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Lesiones y tráfico de drogas

8 Comentarios
 
Lesiones y tráfico de drogas
21/01/2021 17:09
Hola, que tal? Los antecedentes penales por un delito contra la salud pública (tráfico de drogas) podrían no ser tenidos en cuenta para una posible condena por delito de lesiones y en consecuencia poder obtener la suspensión por delito de lesiones? Gracias
21/01/2021 20:06
Pedrozeta
Hola pedrozeta,
El antecedente no se tendrá en cuenta para la reincidencia, al ser un delito de otro tipo.
Pero para la suspensión, si se va a tener en cuenta, aunque si es un único antecedente, puede intentarse la suspensión.
Un saludo
21/01/2021 20:24
katia
Hola Katia, pero según el artículo 80.2.1 el antecente penal por tráfico de drogas no debería ser tenido en cuenta para poder obtener la suspensión por el delito de lesiones, al ser de distinta naturaleza no? Gracias
21/01/2021 20:26
Pedrozeta
El mismo tipo sólo se tiene en cuenta para apreciar reincidencia o no, para la suspensión de nuevas condenas, si cuentan los antecedentes del tipo que sean, siempre que no estén cancelados o haya transcurrido el tiempo suficiente para cancelarlos.
Un saludo
21/01/2021 20:30
katia
Y si en el caso de delito de lesiones si las acusaciones solicitan el archivo se podría archivar?
21/01/2021 20:46
O en este caso que estamos tratando se podría conseguir la suspensión por el art.80.3 CP?
21/01/2021 20:55
Hola,
Si hay lesiones, es raro que se archive, salvo que sean lesiones muy leves, lo soliciten así las acusaciones particulares y acceda el fiscal.
Por el art 80.3 se puede intentar, siempre que no sea delincuente habitual, cuando las circunstancias personales de la persona condenada, la naturaleza del hecho y el esfuerzo por reparar el daño causado, así lo aconsejen.
Un saludo
22/01/2021 12:09
Buenas Katia, me podrías explicar porque los antecentes penales por tráfico de drogas son tenidos en cuenta para la suspensión del delito de lesiones si el art.80.2.1 dice que no se tendrán en cuenta los antecedentes penales
correspondientes a delitos que, por su naturaleza o circunstancias, carezcan de relevancia
para valorar la probabilidad de comisión de delitos futuros? Es que yo sigo considerando que pueden no ser tenidos en cuenta en función de dicho articulo
Gracias
22/01/2021 16:55
Pedrozeta
Hola,
El art. 80 CP expone como primer requisito que el condenado haya delinquido por primera vez , únicamente no se tendrán en cuenta delitos imprudentes o por delitos leves , ni los antecedentes penales que hayan sido cancelados o deberían serlo con arreglo a lo dispuesto en el art. 136.
Como ya le dije anteriormente , si los antecedentes son del mismo título, se tendrán en cuenta para apreciar reincidencia, si son de otro tipo, no.
Pero para la suspensión de una condena, si se tienen en cuenta los antecedentes penales ,sean del tipo que sean, con las salvedades que le digo, esto lo dice el Código PeNal.
Un saludo