentencia ni nos la ha enseñado. Sabemos que entre otras cosas llamó a nuestro administrador en aquel momento "ladrón" por un asunto de la comunidad vecina que también llevaba este administrador, asunto que no ha podido demostrar. Que ha habido un acto de conciliación y no se ha retractado. El total del importe me imagino que es la multa y los coste el proceso.
17/02/2022 11:42
mlmaltas
Si no se impugna el acuerdo, obliga a todos los copropietarios.
17/02/2022 12:46
mlmaltas
Si el presidente le dijo "ladrón" al administrador, este ha procedido contra el presidente no por injurias, sino por el delito de calumnias.

Después de ampliar datos sobre el asunto, la cosa cambia, no es lo mismo injuriar que calumniar, y máxime cuando el presidente no quiso reconocer que se había equivocado, y que no tenia pruebas para decirle ladrón al administrador. el presidente se nota que es una persona poco inteligente. los 4.000 euros serán de las costas del juicio y de la indemnización que habrá pedido el administrador, no de una multa.

Dejemos la cosa penal, para entrar en la LPH, si en la junta se aprobó pagar los gastos de esta historia, los disidentes tienen todo el derecho a impugnar el acuerdo. el presidente tiene que enseñar la sentencia a los propietarios.

Termino preguntando:

¿A quien reclaman los 4.000 euros, al presidente o a la comunidad?.
Quien pago los 4.000 euros al administrador, ¿la comunidad, o los pago el presidente de su bolsillo y ahora los reclama?