Hola,eso no es exactamente asi... cuando le causas daños a alguien que entra en tu casa estos deben ser proporcionales al daño que se trata de evitar, por ejemplo si entra alguien en tu casa y para disuadirlo y ante el peligro de su actitud decides darle un puñetazo y una vez fuera de combate lo sacas fuera de tu casa y das inmediato aviso a la policia es mas que probable que si no le causaste lesiones permanentes en el jucio se aplique el eximente de legitima defensa, otro ejemplo, entran en tu casa y ante la actitud amenzante del individuo que no esgrime mas que sus palabras para amenazar, que no lleva armas ni objetos peligrosos le propinas un garrotazo con un baston y le rompes una vertebra y se demuestre en juicio que pudiste reducirlo con una agrarron, empujon, puñetazo... el problemapuede ser importante para ti si le quedan lesiones graves, ya ni decir que uses armas propiamente dichas asi a la ligera sin que exista proporcionalidad entre el daño a evitar y los metodos empleados para impedirlo o repelerlo.