Buenas tardes, Mi esposa tiene la nacionalidad Española y su lleva viviendo en España ilegalmente. Ella es de Guinea Ecuatorial y tiene 60 años. Quisiera saber cómo podríamos legalizarla. Atentamente,
Coffi, me cuesta entender el supuesto concreto que usted intenta plantear dado que no indica de forma correcta su situación, en el título del foro indica "regularizar la situación de mi esposa" en el comentario indica lo contrario, es decir, dice que ella es española"....le aconsejo que indique de forma clara la situación del español y de la persona a reagrupar y mejor aún que se interese en una consulta formal, los foros pueden ser de utilidad para algunos puntos pero no para explicar casos completos, suerte
Buenas noches,
Pido mil disculpas por mi anterior mensaje. Quisiera hablar de mi suegra y no de mi esposa
en el asunto (titulo)
Mi consulta era la siguiente, Mi suegra lleva 4 años viviendo en España de forma irregular. Vive y empadronada en la casa de su hermanita. Mi esposa que es su hija, es Española y me gustaría saber cuál sería la opción adecuada para regularizarla.
Gracias por la aclaración del supuesro, entiendo que podría optar a las siguientes modalidades para regularizar la situación:
Arraigo social con con exceptuación de contrato de trabajo y gracias a recursos económicos de su hija española, de usted mismo como cónyuge o pareja de esta, o recursos económicos propios de su suegra de ser el caso.
Otra opción sería la de tarjeta de familiar comunitario, esta es una opción que, en la práctica, suele dar algunos problemas ya que partimos del presupuesto de que su suegra lleva 4 años en España y, a día de hoy -desde mi punto de vista- la jurisprudencia en materia de mantenimiento en destino o familiar a cargo en destino existe, pero no con la abundancia, contundencia y claridad suficiente. De igual manera, su suegra tendría que atravesar todo un proceso judicial. Por otra parte, lo mas sensato es que su hija conviva, este empadronada y dependa de su hija española. Todo lo anterior, tomando en cuenta de que adicionalmente será necesario demostrar la situación de su suegra en el país de origen, ausencia de otros familiares, ausencia de rentas, pensiones, bienes inmuebles y más recientemente según cierta sentencia, demostrar una comunicación previa.
la exceptuación de contrato en un arraigo social permite al extranjero regularizar su situación mediante la obtención de un permiso de solo residencia, exceptuar significa, prescindir o que no se le exija un contrato o, lo que es lo mismo, no tendrá que aportar contrato de trabajo pero, es importante que hable con su asistente social y le indique que quiere y necesita que en el informe de integración conste la intención de obtener solo el permiso de residencia y exceptuar el contrato de trabajo, todo ello, gracias a los medios económicos que tengan sus familiares.
Si por el contrario dispone de un contrato y el empleador cumple los requisitos de medios económicos y solvencia pues pueden optar al arraigo social con contrato de trabajo que a fin de cuentas permitirá una autorización de residencia y la autorización de trabajo.